Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8303
Extracto de la convocatoria de subvenciones del Departamento d'Innovació, Transparència, Participació i Transports, destinadas a asociaciones de la isla de Ibiza para el año 2019
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero- Beneficiarios
Se pueden acoger a estas ayudas las asociaciones, sin ánimo de lucro, que realicen las siguientes actuaciones:
2.1. Línea 1: Ayudas para asociaciones de vecinos de la isla de Ibiza
Sublínea 1: para la organización y la celebración de fiestas patronales y actividades de tiempo libre, así como otros actos lúdicos organizados por asociaciones vecinales de la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración e interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 100.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.
Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.
2.2 Línea 2: Ayudas para asociaciones de inmigrantes a la isla de Ibiza:
Sublínea 1: para la realización de fiestas y planes específicos de actividades que fomenten la integración en la sociedad de la isla de Ibiza que desarrollen las asociaciones de inmigrantes en la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración e interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.
Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 6.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.
2.3 Línea 3: Ayudas para casas regionales en la isla de Ibiza:
Sublínea 1: para las actividades de intercambio cultural, organización de acontecimientos y programas y proyectos, actividades dirigidas a la divulgación de las tradiciones y la cultura de las asociaciones y el mantenimiento de las sedes de las casas regionales en la isla de Ibiza que promuevan, entre otros, el civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer, el fomento de la solidaridad, la integración y la interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 15.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.
Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 6.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.000 €.
2.4 Línea 4: Ayudas para asociaciones de voluntarios sin ánimo de lucro:
Sublínea 1: para la colaboración en actividades que promuevan la participación ciudadana en la isla de Ibiza en el fomento y la promoción de la solidaridad, el civismo, la prevención de conflictos, la defensa de la igualdad, la integración o el fomento de una isla sostenible. Así mismo, son subvencionables los gastos de funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones y gestoría.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 1 es de 10.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 4.500 €.
Sublínea 2: adquisición de bienes inventariables: Equipos informáticos: ordenadores, impresoras, escáners.; proyectores y equipos de sonido; Mobiliario de oficina: taquillas, mesas de trabajo, sillas, archivadores, organizadores; pizarras; material necesario para acontecimientos de la asociación: material de cocina como sartenes y fogones, neveras portátiles, carpas, mesas y sillas.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la sublínea 2 es de 3.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 1.000 €.
2.5 Línea 5: Ayudas para asociaciones sin ánimo de lucro no incluidas en las otras líneas de esta convocatoria que presenten proyectos, realicen actividades, contraten servicios o realicen cualquier gestión desde su ámbito asociativo que, sin estar vinculada en exclusiva al carácter de la asociación, estén dirigidas a favorecer el trabajo conjunto entre administración y ciudadanía, que impliquen a personas y colectivos en la transformación de su comunidad, que mejoren los canales de participación ciudadana o que promuevan cualquier tipo de participación social a través de la promoción del civismo, la prevención de conflictos, el fomento de la cultura, la promoción de la educación y la formación, la defensa de la igualdad entre mujeres y hombres, la promoción de la mujer a la sociedad, el fomento de la solidaridad, la integración y la interculturalidad o el fomento de una isla sostenible. Esta subvención es incompatible con cualquier otro subvención otorgada por el mismo objeto.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención es de 10.000 €. Se aplica dentro de la partida presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.500 €.
Segundo- Objeto
El objeto de esta convocatoria es el fomento del asociacionismo en la isla de Ibiza así como la ayuda al funcionamiento y mantenimiento de las asociaciones que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
Tercero- Cuantía
180.000 € (150.000 € a cargo de la partida presupuestaria 9240 48900 y 30.000 € a cargo de la partida presupuestaria 9240 78900).
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la línea 1 es de 115.000 € y se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 9240 48900 y 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 6.500 €.
El importe global del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la línea 2 es de 21.000 € y se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 9240 48900 y 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 6.500 €.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la línea 3 es de 21.000 € y se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 9240 48900 y 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 6.500 €.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la línea 4 es de 13.000 € y se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 9240 48900 y 9240 78900. El importe máximo por entidad o asociación es de 5.500 €.
El importe del crédito disponible para distribuir entre las entidades beneficiarias de la subvención de la línea 5 es de 10.000 € y se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 9240 48900. El importe máximo por entidad o asociación es de 2.500 €.
Cuarto - Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de la presentación de las solicitudes es de quince días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.
Eivissa, 16 de agosto de 2019
El secretario general Accidental
Antoni Riera Buforn