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AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 7981
Extracto del acuerdo de junta de gobierno local de 18 de julio de 2019, por la cual se apruba la convocatoria de concesión de ayudas en materia de acción social para asociaciones y/o entidades privadas sociosanitarias sin ánimo de lucro correspondientes al año 2019
BDNS (Identif.): 467.637
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero.- Beneficiarios
Las personas jurídicas públicas o privadas y sin ánimo de lucro, ya sean entidades, grupos asociativos u organismos legalmente constituidos que impulsen el asociacionismo, la acción y participación social y el voluntariado que reúnan los siguientes requisitos:
Segundo.- Objeto de la convocatoria
El objeto de esta convocatoria pública municipal es la regulación de la concesión de subvenciones en materia de bienestar social para el año 2019, orientada a entidades sociales y socio sanitarias las cuales desarrollan actuaciones dirigidas a la población de Santa Eulària des Riu, para impulsar y apoyar el asociacionismo, la participación social y el voluntariado.
Tercero.- Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del año 2019, aprobados inicialmente en pleno en sesión ordinaria celebrada en fecha 3 de diciembre de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 004, de fecha 08/01/2019.
Cuarto.- Dotación económica
Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 45.000€, con cargo a la partida 2311-48006 del ejercicio presupuestario del año 2019.
Quinto.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes
5.1.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir desde el día siguiente de la fecha de publicación de en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) del extracto de la convocatoria.
5.2.- Las solicitudes se presentaran en el Registro General del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, o bien a través de alguna de las formas autorizadas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto.- Solicitud y documentación necesaria
Las solicitudes se formularan mediante un modelo de solicitud de ayuda económica (documento modelo de instancia general del Ayuntamiento, disponible en la página web municipal) y memoria descriptiva del proyecto, adjuntando la siguiente documentación:
En el caso en el que haya documentación que ya conste en poder del Ayuntamiento y sea vigente, se puede hacer constar por escrito en la solicitud y solicitar la exención de presentarla nuevamente.
El Ayuntamiento puede solicitar, además, toda la documentación complementaria necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
Santa Eulària des Riu, 29 de julio de 2019
La Alcaldesa
Mª del Carmen Ferrer Torres