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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 8294
Notificación de Resolución de concesión parcial a los beneficiarios de las ayudas, R28 de fecha 18 de juliol de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 18 de juliol de 2019, firmó la siguiente resolución,

“RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)

Convocatoria: INEA 2016_2

Grupo: INEA 2016_2/R28; Id: 7741 

Antecedentes

1. Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.

2.De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes terminó el día 31 de diciembre de 2016.

3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4.Se publicó en la web http://www.caib.es las propuestas provisionales de concesión de la ayuda solicitada.

5.Durante el plazo establecido en la propuesta provisional de concesión parcial los interesados señaladas en el anexo I no han presentado ninguna alegación.

6.Una vez evaluadas la solicitud de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, al beneficiario le corresponde una ayuda máxima detallada en el anexo I, después de aplicar la deducción de inversiones y/o actuaciones que no son elegibles para esta línea de ayudas descrita en el anexo II.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.

2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución de concesión parcial

Por todo ello, vista la propuesta de Resolución  de concesión, deviene Resolución de concesión parcial en los siguientes términos:

1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo I, que son un total de 3 expedientes y que comienza con AGRICOLA SALMAU SLy termina en SON MORAGUES 1921 S.L.U.,  que suma un importe total de 93.778,71 euros, relativa a la línea de ayuda "Inversiones en las explotaciones agrarias", deducidas las inversiones/actuaciones no elegibles especificadas en el anexo II .

2. Autorizar y disponer el gasto señalada en cada una de las personas beneficiarias con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el anexo III.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma,  18 de julio de 2019

El vicepresidente del FOGAIBA,

Mateu Ginard i Sampol”

 

ANEXO I.  RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA (INEA 2016_2). REMESA 28

Solicitante

NIF

Nº expediente

Importe   inversiones elegibles (€)

% ajuda

Import concedit

Cofinanciamiento

Plazo 

ejecución

Anualidad

Bienes

 inmuebles

Maquinaria

Instalaciones

Honorarios

TOTAL

CAIB

32,90%

FEADER

53,00%

MAPAMA

14,10%

AGRÍCOLA DALMAU SL

B07892706

INEA2016_2/060

90.627,19 €

42.175,50 €

6.500,00 €

2.008,26 €

141.310,95 €

55.0

77.721,02 €

25.570,22 €

41.192,14 €

10.958,66 €

12 mesos

2019

BODEGA SON MAYOL SL

B57800864

INEA2016_2/203

0,00 €

0,00 €

20.645,00 €

0,00 €

20.645,00 €

32.5

6.709,63 €

2.207,47 €

3.556,10 €

946,06 €

12 mesos

2019

SON MORAGUES 1921 S.L.U.

B85570653

INEA2016_2/215

12.866,77 €

0,00 €

10.665,66 €

2.616,00 €

26.148,43 €

35.75

9.348,06 €

3.075,51 €

4.954,47 €

1.318,08 €

12 mesos

2019

 

 

 

 

 

 

 

TOTALES

93.778,71 €

30.853,20 €

49.702,71 €

13.222,80 €

 

 

 

ANEXO II.  DETALLE DE INVERSIONES/ACTUACIONES NO ELEGIBLES POR BENEFICIARIO (INEA 2016_2). REMESA 28

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Importe inversiones / actuaciónes NO ELEGIBLES

Motivo

AGRÍCOLA DALMAU SL

B07892706

INEA2016_2/060

8.537,95 €

No podrá ser subvencionada la adquisición de terrenos por un importe superior al 10% del gasto total subvencionable de la operación. Los importes de las escrituras de compra-venta son inferiores al valor de las tasaciones (-7.852,95 €). Las bombonas de etileno se consideran un fungible y no son subvencionables (-685,00 €). Los honorarios no se subvencionan ya que ha desistido de la caseta y aljibe.

BODEGA SON MAYOL SL

B57800864

INEA2016_2/203

103.080,34 €

Las plantas y la plantación para ser replantación de árboles y no generar nuevos derechos

SON MORAGUES 1921 S.L.U.

B85570653

INEA2016_2/215

109,00 €

Honorarios: Máximo un 10% de la inversión auxiliable.

 

 

ANEXO III  OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

-Realizar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido.

-Justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en los términos y plazos determinados en la presente Resolución.

-Ejercer la actividad agraria en cualquier explotación y mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años, contados desde la fecha de pago de la ayuda.

-Cumplir las normas comunitarias aplicables a la inversión de la que se trate y las específicas que puedan señalarse en función del tipo de explotación.

-Adoptar las medidas que sean necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad.

-Someterse los controles que lleve a cabo la administración, necesarios para comprobar la correcta concesión de la ayuda y el posterior mantenimiento de los compromisos.

-Cumplir los compromisos adquiridos para la concesión de la ayuda.

-Mantener los requisitos y condiciones exigibles respecto a la explotación y al beneficiario, a los que se refiere el apartado tercero de esta Resolución.

Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constança, núm. 4 de Palma).

 

Palma, 12 de agosto de 2019

El director gerente del FOGAIBA

Mateu Morro Marcé