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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 7991
Convocatoria de provisión del puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a del Servicio de Planeamiento

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Texto

Decreto de Alcaldía

Vistas las necesidades organizativas de esta Corporación, para dar impulso al proceso abierto de aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Calvià, se ha de proveer temporalmente el puesto de trabajo vacante de libre designación, JEFE/A DEL SERVICIO DE PLANEAMIENTO, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria, dado que la persona titular del mencionado puesto de trabajo se encuentra en situación de excedencia voluntaria para prestar servicios en el sector público.

Es por eso que, esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, dispone la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases de la convocatoria para proveer temporalmente el puesto de trabajo vacante, Jefe/a del Servicio de Planeamiento.

BASES

Primera.-

El objeto de esta convocatoria es la provisión del puesto de trabajo que se especifica:

Denominación: Jefe/a del Servicio de Planeamiento

Subgrupo: A1

Nivel: 28

Complemento específico anual: 22.931,54 €

Número de puestos a proveer: uno.

Provisión: libre designación

Dedicación: sí

Disponibilidad: sí

Exclusividad: sí

Funciones generales y específicas del puesto de trabajo:

1. Es responsable del Servicio de Planeamiento, que está adscrito a la Oficina de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Calvià (decreto de Alcaldía de fecha 04/05/2017), y depende directamente de la Dirección del área y la Concejalía delegada.

2. Dirige las grandes líneas de actuación del Servicio de Planeamiento, en función de los criterios y directrices de actuación marcados por la Concejalía delegada y la Dirección General, estableciendo los mecanismos de seguimiento y control de resultados.

3. Tiene responsabilidad sobre la toma de decisiones, dirección, ejecución, coordinación y control de las unidades administrativas que integran el servicio.

4. Realiza funciones de asesoramiento y respaldo a los órganos superiores, elaborando informes y otros documentos que le sean requeridos, como también aquellas tareas que le sean encomendadas.

5.  Evalúa el funcionamiento del servicio y realiza propuestas de mejora.

6. Es superior jerárquico/a con autoridad descentralizada  de Recursos Humanos.

 

Segunda.-

Requisitos de las personas aspirantes:

a) Ser funcionario/a de carrera al servicio de una administración pública, encontrarse en la situación administrativa de servicio activo y ocupar plaza del grupo A, subgrupo A1.

b) Nivel de titulación académica: título universitario de Grado o licenciatura en Ingeniería o Arquitectura.

c) Conocimiento de la lengua catalana, nivel B2, que se tiene que acreditar formalmente mediante original o fotocopia cotejada del correspondiente certificado expedido por el Gobierno Balear o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB n.º 34, de 12 de marzo de 2013).

Tercera.-

Las solicitudes de participación en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, se han de presentar en el registro general de entrada, o en cualquier de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB.

Junto con la instancia de participación se ha d presentar:

- Fotocopia del DNI.

- Currículum y los requisitos indicados en la base segunda.

Cuarta.-

La Comisión de Valoración estará compuesta por las siguientes persones funcionarias: José Mª Fontenla Esquivias, Javier Montejo Fuentes y Jesús Font Camacho, las cuales examinarán y determinarán, de acuerdo con la documentación presentada por las personas aspirantes, quién es la persona más idónea para ocupar el puesto de trabajo convocado.

Se valorará especialmente los conocimientos en materia de planeamiento y del Plan General de Ordenación Urbana de Calvià.

Las persones aspirantes serán convocadas a la realización de una entrevista, sobre cuestiones derivadas de su trayectoria profesional, así como cualesquiera otras que la Comisión de Valoración considere necesarias.

Una vez finalizado el trabajo de la Comisión de Valoración, esta ha de presentar una propuesta de nombramiento a la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales e Infraestructuras, quien resolverá el nombramiento.

Quinta.-

La duración de la comisión de servicios es de un año, prorrogable de acuerdo con la normativa vigente y sin perjuicio de que la persona titular del puesto de trabajo se  reincorpore antes.

Sexta.-

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta.

El recurso de reposición se ha de presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el arte. 16.4 de la Ley 39/2015 antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de su interposición, caso en que quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, hay que interponer directamente recurso contencioso-administrativo, con arreglo al establecido en el artículo 123 anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de la recepción de esta notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB y en la web municipal.

 

Calvià, 7 de agosto de 2019

Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales e Infraestructuras

(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 17/06/2019)

Juan Recasens Oliver