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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 8009
Régimen de dedicación, retribuciones y asistencias de los miembros de la corporación, y asignaciones económicas a los grupos políticos municipales

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Texto

(Exp. nº 936/2019 y nº 858/2019)

Acuerdo del pleno del ayuntamiento de 26 de junio de 2019:

HECHOS

El pasado 26 de mayo tuvieron lugar las elecciones locales. Una vez constituido el nuevo ayuntamiento en fecha 15 de junio de 2019, es necesario establecer el régimen de dedicación y de retribuciones de los miembros de esta Corporación.

Los concejales Gabriel Rosselló Cirer, Antoni Mateu Morro y María Angustias Cabañero Lavara trabajan en la Banca March, Comercial Bordoy y S'Empitado, respectivamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Llei 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local y con el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo, así  como a percibir indemnizaciones en la cuantía y condiciones que establezca el Pleno de la Corporación, en concepto de asistencias por concurrir efectivamente a las sesiones de los órganos colegiados de los cuáles formen parte.

- El artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, i el artículo 18 del Real decreto ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público (para 2019), dispone que el límite máximo total que pueden percibir los miembros de la Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistenciales será, para los ayuntamientos de entre 5.001 i 10.000 habitantes, de 47.759,30 € anuales.

Artículo 75,2, parágrafo final, de la Ley 7/1985, de 2 de abril: los miembros de las corporaciones locales que sean personal de las administraciones públicas y de los entes, organismos i empresas de ellos dependientes, solo podrán percibir retribuciones por su dedicación parcial a sus funciones fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo, en los términos señalados en el art. 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

ACUERDO

Por lo expuesto, el Pleno acuerda:

1. Establecer, con efectos desde el día 15 de junio de 2019, el siguiente régimen de dedicaciones y retribuciones:

Nombre

Cargo

Régimen de dedicación

Retribución

Llorenç Perelló Rosselló

Alcalde

Parcial (90%)

35.931,56 €

Gabriel Rosselló Cirer

Concejal delegado

Parcial (25 %)

5.102,44 €

Antoni Mateu Morro

Id.

Parcial (25 %)

5.102,44 €

María Angustias Cabañero Lavara

Id.

Parcial (25 %)

5.102,44 €

Los importes establecidos anteriormente se corresponden con importes brutos anuales, y se percibirán en 14 pagas. El porcentaje de dedicación se calcula sobre un total de 37'5 horas semanales.

Estos importes se incrementarán anualmente en los mismos términos que los incrementos retributivos del personal del ayuntamiento de Alaró.

De forma transitoria y hasta el 1 de julio de 2019, el régimen de dedicación del Alcalde será del 50%.

2. Dar de alta en la Seguridad Social las personas mencionadas en el apartado anterior, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales.

3. Establecer, con efectos desde el día 15 de junio de 2019, a favor de los miembros de la Corporación no incluidos en el apartado anterior, el régimen de asistencias e indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados que se detallan a continuación.

Asistencia al Pleno

70,22 €

Asistencia a la Junta de gobierno

135,12 €

Asistencia a la Comisión Informativa

60,64 €

Asistencia a la Comisión de Cuentas

60,64 €

4. Asignar, con efectos desde el día 15 de junio de 2019, a los grupos políticos municipales, una dotación económica mensual por los gastos realizados en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por los importes siguientes:

Por cada grupo

31,97 €

Por cada miembro

6,39 €

Esta asignación podrá destinarse a pagar remuneraciones de personal de ningún tipo al servicio de la corporación, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.

Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de esta dotación, y deberán ponerla a disposición del Pleno de la corporación cuando éste lo requiera.

5. Informes favorables de compatibilidad de los concejales con dedicación parcial.

A). Informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Gabriel Rosselló Cirer:

Primer trabajo: Banca March

a) naturaleza jurídica de la relación de ocupación:  miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de deportes i fiestas; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación:  9'5 horas/semana (25 % )

c) jornada:  martes y jueves, de 17 a 19 h., i viernes, de 9 a 14'30 h.

d) retribuciones a percibir:  364,46 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial:  15.06.2019

f) conclusión sobre la compatibilidad:  favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

B). Informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Antoni Mateu Morro:

Primera trabajo: Comercial Bordoy, S.L.

a) naturaleza jurídica de la relación de ocupación:  miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de juventud, medio ambiente y protección civil; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación:  9'5 horas/semana (25 % )

c) jornada:  lunes, martes y jueves, de 16 a 19'15 h.

d) retribuciones a percibir:  364,46 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial:  15.06.2019

f) conclusión sobre la compatibilidad:  favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.”

C). Informe de compatibilidad sobre la concejala con dedicación parcial María Angustias Cabañero Lavara:

Primer trabajo: Antonio Matas Garcia (S'Empitado)

a) naturaleza jurídica de la relación de ocupación:  miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejala delegada de sanidad, mercado y feria; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación:  9'5 horas/semana (25 % )

c) jornada:  lunes, martes y jueves, de 16 a 19'15 h.

d) retribuciones a percibir:  364,46 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial:  15.06.2019

f) conclusión sobre la compatibilidad:  favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

Lo que hacemos público para general conocimiento y efectos.

Recursos.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo.

b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Alaró,  8 de agosto de 2019

El alcalde,

Llorenç Perelló Rosselló