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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 8370
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno local de duia 07/08/2019, por la cual se aprueban de la Convocatoria y las Bases de las ayudas para la organización de fiestas en las urbanizaciones de Sant Lluís 2019

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Texto

M. Carolina Marquès Portella, Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís, hace público el Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de día 7/08/2019, por el que se aprueban la Convocatoria y las Bases de las ayudas para la organización de fiestas en las urbanizaciones de Sant Lluís.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria, el texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/471000

Primero. Objeto de la convocatoria: Es objeto de esta convocatoria colaborar con las entidades que trabajan en el marco de la organización de fiestas del año 2019 en las urbanizaciones de Sant Lluís.

Segundo. Beneficiarios: Los solicitantes que quieran acogerse a estas ayudas tienen que reunir los siguientes requisitos:

a) Ser asociaciones de vecinos o comunidades de propietarios sin ánimo lucrativo.

b) Realizar alguna de las siguientes actuaciones o actividades que tengan interés por el municipio o sus habitantes:

- Promoción de la convivencia social

- Fomento de la cultura y las tradiciones

c) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

d) No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartado 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4 de la misma.

Quedan expresamente excluidas:

a) Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.

b) Cooperativas.

c) Centros docentes o de enseñanza.

d) Entidades políticas o sindicales.

Tercero. Bases Reguladoras: Bases de la convocatoria que deben regir las ayudas para la urbanización de fiestas en las urbanizaciones de Sant Lluís 2019.

http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/471000

Cuarto. Crédito de la convocatoria: El crédito para esta convocatoria es de 1.200 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Quince días naturales desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Sexto. Cuantía: La subvención máxima por beneficiario es de 400 euros.

 

Sant Lluís, 22 de agosto de 2019

La Alcaldesa Presidenta de Sant Lluís ​​​​​​​M. Carolina Marquès Portella