Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 8372
Extracto de la convocatoria de una línea de subvenciones dirigida a los ayuntamientos de la Isla de Ibiza para el fomento y la promoción de la recogida selectiva

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS núm. 470690

De conformidad con lo establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de una línea de subvenciones dirigida a los ayuntamientos de la isla de Ibiza para el fomento y la promoción de la recogida selectiva:

Primero. Justificación.

En el presupuesto del Consell Insular d'Eivissa aprobado para el ejercicio 2019 así como el plan estratégico de subvenciones publicado en el BOIB núm. 37 de 03.24.2018 y modificado en el BOIB núm. 70 de 7/06/2018 (que tiene una vigencia de dos años) se prevé una línea de subvenciones para promover la recogida selectiva de residuos, dirigida a los Ayuntamientos de la isla de Ibiza, por un importe total de 200.000 euros.

La prevención y el reciclaje de los residuos son objetivos prioritarios de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. En la sección 2 de la ley se establecen los objetivos y medidas para la gestión de los residuos, concretamente en el artículo 21 se establecen las determinaciones para la recogida, preparación para la reutilización, reciclado y valorización de los residuos, donde se regula qué residuos deben ser recogidos de manera separada (artículo 21.2), establece que las entidades locales en el ámbito de sus competencias deben llevar a cabo la recogida selectiva de calidad y establece para qué residuos (artículo 21.3). En el artículo 22 se establecen los objetivos específicos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización de los residuos.

Asimismo, el Plan Director Sectorial para la Gestión de Residuos Urbanos de Ibiza y Formentera (PDSGRUEF), aprobado mediante Decreto 46/2001, de 30 de marzo, tiene, como máxima prioridad, la prevención de los residuos, y en el caso de los residuos cuya producción sea inevitable, su reciclaje. Establece también en el artículo 8.1 la adopción, por parte del Consell Insular d'Eivissa, de medidas encaminadas a fomentar el reciclaje.

Por su parte, en la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares, se establecen como objetivos prioritarios la prevención, reutilización, preparación para la reutilización y el reciclaje. Establece una serie de objetivos ambiciosos relacionados directa o indirectamente con las tareas de recogida selectiva de los residuos. Las entidades locales de la isla de Ibiza deberán asumir los esfuerzos dedicados a estas tareas para alcanzar tales objetivos. De este modo, desde el Departamento de Medio Ambiente del Consell Insular d'Eivissa se quiere apoyar a los ayuntamientos con el fin de alcanzar los objetivos definidos por la normativa de residuos en materia de recogida selectiva y promover así que se refuercen las actuaciones encaminadas a incrementar las fracciones susceptibles de ser recogidas selectivamente y disminuir consecuentemente la cantidad de estas fracciones que llegan al vertedero, logrando así una gestión ambientalmente mejor alargando la vida útil del vertedero.

Segundo. Objeto y beneficiarios.

La finalidad principal de esta subvención es la de lograr una gestión más sostenible de los residuos a nivel insular, así como dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la normativa vigente en materia de recogida selectiva. Concretamente el objeto de esta convocatoria es el fomento y la promoción de la recogida selectiva de los residuos en todas sus fases y para todos los flujos de residuos generados en la isla de Ibiza susceptibles de ser recogidos selectivamente, y al mismo tiempo, cumplir con los objetivos establecidos en la normativa vigente. Los objetivos específicos son el fomento y la promoción de los esfuerzos que los consistorios de la isla de Ibiza dedican a la recogida selectiva, así como la disminución en la fracción rechazo, de la proporción de residuos que disponen de un sistema de recogida selectiva. Pueden concurrir a esta convocatoria los cinco ayuntamientos de la isla de Ibiza.

 

Tercero. Dotación económica.

La cantidad máxima que se destina a la presente convocatoria es de 200.000 € (doscientos mil euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 1700 46200. La cuantía máxima a la que podrá aspirar cada ayuntamiento será la siguiente (calculada proporcionalmente en base a la generación de residuos domésticos del año 2018):

a. Ayuntamiento de Ibiza: 54.876,03 €

b. Ayuntamiento de Santa Eulalia des Riu: 52.329,65 €

c. Ayuntamiento de Sant Josep de Sa Talaia: 50.009,81 €

d. Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany: 33.710,15 €

e. Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja: 9.074,35 €

El detalle del cálculo es el siguiente:

  Generación residuos kg        Quantía Máxima
Ayuntamiento de Ibiza 33.325.470,00 27,44 % 54.876,03 €
Ayuntamiento de Santa Eulalia del Rio 31.779.090,00 26,26 % 52.329,65 €
Ayuntamiento de San Jose de sa Talaia 30.370.280,00 25,00 % 50.009,81 €
Ayuntamiento de San Antonio de Portmany 20.471.720,00 16,86 % 33710,15 €
Ayuntamiento de San Juan de Labritja 5.510.730,00 4,54 % 9.074,35 €
    total 200.000,00 €

Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes:

Se establece un plazo de presentación de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Asimismo, se podrá presentar de manera conjunta la solicitud y la justificación de la subvención para que se haga la tramitación conjuntamente en un solo trámite. En este caso se podrá presentar la tramitación conjunta hasta la fecha límite de justificación (31 de octubre de 2019).

 

Eivissa, 20 de agosto de 2019

El Secretario General Acctal.

Antoni Riera Buforn