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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Núm. 8205
Resolución de la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros de los Consejos Reguladores de la Denominación de Origen Protegida Aceite de Mallorca, Denominación de Origen Protegida Aceituna de Mallorca, Indicación Geográfica Protegida Almendra de Mallorca, Indicación Geográfica Protegida Ensaimada de Mallorca e Indicación Geográfica Protegida Sobrasada de Mallorca

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Texto

El mes de noviembre habrán transcurrido cuatro años de la constitución de los actuales consejos reguladores de la Denominación  de Origen Protegida Aceite de Mallorca, Denominación de Origen Protegida Aceituna de Mallorca, Indicación Geográfica Protegida Almendra de Mallorca, Indicación Geográfica Protegida Ensaimada de Mallorca e Indicación Geográfica Protegida Sobrasada de Mallorca, y en aplicación de los artículos 2 y 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, que regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, la duración del mandato de los vocales, titulares y suplentes de los consejos reguladores será de un máximo de 4 años, y se establece que tres meses antes de concluir el mandato de los vocales de los consejos reguladores, se deberán convocar elecciones para la renovación de sus miembros.

Por otra parte, el Consejo Regulador provisional de la Indicación Geográfica Protegida Almendra de Mallorca ha finalizado los trámites para la elaboración de los censos de productores que establece su reglamento y ha solicitado formalmente la convocatoria de elecciones per elegir un nuevo Consejo Regulador.

Per todo eso, en virtud de las facultades que tengo atribuidas  en materia de agricultura, y de acuerdo a la atribución competencial que prevé  el artículo  20 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente

Resolución

Primero

Convocar elecciones, de acuerdo con el anexo I, para la renovación de los miembros de los Consejos Reguladores siguientes:

  1. Denominación de Origen Protegida Aceite de Mallorca

  2. Denominación de Origen Protegida Aceituna de Mallorca

  3. Indicación Geográfica Protegida Almendra de Mallorca

  4. Indicación Geográfica Protegida Ensaimada de Mallorca

  5. Indicación Geográfica Protegida Sobrasada de Mallorca

Segundo

Aprobar el calendario electoral de cada proceso electoral, incluido en el anexo II.

Tercer

Facultar a cada Junta Electoral para que desarrolle las actuaciones que resulten pertinentes para la tramitación de los distintos procesos electorales.

Cuarto

Ordenar la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 7 de agosto de 2019

La Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación Maria Asunción Jacoba Pia de la Concha García-Mauriño

 

ANEXO I Convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de la DOP Aceite de Mallorca, de la DOP Aceituna de Mallorca, de la IGP Almendra de Mallorca, de la IGP Ensaimada de Mallorca y de la IGP Sobrasada de Mallorca

1. Convocatoria de  elecciones

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, que regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, se convocan elecciones para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de la DOP Aceite de Mallorca, de la DOP Aceituna de Mallorca, de la IGP Almendra de Mallorca, de la IGP Ensaimada de Mallorca y de la IGP Sobrasada de Mallorca.

2. Calendario del proceso electoral

El calendario, referido a días naturales, que ha de regir el proceso electoral es el que figura en el anexo II.

En el supuesto que alguno de los días fijados en el calendario electoral coincidiese con domingo o festivo se habilitará, al mismo efecto, el día hábil siguiente

3. Plazos

De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda del Decreto 139/2002 y con el objetivo de poder cumplir los plazos de presentación de escritos y de recursos que se establecen en el calendario electoral, todos los plazos concluyen a las 14.00 horas y el único lugar donde se pueden presentar dichos documentos es el Registro de la Consejeria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sito en la calle de la Reina Constança, 4 de Palma.

4. Junta electoral

a) Se constituyen las juntas electorales siguientes

  • Junta electoral de la DOP Aceite  de Mallorca
  • Junta electoral de la DOP Aceituna de Mallorca
  • Junta electoral de la IGP Almendra de Mallorca
  • Junta electoral de la IGP Ensaimada de Mallorca
  • Junta electoral de la IGP Sobrasada de Mallorca

b) Tienen su sede en las dependencias de la Consejeria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en la calle de la Reina Constança, 4 de Palma.

c) Cada una de estas estará compuesta per las persones siguientes:

- Un presidente, designado y nombrado por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación.

- Un representante de cada una de las organizaciones profesionales agrarias, de las uniones de cooperativas agrarias y  de las asociaciones empresariales con implantación en Mallorca. Serán nombrados por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de entre los propuestos por estas entidades.

- Dos funcionarios designados y  nombrados por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación , uno de los cuales debe ser licenciado en derecho.

- Un representante designado por cada uno de los consejos reguladores que tienen convocadas elecciones y  nombrados por la  Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El presidente y cada vocal deberán disponer de un suplente designado del mismo modo que el titular.

Para la propuesta de los representantes, las organizaciones profesionales agrarias, las uniones de cooperativas agrarias y las asociaciones empresariales deberán acreditar su inscripción en los registros correspondientes, y su propuesta debe estar subscrita por quien  ostente la representación, de acuerdo con sus estatutos.

En caso que una organización este integrada en otra de orden superior, no podrá presentar candidatura si la superior la presenta.

Las propuestas se deben dirigir a la  Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en los plazos que se fijan en el calendario electoral (anexo II).

5. Censos electorales

DOP Aceite de Mallorca

De acuerdo con el artículo 14 del anexo de la Orden del Consejero de Agricultura y  Pesca de 31 de octubre de 2002 por la que se aprueba, con el carácter transitorio establecido en  el artículo 5.5 del Reglamento (CEE) 2081/1992, el Reglamento de la denominación de origen Aceite de Mallorca, los censos electorales serán los siguientes:

  1. Censo A, Registro de plantaciones de olivos: constituido por las personas titulares de plantaciones de olivo inscritas en el Registro de Olivos del Consejo Regulador.

  2. Censo C, Registro de Plantas envasadoras-comercializadoras: constituido por las personas titulares de plantas envasadoras-comercializadoras  inscritas en el Registro de Plantas envasadoras-comercializadoras del Consejo Regulador.

  3. Censo B, Registro de Almazaras: constituido por las personas titulares de almazaras inscritas en el Registro de Almazaras del Consejo Regulador.

DOP Aceituna de Mallorca

De acuerdo con el artículo 11 del  anexo II de la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 7 de agosto de 2013 por la que se concede  la protección nacional transitoria a la Denominación  de Origen Protegida Aceituna de Mallorca y se regula  el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Aceituna  Mallorquina, los censos electorales serán los siguientes:

  1. Censo A: Registro de productores y plantaciones

  2. Censo B: Registro de elaboradores y envasadores

IGP Almendra de Mallorca

De acuerdo con el artículo 11 del anexo 2 de la Orden  del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y  Territorio de 3 de julio de 2014 por la que se aprueba el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida Almendra de Mallorca y se regula el Consejo Regulador, los censos electorales serán los siguientes:

  1. Registro de productores y  plantaciones

  2. Registro de manipuladores y almacenistas a granel

  3. Registro de descascaradores

  4. Registro de repeladores

  5. Registro de tostadores

  6. Registro de envasadores

IGP Ensaimada de Mallorca

De acuerdo con el artículo 15 del Decreto 41/2003, de 25 de abril, por el que se aprueba con carácter transitorio el Reglamento de la indicación geográfica protegida Ensaimada de Mallorca, el censo electoral estará formado por:

  1. Registro de elaboradores

IGP Sobrasada de Mallorca

De acuerdo con el artículo  11 del Decreto 136/1993, de 16 de diciembre , por el que se aprueba el Reglamento de la denominación específica Sobrasada de Mallorca y de su consejo regulador, los censos electorales serán los siguientes:

  1. Sección A: Elaboradores de Sobrasada de Mallorca

  2. Sección B: Elaboradores de Sobrasada de Mallorca de cerdo negro

Los consejos reguladores deben presentar estos censos debidamente actualizados en los plazos previstos en el calendario electoral (anexo 2) a la Junta Electoral correspondiente, que ordenará su exposición en la sede de la JED y en la sede del respectivo Consejo Regulador.

 

6. Candidaturas

a) Podrá ser candidato a vocal de estos consejos reguladores cualquier persona titular que, antes de la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, este debidamente inscrita y con actividad en los censos definitivos, en pleno uso de sus derechos civiles y  que no haya sido sancionada por resolución firme con la suspensión de actividad en el registro correspondiente.

La solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo  Regulador se debe formalizar en el modelo de aceptación de candidatura y se debe acompañar con la preceptiva documentación que prevee  el artículo 16 del Decreto 139/2002, que regula los procesos electorales de los consejos reguladores.

b) El número de vocales a elegir de cada Consejo Regulador y de cada uno de sus censos son los siguientes:

  • DOP Aceite de Mallorca
    • Censo A. Registro de plantaciones de olivos: 4 vocales
    • Censo B. Registro de almazaras: 2 vocales
    • Censo C. Registro de Plantas envasadoras-comercializadoras: 2 vocales
  • DOP Aceituna de Mallorca
    • Censo A Registro de productores y  plantaciones: 3 vocales
    • Censo B Registro de elaboradores y envasadores: 3 vocales
  • IGP Sobrasada de Mallorca
    • Sección A. Elaboradores de Sobrasada de Mallorca: 4 vocales
    • Sección B. Elaboradores de Sobrasada de Mallorca de cerdo negro: 2 vocales
  • IGP Ensaimada de Mallorca
    • Registro de elaboradores: 6 vocales
  • IGP Almendra de Mallorca
    • Registro de productores y  plantaciones: 5 vocales
    • Registro de manipuladores y almacenistas a granel: 1 vocal
    • Registro de descascaradores: 1 vocal
    • Registro de repeladores: 1 vocal
    • Registro de tostadores: 1 vocal
    • Registro de envasadores: 1 vocal

7. Mesa electoral

Se debe constituir una mesa electoral para cada proceso electoral, ubicada en la sede del su Consejo Regulador, y estará compuesta por un presidente y dos vocales, nombrados por  resolución del presidente de la Junta Electoral de la Denominación en el plazo que determina el calendario electoral (anexo II).

8. Documentación electoral

La documentación del proceso electoral será la siguiente:

  1. Modelo de aceptación de candidatura

  2. Modelo de declaración de elegibilidad

  3. Modelo de documentación para ejercer el voto por correo

  4. Modelo de papeleta de votación

  5. Modelo de sobre de votación

  6. Modelo de acta de constitución de la mesa electoral

  7. Modelo de acta de la sesión electoral

Está documentación será aprobada por la JED respectiva.

9. Jornada de votación

La jornada de votación de cada proceso electoral se iniciará  a las 9.00 horas del día que figura en el calendario electoral (anexo II), con la constitución de la Mesa Electoral, incluidos los interventores si los hubiera.

Después de esto, se extenderá el acta de constitución de la Mesa, según el modelo aprobado por la JED y , posteriormente, se iniciará la votación.

El presidente, después de comprobar la existencia de todos los medios necesarios para el desarrollo normal de la jornada de votación, ordenará el inicio de las votaciones, que durará hasta las 13.00 horas.

El desarrollo de la jornada de votación se adecuará al Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Una vez terminada la votación y concluido el escrutinio, se debe redactar el acta de la sesión, de acuerdo con el modelo aprobado  por la JED; seguidamente, los miembros de la Mesa Electoral completaran  la documentación electoral, que se librará a la JED correspondiente.

10. Sesión constitutiva del Consejo Regulador

La constitución de cada consejo regulador electo será el día que así figure en el calendario electoral.

En la sesión constitutiva, tal como prevé el artículo 28 del Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, los nuevos vocales electos tomaran posesión.

En la misma sesión, el consejo en pleno propondrá los candidatos a presidente y vicepresidente y los vocales técnicos.

 

ANEXO II Calendario electoral

FECHA

PERIODO

CONCEPTO

4/09/2019

 

 

Convocatoria de elecciones, fecha de entrada en vigor

 

5/09/2019

12/09/2019

Presentación de representantes a la JED

 

5/09/2019

16/09/2019

Presentación del censo electoral a la JED per parte del Consejo Regulador

13/09/2019

 

 

Designación de miembros de la JED

19/09/2019

 

 

Constitución de la JED

Aprobación del censo provisional

Aprobación de los modelos de la documentación electoral

 

19/09/2019

30/09/2019

Exposición del censo provisional en la sede de la JED y del Consejo Regulador

 

19/09/2019

30/09/2019

Reclamaciones sobre el censo electoral provisional

8/10/2019

 

 

Reunión de la JED

Resolución de las reclamaciones al censo provisional

Aprobación del censo definitivo

 

8/10/2019

15/11/2019

Exposición del censo definitivo en la sede de la JED y del Consejo Regulador

 

8/10/2019

18/10/2019

Presentación de candidaturas a vocales del Consejo Regulador

23/10/2019

 

 

Reunión de la JED

Proclamación provisional de los candidatos

 

23/10/2019

28/10/2019

Exposición de la proclamación provisional de los candidatos

 

23/10/2019

28/10/2019

Presentación de recursos a la proclamación provisional de los candidatos

30/10/2019

 

 

Reunión de la JED

Resolución de los recursos a las candidaturas provisionales

Proclamación definitiva de los candidatos

Nombramiento de los miembros de la Mesa Electoral

 

30/10/2019

15/11/2019

Exposición de la proclamación definitiva de los candidatos

 

30/10/2019

4/11/2019

Notificación del nombramiento de los miembros de la mesa electoral

 

30/10/2019

4/11/2019

Alegaciones  al nombramiento de los miembros de la mesa electoral

 

30/10/2019

13/11/2019

Campaña electoral

 

8/10/2019

5/11/2019

Solicitudes para votar por correo

 

30/10/2019

7/11/2019

Tramitación  de la documentación a los solicitantes del voto por correo

 

30/10/2019

11/11/2019

Nombramiento de los interventores

15/11/2019

 

 

Elecciones

19/11/2019

 

 

Reunión de la JED

Proclamación definitiva de los resultados electorales

Asignación y proclamación provisional de los vocales electos

 

19/11/2019

21/11/2019

Recursos contra la proclamación de vocales electos

22/11/2019

 

 

Reunión de la JED

Resolución de los recursos a la proclamación provisional de vocales electos

Proclamación definitiva de los vocales electos

Tramitación de credenciales a los vocales electos

28/11/2019

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador de la IGP Sobrasada de Mallorca

28/11/2019

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador de la IGP Ensaimada de Mallorca

29/11/2019

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador de la IGP Almendra de Mallorca

2/12/2019

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador de la DOP Aceite de Mallorca

2/12/2019

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador de la DOP Aceituna de Mallorca