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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 8488
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de modificación de la resolución de 6 de agosto de 2019 por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, de la subescala, clase o categoría de graduado –a social

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Texto

HECHOS 

1. En el Boletín Oficial de les Illes Balears núm. 110 de 10 de agosto de 2019, se publica la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 6 de agosto de 2019, por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de la subescala, clase o categoría de graduado –a social, para proveer con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consejo Insular de Mallorca.  

2. Dado que en el apartado 6.3 de las bases generales que han de regir el proceso de selección, dice “Para gestionar mejor la reserva para personas con discapacidad de las bolsas convocadas, y con independencia que formen parte de la bolsa general se ha de constituir una lista específica de personas con discapacidad, por orden de prelación”.  

3. Visto que en la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas por los procedimientos extraordinario y específico de selección de graduado –a social se omitieron las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, se les han de ofrecer las posibles vacantes así como específica el apartado 6.2 de las bases generales, sin prejuicio que se tenga que acreditar la compatibilidad con las funciones de la categoría profesional correspondiente.

4. Dado que la Administración puede rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN 

1.- Modificar la resolución de aprobación de la lista definitiva de aspirantes seleccionados publicada en el BOIB 110 de 10 de agosto de 2019, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, e incluir las personas con discapacidad que fueron omitidas y que han superado el mínimo establecido en las bases.  

BOLSA POR EL PROCEDIMIENTO EXTRAORIDANRIO

* Personas turno discapacidad

43051715Q

BESTARD CASAUS, MARIA JOSE

27,99

43127491F

SABATER AGUILO, MARC

7,15

BOLSA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO

* * Personas turno discapacidad

43051715Q

BESTARD CASAUS, MARIA JOSE

30,53

43127491F

SABATER AGUILO, MARC

7,82

 

2. Esta Resolución se publicará en el Boletín oficial de las Illes Balears y se expondrá al público en el tablón de edictos del edificio de la Llar de la Infància y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada delante de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada pueden interponer el recurso contencioso administrativo delante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de ciho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo delante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.   

No obstante lo anterior, pueden interponer, en su caso, cualquier otro recurso que consideren oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

Palma, 28 de agosto de 2019

El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Josep Lluís Colom Martínez