Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8465
Extracto de la convocatoria de ayudas económicas dirigidas a asociaciones y federaciones de asociaciones de personas mayores sin ánimo de lucro en la isla de Eivissa, para el año 2019
Identificador BDNS núm. 471212
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Llei 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas arriba indicadas, el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Ibiza, en sesión ordinaria de fecha 2 de agosto de 2019, aprobó:
Primera. Objeto y finalidad
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones económicas que concederá el Consell Insular d'Eivissa durante el año 2019 destinadas a las asociaciones y federaciones sin ánimo de lucro, con domicilio social en la isla de Eivissa, que desarrollan actividades que promueven la participación de las personas mayores de la isla de Eivissa con el objetivo de mejorar su bienestar y fomentar la integración social
Serán objeto de subvención las actividades llevadas a cabo desde el día 1 septiembre de 2018 hasta el día 31 de agosto de 2019 en la isla de Eivissa.
Segunda. Consignación presupuestaria y modalidades
El presupuesto para esta convocatoria es de doscientos mil euros (200.000€) con cargo a la aplicación presupuestaria 2310 48900 del vigente presupuesto de la Corporación del ejercicio 2019.
Esta consignación presupuestaria se distribuye según las siguientes modalidades:
2.1. Ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro de personas mayores. Consignación presupuestaria: 180.000€. La ayuda máxima que se puede recibir por asociación en esta modalidad es de 25.000€.
2.2. Ayudas para federaciones de asociaciones de personas mayores. Consignación presupuestaria: 20.000€. La ayuda máxima que se puede recibir por federación en esta modalidad es de 20.000€.
Tercera. Requisitos de las entidades beneficiarias
Podrán solicitar subvención únicamente las asociaciones y las federaciones de personas mayores sin ánimo de lucro que realicen las actividades que figuran en la base primera y que cumplan los requisitos siguientes:
Cuarta. Presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de VEINTE DIAS hábiles contadores a partir del día siguiente a la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el párrafo anterior no se admitirán en la presente convocatoria.
Eivissa, 23 de agosto de 2019
El Secretario General Acctal. Antoni Riera Buforn