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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8461
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa de día 16 de agosto de 2019 de la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2019. Identificador BDNS núm. 471140
De conformidad con lo que se establece en el artículo 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), el texto del extracto de la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Eivissa para el año 2019, remitido a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), es el siguiente:
Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2019
I) Disposiciones generales
1.- Introducción
La presente convocatoria se rige al amparo de lo que disponen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del ámbito rural, ganadero, pesquero y cinegético en la isla de Ibiza.
2.- Consignación presupuestaria
La cantidad máxima que se destina a la presente convocatoria es de 421.000 € con cargo al programa 4100, administración general de agricultura, ganadería y pesca, i a las aplicaciones presupuestarias que se establecen en cada línea de subvención.
3.- Solicitud y justificación:
Para cada una de las líneas de ayudas hay un impreso de solicitud y justificación que consta en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (https://seu.conselldeivissa.es). El período para presentar esta solicitud es desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el 30 de septiembre de 2019, salvo que en la línea específica se indique otro plazo.
II) Líneas de ayuda
a) Ayuda a la agricultura ecológica
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es fomentar la reconversión de la ganadería y la agricultura tradicional en agricultura ecológica en el ámbito rural de Ibiza y facilitar a los productores la compra de materias primeras como semillas y abonos para llevar a cabo esta actuación.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima asignada a esta línea de ayuda es de 16.000 € (dieciséis mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.
3. Solicitantes
Podrán solicitar la subvención aquellas personas físicas o jurídicas titulares de una explotación agraria o ganadera, para la compra de materias primeras necesarias para la producción agraria ecológica (abonos, semillas, productos fitosanitarios autorizados, trampas para el control de plagas y otros materiales para la lucha biológica, servicios veterinarios y analíticas).
En producción ganadera también serán subvencionables los costes de servicios veterinarios y análisis en los mismos términos anteriores. Las materias o productos subvencionables deberán cumplir con las normas del CBPAE sobre material autorizado.
El importe de las ayudas que se podrán conceder a las explotaciones son los siguientes:
a. Subvención hasta un 40% del coste total de las materias primeras para la producción agraria ecológica, siempre y cuando cumplan con las normas del CBPAE sobre material autorizado, con un máximo de 1.200 € por explotación.
b. En el supuesto de agricultores profesionales y/o titulares de explotación agraria prioritaria, la subvención podrá ser hasta un 50% del coste total, con un máximo de 2.000 € por explotación.
b) Ayudas a las cooperativas agrarias
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda de la convocatoria es establecer las normas que se deben regir para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento y desarrollo de las cooperativas agrarias que realicen actuaciones de fomento de la producción y/o comercialización agraria.
2. Consignación presupuestaria
La cuantía máxima destinada a esta línea es de 134.000 € (ciento treinta y cuatro mil euros) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 4100 47900 y 4100 77000, en las cuantías de 124.000 € y 10.000 €, respectivamente.
3. Actuaciones objeto de la ayuda
Las ayudas podrán financiar gastos de actuaciones que se realicen desde el 1 de septiembre del año 2018 hasta el 31 de agosto el año 2019:
a) Actuaciones de promoción y de consolidación de la actividad cooperativa y de la actividad agraria en general, no vinculadas a la actividad mercantil, ni los gastos corrientes de funcionamiento de la cooperativa, tal como luz, agua, teléfono, sistema de alarma...
b) Contratación de servicios externos, de asesoramiento técnico a la producción y/o asesoramiento administrativo.
c) La realización de cursos de formación a la cooperativa, relacionados con el desarrollo y fomento del sector agrario y ganadero, en el ámbito territorial de la isla de Ibiza.
No serán objeto de ayuda en esta convocatoria aquellas actuaciones para las que haya líneas de ayuda en el programa de desarrollo rural de las Islas Baleares y, en general, las planificadas u ordenadas por la Consejería competente en materia de agricultura del Govern de las Islas Baleares.
Las ayudas que es podrán conceder a las cooperativas agrarias son: subvención hasta un 50% del coste total del gasto para las actuaciones 3.a, y subvención hasta a un 75 % del coste total del gasto para las actuaciones 3.b i 3.c.
Con un máximo de 45.000 € por cooperativa agraria solicitante.
c) Ayudas para las entidades agrarias con programas fitosanitarios
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es el fomento del asociacionismo agrario con finalidades agroambientales, concretamente de colaboración con la administración en la lucha colectiva contra los agentes nocivos de los vegetales en el ámbito territorial de la isla de Ibiza mediante la utilización racional de técnicas de aplicación, productos y medios fitosanitarios.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima que se destina a la presente línea es de 70.000 € (setenta mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.
3. Solicitantes y actuaciones subvencionables
Podrán solicitar esta línea de ayuda las entidades agrarias con programas fitosanitarios, cuyo ámbito de actividad esté ubicado en Ibiza, que hayan contratado personal técnico dedicado a la protección vegetal, con un contrato de al menos 35 horas semanales.
Se subvencionaran los gastos derivados de la contratación, la formación del personal técnico, y para la aplicación de programas fitosanitarios mediante control biológico, que se hayan realizado desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019.
Se podrá solicitar la ayuda para los siguientes conceptos, con un máximo de ayuda de 25.000 € por entidad beneficiaria:
a. Subvención total o parcial del salario y gastos de Seguridad Social anuales, correspondientes al personal técnico contratado por la entidad, con un máximo por entidad agraria de 18.000,00 €.
b. Formación del técnico contratado por la entidad. Se subvencionará el 80% del coste del programa de formación hasta un máximo de 1.200 € (mil doscientos euros) por entidad beneficiaria. En todo caso, para beneficiarse de esta parte de la ayuda, el programa de formación del que se trate deberá estar informado favorablemente por el departamento competente en materia de agricultura basándose en criterios de interés de la actuación formativa propuesta.
c. Adquisición de material para el control biológico de plagas y enfermedades, y utilización de fauna auxiliar, productos fitosanitarios, trampeo, feromonas, enemigos naturales, etc. El coste del mismo será subvencionado en un 80%, hasta un máximo de 7.000,00 euros.
d) Ayudas a las cooperativas agrícolas para la siembra de especies forrajeras y semilla certificada de cereal
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es fomentar la adquisición de semillas para la siembra de especies forrajeras tradicionales, para su aprovechamiento por parte del ganado y, subvención para la adquisición de semilla certificada para mejorar la producción de cereal en el ámbito de Ibiza, mediante las cooperativas agrícolas de la isla de Ibiza.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima destinada a esta línea de subvención es de 40.000 € (cuarenta mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.
3. Actuaciones objeto de la ayuda
Sublínia A. Semilla para la siembra de forrajeras, se subvencionará la venta de semillas para la siembra de las especies forrajeras avena y veza, en la proporción de 70% y 30% respectivamente, con una tolerancia del 5%. En cualquier caso, el factor determinante es la veza, que no pude superar el 35% del total de la mezcla de las semillas. La densidad de siembra recomendada es de 120 kg de semilla/ha.
Sublínia B. semilla certificada para la siembra de cereal, trigo, cebada, avena y triticale, com una densidad de siembra de 150 kg de semilla/ha.
Características para las dos líneas:
La ayuda podrá subvencionar gastos realizados hasta el 31 de octubre de 2019. También se podrá subvencionar aquella semilla para la siembra de forrajeras que fue comprada posteriormente al 31 de octubre del 2018 que no hubiera sido objeto de subvención ni en esta ni en otra administración.
a. En ningún caso, la cuantía subvencionada, por agricultor/a, no podrá exceder los 3.000 €.
b. Solo se podrá vender una cantidad máxima de semilla subvencionada, por persona y campaña, en las proporciones establecidas en esta convocatoria, equivalente a la siembra de 10 ha de cultivo para cada una de las líneas, 10 ha pera la siembra de cultivo forrajero y 10 ha para la siembra de semilla certificada de cultivo de cereales.
El plazo para justificar estas actuaciones será hasta el día 15 de noviembre de 2019.
e) Ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es establecer las prescripciones que regirán la concesión de ayudas para el fomento de la técnica del acolchado con plástico biodegradable en los cultivos agrícolas. La ayuda va dirigida a la adquisición de plásticos para la campaña 2018- 2019. Las ayudas podrán financiar gastos de actuaciones que se realicen desde el 1 de septiembre del 2018 hasta el 31 de agosto del año 2019.
2. Consignación presupuestaria
La cuantía máxima destinada a esta línea de subvención es de 12.000 € (doce mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.
3. Actuaciones objeto de la ayuda
Se subvencionará el sobrecoste de la utilización de plásticos biodegradables en toda la superficie de la explotación en la que se utiliza la técnica de acolchado, siempre que se acolche un mínimo de 2.000 m2 per ha.
A los solicitantes que cumplan los requisitos y los compromisos establecidos en esta convocatoria, se les podrá conceder una ayuda del 75 % del coste de la adquisición de plástico biodegradable u otros materiales biodegradable para el acolchado.
f) Ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros
1. Objeto
El objetivo de esta línea es subvencionar a los ganaderos y ganaderas de Ibiza que hayan perdido hembras reproductoras como consecuencia de ataques de perros con la finalidad de fomentar la conservación de la cabaña ganadera.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima destinada a esta línea de ayuda es de 2.000 € (dos mil euros), con carga a la aplicación presupuestaria 4100-47900.
3. Actuaciones objeto de la ayuda
Se consideran actuaciones objeto de la ayuda la reposición de animales muertos, de la especie ovina y/o caprina, como consecuencia de ataques de perros sufridos entre el día 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agostos de 2019.
La ayuda será de 60 € (sesenta euros) por cada animal muerto y repuesto.
g) Ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicional
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es subvencionar a los titulares de explotaciones agrarias para la protección de las variedades locales tradicionales de cereales de la isla de Ibiza en riesgo de erosión genética y la replantación de árboles frutales de secano tradicionales. La ayuda va dirigida a la compensación del sobrecoste de cultivo y la conservación de los cereales tradicionales, para la campaña 2018-2019, y para la compra y plantación de plantones de almendros y algarrobos.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima destinada a esta línea de subvención es de 18.000 € (dieciocho mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, que se distribuirá en los siguientes grupos:
a) Actuaciones para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética: 50% de los créditos asignados.
b) Actuaciones para la plantación y replantación de árboles tradicionales de secano: 50% de los créditos asignados.
3. Régimen de las ayudas
A las personas solicitantes que cumplan los requisitos y los compromisos establecidos en esta convocatoria, se les podrá conceder una ayuda resultante de multiplicar la superficie con derecho a ayuda, por un importe unitario de 400 € por hectárea para la siembra de variedades locales tradicionales de cereales de la isla de Ibiza, y en el caso de trigo “mollar roig” y ”ordi blanc” hasta los 500 €/ha, con la obligación de dedicar la totalidad de la cosecha a semilla.
En el caso de ayuda para replantación de árboles frutales de secano tradicionales, a las personas solicitantes que cumplan los requisitos y compromisos establecidos en la presente convocatoria se les podrá conceder una ayuda resultante de multiplicar el número de plantones de almendros y/o algarrobos adquiridos y plantados desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2019, por un importe unitario de 24 € por plantón plantado, con un máximo de ayuda por titular de explotación agraria de 3.000,00 €.
h) Ayudas a las entidades asociativas agrarias
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda es establecer los criterios que se deben regir para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento y al desarrollo de las entidades asociativas agrarias, otras entidades asociativas o asociaciones sin ánimo de lucro, relacionadas con el desarrollo y el fomento del sector agrario, ganadero y/o pesquero, en el ámbito territorial de la isla de Ibiza.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima destinada a esta línea es de 48.000 € (cuarenta y ocho mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 48900.
3. Actuaciones objeto de la ayuda
Las ayudas podrán financiar inversiones, gastos y costes diversos que se realicen desde el 1 de octubre del año 2018 hasta el 31 de agosto del año 2019.
Serán subvencionables las inversiones y los gastos corrientes originados por los siguientes conceptos:
a. Gastos de constitución, gastos administrativos iniciales como alquiler de locales y materiales de oficina, costes de personal administrativo, costes generales, gastos legales y administrativos.
b. Estudios, planes de gestión, contratación de asistencia técnica, actuaciones de promoción de la actividad agraria.
c. Programas de sanidad vegetal, sanidad animal o mantenimiento, conservación i fomento de razas autóctonas de Ibiza, programas que deberán ser informados favorablemente por el departamento competente en materia de agricultura del Consell Insular d'Eivissa.
Las ayudas que se podrán conceder a las entidades asociativas agrarias, a otras entidades asociativas o asociaciones sin ánimo de lucro que realicen actividades de fomento de la producción y/o comercialización agraria, desarrollo, promoción, dinamización y fomento de las razas autóctonas, así como también del sector ganadero y/o pesquero son, hasta un 70 % del coste total del gasto con un máximo de 9.000 euros por entidad beneficiaria; en el caso de entidades asociativas sin ánimo de lucro, siempre que tengan como objeto social recogido expresamente en sus estatutos, al menos, la promoción, la dinamización o el fomento de las razas autóctonas o del sector agrario, ganadero y/o pesquero de la isla de Ibiza, es podrán subvencionar el 100 % de un primer tramo de los gastos de constitución y funcionamiento solicitados con un máximo de de 1.000 euros (mil euros) por entidad.
i) Ayudas a las fincas colaboradoras
1. Objeto.
El objetivo de esta línea de subvención es la realización de experiencias y campos de ensayo permitan comprobar y demostrar sobre el terreno, con criterios de racionalidad técnica, económica y medioambiental, innovaciones directamente relacionadas con la agricultura y la ganadería que las explotaciones tengan dificultades para incorporarlas de forma autónoma.
Se consideran prioritarias las actuaciones relacionadas con la agricultura ecológica, producción integrada, variedades autóctonas y razas autóctonas, así como las que permitan introducir mejoras cualitativas en las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, mejorar las condiciones de vida y el trabajo o ahorrar energía y agua, así como la protección y la mejora del medio rural y natural.
2. Consignación presupuestaria
La cantidad máxima destinada a esta línea de subvención es de 6.000 € (seis mil euros) vinculados a la aplicación presupuestaria 4100-47000.
Las ayudas podrán financiar gastos y costes de las experiencias que se realicen desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019.
Las ayudas que se podrán conceder son hasta el 75 %, con un máximo de 3.000 € (tres mil euros), de los costes originados para el desarrollo de la experiencia.
j) Ayudas a las incorporaciones cooperativas agrarias
1. Objeto
El objetivo de esta línea de ayuda de la convocatoria es establecer las normas que se deben regir para la concesión de las subvenciones destinadas al fomento y desarrollo de las cooperativas agrícolas, y en concreto para el mantenimiento del tejido cooperativista de la isla de Ibiza y así poder atraer nuevos agricultores, con el objetivo final de mantener la red de cooperativas de la isla de Ibiza, sociedades primordiales para el mantenimiento del tejido agrícola insular.
2. Consignación presupuestaria
La cuantía máxima destinada a esta línea es de 25.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 47900.
3. Actuaciones objetivo de la ayuda
Las ayudas podrán financiar gastos de actuaciones que se realicen desde el 1 de noviembre del año 2018 hasta el 31 de octubre de 2019; Subvención del 50% de la cuota de incorporación de nuevos asociados, hasta un máximo de 5.000,00 € por agricultor/a que se incorpore.
El plazo máximo de presentación de las solicitudes será el 15 de noviembre de 2019; con esta solicitud también se adjuntaran los documentos para su justificación.
k) Ayudas para paliar los efectos de la sequía en la ganadería de pequeños rumiants de la isla de Ibiza
1. Objeto
El objetivo de esta línea es dar soporte a la actividad agropecuaria por la afección de la sequía a la producción de cultivos destinados a la alimentación del rebaño, que implica un aumento de los costes soportados por el sector ganadero, por el incremento de los gastos de alimentación del rebaño.
2. Consignación presupuestaria
A cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900:
- Sublínia A. Ayudas a las cooperativas agrícolas, para el fomento de adquisición de alimentación animal.
La cantidad máxima destinada a esta línea de subvención es de 30.000,00 €.-
- Sublínia B. Ayudas para la adquisición de alimentación animal por parte de las explotaciones ganaderas. La cantidad máxima destinada a esta línea de subvención es de 20.000 €.
3. Actuaciones objeto de ayuda
- Sublínia A. Se subvencionará la adquisición entre el 1 de marzo y el 25 de septiembre de 2019, y de la alimentación animal destinada al ganado de pequeños rumiantes (ovino y caprino) de la isla de Ibiza, tanto alimento concentrado (cereales, alimento proteico, piensos compuestos...) como alimento fibroso (alpacas de paja, forraje, heno), en las siguientes proporciones para cada cabeza de oveja y/o cabra reproductora, correctamente inscritas en el registro de explotaciones ganaderas: 30 kg/animal de alimento concentrado y 180 kg/animal de alimento fibroso.
- Sublínia B. Se subvencionará la adquisición entre el 1 de marzo y el 25 de septiembre de 2019, de alimentación animal destinada al ganado de pequeños rumiantes (ovino y caprino) de la isla de Ibiza, tanto alimento concentrado (cereales, alimento proteico, piensos compuestos…) como alimento fibroso (alpacas de balas de paja, forraje, heno), en las siguientes proporciones por cada oveja y/o cabra reproductora, correctamente inscritas en el registro de explotaciones ganaderas: hasta un máximo de 30 kg/animal de alimento concentrada y hasta 180 kg/animal de alimento fibroso.
El plazo máximo de presentación de las solicitudes para ambas sublíneas de ayuda será hasta el 30 de septiembre de 2019.
Eivissa, 23 de agosto de 2019
El Secretario general accidental del Consell Insular d'Eivissa
Antoni Riera Buforn