Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 8364
Aprobación definitiva modificación presupuestaria 17/2019, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 22 de julio de 2019
Finalizado el plazo de exposición al público de la modificación presupuestaria 17/2019, por suplemento de crédito financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del día 22 de julio de 2019, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo, y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria :
Suplemento de crédito
Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos:
C.O. |
C.P. |
C.E. |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
DISMINUCIÓN |
CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|---|---|
AG |
920 |
143003 |
30% CARRERA ADMINISTRATIVA AYUNTAMIENTO Y PATRONATOS |
90.713,00 |
37.796,00 |
52.917,00 |
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37.796,00 |
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Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos:
C.O. |
C.P. |
C.E. |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
---|---|---|---|---|---|---|
ES |
341 |
410001 |
APORTACIÓN AL PATRONATO DE DEPORTES |
771.013,00 |
25.124,00 |
796.137,00 |
CU |
326 |
410000 |
APORTACIÓN AL PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA |
282.820,00 |
3.960,00 |
286.780,00 |
CU |
491 |
410002 |
APORTACIÓN AL PATRONATO DE LA RADIO MUNICIPAL |
166.558,00 |
8.712,00 |
175.270,00 |
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37.796,00 |
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Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, 20 de agosto de 2019.
La Alcaldesa. Bàrbara Rebassa Bisbal