Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 8331
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 010, de fecha 25 de julio de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 7 de noviembre de 2018 por la que se convocan subvenciones para las acciones de Formación Profesional y Adquisición de Competencias para el año 2018
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 7 de noviembre de 2018 por la que se convocan, subvenciones para las acciones de Formación Profesional y Adquisición de Competencias, correspondientes al año 2018, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 25 de julio de 2019, firmó la siguiente resolución,
"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 1.1- Soporte para las acciones de Formación Profesional y Adquisición de Competencias
Submedida 1- Transferencia de conocimientos y actividades de información
Convocatoria: FOAC 2018_1 Grup:FOAC 2018_1/(Exp. 010)
Antecedentes
1.Con fecha de 10/11/2018 se publicó en el BOIB núm. 141, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para las acciones de formación profesional y adquisición de competencias.
2.De conformidad con el apartado sexto de la Resolución de 7 de noviembre de 2018, que se publicó en el BOIB el día 10 de noviembre de 2018, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 14 de diciembre de 2018 , y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 11 solicitudes de ayuda.
3.Con fecha 14 de diciembre de 2018, Maria Isabel Juan Torres, en nombre de ASSOCIACIÓ DE PRODUCTORS D'AGRICULTURA ECOLÒGICA EN EIVISSA I FORMENTERA, y con NIF G57115933, presentó una solicitud de ayuda. Esta solicitud dió lugar al expediente FOAC2018_1/010. 3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
5. En fecha de 5 de julio de 2018 se publicó en la web www.caib.es una notificación de deficiencias donde se emplazaba la persona interesada en enmendar su expediente en el plazo de diez días.
6. Transcurrido el plazo sin que se hayan presentado alegaciones corresponde dar por desistida la solicitud, finalitzarel procedimiento y archivo del expediente.
Fundamentos de derecho
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el ejercicio 2018, subvenciones para las acciones de formación profesional y adquisición de competencias.
2.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , concretamente artículo 68.1 dónde dice: "Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considera que desiste de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 "
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa desfavorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Dar por desistida la solicitud de ayuda de ASSOCIACIÓ DE PRODUCTORS D'AGRICULTURA ECOLÒGICA EN EIVISSA I FORMENTERA, NIF G57115933.
2. Finalizar el procedimiento y archivar el expediente FOAC2018_1 / 010.
3. Notificar esta resolución al interesado mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, a 23 de julio de 2019
El gestor de la línea Jordi Company Salaverria |
La jefe de Sección I Mª Angeles Pérez Ribas |
El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidro Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución Palma, 25 de julio de 2019 El vicepresidente del FOGAIBA |
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Gabriel Torrens Llabrés” |
Palma, 31 de julio de 2019
El director Gerente del FOGAIBA
Mateu Morro Marcé