Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE LLOSETA
Núm. 8018
Anuncio aviso abandono vehículos
Aviso abandono vehículo, inicio de procedimiento sancionador i tratamiento residual del vehículo.
Teniendo en cuenta que no se ha podido llevar a cabo la notificación a los titularos de los vehículos que se encuentran en el Depósito Municipal y que han adquirido la condición de vehículo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 y 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas con el presente anuncio se comunica a las personas relacionadas el siguiente contenido:
Visto que fue comunicado a la Alcaldía del Ayuntamiento de Lloseta por esta Policía Local que el vehículo, los datos del cual figuran al pie de la presente y del que es Usted el titular, había adquirido, una vez transcurridos los plazos legales establecidos, la condición de vehículo abandonado en el lugar indicado en el expediente, infringiendo lo dispuesto en el apartado correspondiente del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, modificado por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, dando inicio al expediente indicado en el encabezamiento.
Visto que la Alcaldía dictó la siguiente Providencia:
“Conforme con el apartado 3º de artículo 7 del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, y dado que concurren las circunstancias exigidas a la letra A del apartado 1 del artículo 86 del mencionado R.D.L. (MODIFICADO POR LA LEY 18/2009, DE 23 DE NOVIEMBRE), por la presente ORDENO que por los servicios de la Policía Local de este Ayuntamiento sea retirado del Depósito Municipal el vehículo que ha ADQUIRIDO LA CONDICION DE VEHÍCULO ABANDONADO con las características que más adelante es indican y sea trasladado a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación, con el requerimiento previo a su propietario para que, en el plazo de treinta días retire el vehículo de lugar de donde es encuentra, bajo el apercibimiento que, en caso contrario, será tratado como a residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.
Se faculta a la Policía Local a llevar a cabo este requerimiento y a realizar todos los trámites posteriores, incluidos los requerimientos de pago al servicio de retirada, depósito y custodia, incluso, poder proponer a la Jefatura Provincial de Tráfico de las Illes Balears, la baja definitiva por desguace del vehículo en su caso de tratamiento como residuo sólido urbano, una vez transcurridos los plazos reglamentarios.”
Se informa al afectado que, de acuerdo con lo expuesto, esta Policía Local se verá obligada a proceder a su retirada si Usted no procede a hacerlo, trasladando el vehículo a un CAT autorizado. Además, todos los gastos serán a cargo suyo, según se indica en el artículo 85 del R.D.L. 339/1990, del 2 de marzo, extendiendo las correspondientes denuncias administrativas y dando, así, inicio al procedimiento sancionador correspondiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3º, b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio, se entiende que el vehículo abandonado es un residuo sólido urbano, atorgando el artículo 12.5 de la misma ley, competencia a las entidades locales para la gestión de estos.
Así pues, si en el plazo improrrogable de treinta días, desde recibida la presente notificación, no procede a la retirada del vehículo del lugar de donde se encuentra,, o recibimos comunicación suya, se procederá AUTOMÀTICAMENTE a su tratamiento como un residuo sólido urbano, iniciando su correspondiente expediente sancionador en base al artículo 46.3, c) de la Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados, sancionable entre 901 y 45.000 €, siendo necesaria la previa acreditación ante esta Policía Local de la correspondiente ficha técnica y póliza aseguradora en vigor, dado que en caso contrario, se procederá a sancionar al vehículo por incumplimiento de lo establecido en las respectivas normativas que lo regulan.
A la vez, se le informa que si procede a la renuncia voluntaria para tratar el vehículo como residuo sólido urbano ante este Ayuntamiento, no se le incoará expediente sancionador en materia de medio ambiente, participando según dispone el artículo 17 de la mencionada Ley 22/2011, renuncia que se deberá de presentar por escrito mediante su comparecencia ante esta Policía Local para su formalización, todo ello, sin perjuicio de las deudas que tenga con este Ayuntamiento y otros organismos oficiales a las que deberá hacer frente usted.- JEFE DE LA POLICIA LOCAL.
Relación de vehículos afectados:
DNI: Y1214745Z
DOMICILIO: C/JOAQUIM VERDAGUER 32. ATIC 1. PALMA DE MALORCA.(ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: IB4688CX
EXPT Nº: ABA 1-2019
DNI: X1766965J
DOMICILIO: C/MAO,30 P03C. INCA (ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: IB5742BX
EXPT Nº: ABA 2-2019 .
DNI: 43233463H
DOMICILIO: C/JOAN SERRA,7 A P01.LLOSETA (ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: 4497BSC
EXPT Nº: ABA 3-2019 .
DNI: X2480817Z
DOMICILIO: C/TEATRE,14.LLOSETA (ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: 7570DXY
EXPT Nº: ABA 4-2019 .
DNI: 43128433Y
DOMICILIO: C/CASTELL DE BELLVER,9 P03 A. INCA (ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: 3948BGX
EXPT Nº: ABA 5-2019
DNI: X3513009N
DOMICILIO: C/SANTA TERESA,13, 4D.INCA (ILLES BALEARS)
MATRÍCULA: 6012BJB
EXPT Nº: ABA 6-2019
Lloseta, 8 de agost de 2019
El Alcalde
José María Muñoz Pérez