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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 7970
Texto consolidado de la resolución del presidente de fecha 29 de julio de 2019 de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días previsto en el primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo y de la resolución del presidente de fecha 31 de julio de 2019 de rectificación de errores

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Texto

Antecedentes

1. El 15 de octubre de 2018, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó el expediente de convocatoria del primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, incluido en la red pública de servicios para personas con discapacidad de Mallorca (BOIB núm. 129, de 18 de octubre de 2018), donde se preveían, como plazas de los servicios y apoyos complementarios, 126 plazas de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días al año. 2. Por resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 14 de febrero de 2019 (BOIB núm. 24, de 23 de febrero de 2019), se adjudicaron las plazas del concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, así como las plazas de complementos de transporte social, de transporte rural, de transporte adaptado y complementos para apoyo extraordinario por motivos médicos o conductuales, que se indican a continuación en las siguientes entidades:

ENTIDAD

CIF

PLAZAS

CENTRO DE DIA

PLAZAS T.

SOCIAL

PLAZAS T.

RURAL

PLAZAS

T. ADAPTADO

PLAZAS APOYO EXTRAORDINARIO

AMADIBA

G07758667

124

52

29

10

12

AMADIP

G07065709

78

12

0

0

2

APROP

Q5755006C

90

13

0

0

8

APROSCOM

G07065386

65

22

22

8

5

ASNIMO

G07063217

20

15

0

0

0

ASPACE

G07053226

73

49

0

40

11

MATER M.

R0700137C

92

36

0

16

2

PATRONAT I.

G07064199

81

12

0

0

0

3. El 15 de febrero de 2019 se formalizaron los correspondientes conciertos sociales entre las entidades adjudicatarias y el IMAS.

4. La responsable del Servicio de Personas con Discapacidad emitió informe técnico, de fecha 4 de julio de 2019, para la Comisión Evaluadora de la ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, en el que se justifica la necesidad de mantener los servicios de estancias diurnas durante el mes de agosto de 2019 y se detalla, entre otras, las solicitudes presentadas por parte de las entidades adjudicatarias dentro el plazo establecido en el apartado 8.1.ii.a) de la convocatoria de este concierto social, así como las solicitudes que deben ser excluidas por incompatibilidad de servicios.

5. La Comisión Evaluadora se reunió en fecha 5 de julio de 2019, acordando admitir las solicitudes formuladas por las entidades AMADIBA, AMADIP, APROSCOM, ASPACE, Mater Misericordiae, ASNIMO y CONSORCIO APROP, así como la de PATRONATO DE INCA , previa exclusión de dos personas por no ser usuarios del servicio de centro de día, y presentar el informe propuesta para la ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo .

6. En fecha 11 de julio de 2019 ha tenido entrada en el Servicio Jurídico del informe propuesta emitido por la responsable de Servicio de la Dirección Insular de Personas con Discapacidad, con el visto bueno del vicepresidente del IMAS, en el que se propuesta del asignación de 126 plazas de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, de conformidad a la siguiente distribución. Esta ampliación también supone la prestación de los otros servicios y apoyos complementarios vinculados a las personas físicas titulares de las plazas objeto de ampliación.

ENTIDAD

CIF

PLAZAS

AMPLIACIÓN CENTRO DE DIA

PLAZAS T. SOCIAL

PLAZAS T.

RURAL

PLAZAS

T. ADAPTADO

PLAZAS APOYO EXTRAORDINARIO

AMADIBA

G07758667

25

14

8

4

0

AMADIP

G07065709

10

6

0

0

0

APROP

Q5755006C

5

5

0

0

0

APROSCOM

G07065386

18

3

3

1

0

ASNIMO

G07063217

1

1

0

0

0

ASPACE

G07053226

35

35

0

30

3

MATER M.

R0700137C

28

13

0

6

0

PATRONAT I.

G07064199

4

4

0

0

0

7. El IMAS, actualmente tiene concertadas con estas entidades plazas de centro de día, con un funcionamiento de 11 meses (se exceptúa el mes de agosto) al año. 8. Junto con el informe propuesta, se adjuntan los listados de usuarios admitidos y excluidos que han solicitado este servicio para el mes de agosto de 2019, así como los documentos contables que justifican la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a estos gastos.

Consideracions jurídiques

1. La Llei 14/2001 de 29 d'octubre va atribuir al Consell de Mallorca les competències en matèria de serveis socials i seguretat social, competències que exerceix l'Institut Mallorquí d'Afers Socials (IMAS). D'acord amb l'art 9.1 d'aquesta Llei, correspon a l'IMAS la concertació de reserva i ocupació de places residencials per a persones majors i per a persones amb minusvalidesa, amb entitat públiques o privades sense ànim de lucre.

2. El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, como organismo autónomo creado por el Consejo de Mallorca, adscrito al Departamento de Bienestar y Derechos Sociales del Consejo de Mallorca, es el organismo que ejerce las competencias atribuidas por cualquier título al Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales, de acuerdo con el Tex consolidado de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos sociales (BOIB núm. 140, de 5 de noviembre de 2016), aplicable en virtud de la disposición transitoria segunda de los nuevos Estatutos de el IMAS aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

3. El artículo 89.1 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, establece que "las administraciones públicas de las Islas Baleares, en el ámbito de sus competencias, pueden organizar la prestación de los servicios del Catálogo de Prestaciones y servicios Sociales de las Islas Baleares a través de las fórmulas siguientes: gestión directa, régimen de concierto previsto en esta Ley, gestión indirecta en el marco de la normativa de contratación de las administraciones públicas y convenios con entidades sin ánimo de lucro ". El artículo 89 bis de esta norma dispone que las entidades de iniciativa privada que ofrecen servicios sociales previstos en la cartera de servicios y / o en la planificación autonómica o insular pueden acogerse al régimen de conciertos en los términos establecidos en esta Ley .

4. El 8 de febrero de 2018 se aprobó en el Pleno del Consejo de Mallorca el reglamento por el que se regula el funcionamiento de los servicios sociales para personas con discapacidad incluidos en la Cartera Insular de servicios sociales y se establecen los requisitos de autorización y acreditación (BOIB núm. 21, de 15 de febrero de 2018). Esta normativa establece, entre otras, las condiciones técnicas y materiales y los requisitos de calidad de los servicios de servicios sociales para poder optar al régimen de concierto social.

5. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, (BOIB número 132 de 28 de octubre de 2017) por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.

6. El punto 3.2 ( «Plazas de servicios y / o apoyos complementarios») de la convocatoria del primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, incluida la resolución de la la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de octubre de 2018 (BOIB núm. 129, de 18 de octubre de 2018), establece que "la previsión del número total máximo de plazas de los servicios y apoyos complementarios descritos en el pliego de prescripciones técnicas de esta convocatoria de concierto social y que, en todo caso, estarán vinculadas a personas físicas que ocupen plazas concertadas del servicio de centro día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, son los que se detallan a continuación:

◦ 126 plazas de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días al año.  

◦ ... ».

7. Es el punto 4.2 ( «Vigencia del concierto de los servicios y apoyos complementarios») de la convocatoria del primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, incluida la resolución de la la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de octubre de 2018 (BOIB núm. 129, de 18 de octubre de 2018), donde se prevé que los «servicios y apoyos complementarios previstos en el marco de la presente convocatoria tendrán una vigencia de acuerdo con los plazos que se indican a continuación. Sin embargo, la finalización de la vigencia del concierto de las plazas del servicio de centro de día de personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo conllevará, necesariamente, la finalización de la vigencia de los servicios y apoyos complementarios que, en el su caso, se hayan concertado: a) Ampliación del servicio centro de día a 240 días. Cada año de la vigencia del concierto de plazas del servicio de centro de día descrito en el apartado 4.1 anterior, se acordará la concertación anual de las plazas de ampliación del servicio de centro de día por períodos de un año de vigencia. ... » 8. En el punto 5 de la mencionada convocatoria, incluida la resolución de la la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de octubre de 2018 (BOIB núm. 129, de 18 de octubre de 2018), se determina la revisión, entre otros, del servicio complementario de ampliación del centro de día a 240 días, estableciéndose que «anualmente se acordará la concertación de todas las plazas de ampliación del servicio de centro de día, previa solicitud de las entidades interesadas y atendiendo a las necesidades de las personas físicas que ocupen una plaza concertada en el servicio de centro de día objeto de esta convocatoria ».

9. En el punto 6.2 de la convocatoria del primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo es donde fijan los precios de los servicios y apoyos complementarios previstos, de la siguiente forma:

◦ «Ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días: El precio de una plaza concertada de esta ampliación coincide con el precio plaza del servicio de centro de día es decir 61,72 € plaza / día.

◦ Transporte social: Se prevén los siguientes precios en función de la tipología de transporte:  

▪ El precio del transporte al servicio de centro de día es de 8,00 € plaza / día.

▪ El precio del complemento de transporte adaptado es de 3,50 € plaza / día.  

▪ El precio del complemento de transporte rural es de 2,00 € plaza / día.

◦ Complemento por necesidades excepcionales de apoyo de tipo conductual o médico: el precio de una plaza concertada de este tipo de complemento es de 38,99 € plaza / día. »

10. Es el punto 9.4.ii de la convocatoria donde se establecen los criterios para resolver la asignación de las plazas del servicio complementario de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días, entre otros, de esta manera:  

• Todas las personas usuarias del servicio de centro de día objeto de la presente convocatoria tienen derecho a optar a esta ampliación del servicio. Ahora bien, en primer lugar, la asignación de estas plazas quedará condicionada a:

◦ Que la entidad donde la persona usuaria ocupa la plaza concertada de centro de día ofrezca esta ampliación.  

◦ La disponibilidad presupuestaria del IMAS.

• En segundo lugar, la asignación de estas plazas se llevará a cabo aplicando como criterio de preferencia las necesidades psicosociales y familiares de la persona usuaria, que serán objeto de validación por parte del equipo técnico del IMAS.

• Por último, una vez aplicados estos criterios y, en caso de empate, se tendrá en cuenta, como criterio de preferencia, el orden de entrada de las solicitudes en el registro del IMAS, según riguroso orden de número de entrada, y hasta agotar el total del crédito disponible.

11. El órgano competente para aprobar la ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días es la Presidencia del IMAS, en virtud de lo establecido en el punto 10.1 de la convocatoria del primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo

12. Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 14 de febrero de 2019 (BOIB núm. 24, de 23 de febrero de 2019), de adjudicación de las plazas del concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo.

13. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

14. El Servicio Jurídico y la Intervención Delegada han emitido informes favorables a la asignación de las plazas de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días a favor de las entidades AMADIBA, AMADIP, CONSORCIO APROP, APROSCOM, ASNIMO, ASPACE , Mater Misericordiae y PATRONATO DE INCA.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.- APROBAR la asignación de plazas de ampliación del servicio de centro de día hasta 240 días prevista en el primer concierto social del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, para el mes de agosto de 2019, de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas; y DISPONER a favor de estas entidades un gasto por importe total máximo de 174.143,80 euros (IVA exento), según el siguiente detalle:

ENTIDAD

CIF

PLAZAS

AMPLIACIÓN CENTRO DE DIA

PLAZAS T. SOCIAL

PLAZAS T.

RURAL

PLAZAS

T. ADAPTADO

PLAZAS APOYO EXTRAORDINARIO

IMPORTE AGOSTO 2019

AMADIBA

G07758667

25

14

8

4

0

33.700,00

AMADIP

G07065709

10

6

0

0

0

13.304,00

APROP

Q5755006C

5

5

0

0

0

6.972,00

APROSCOM

G07065386

18

3

3

1

0

22.889,20

ASNIMO

G07063217

1

1

0

0

0

1.394,40

ASPACE

G07053226

35

35

0

30

3

53.243,40

MATER M.

R0700137C

28

13

0

6

0

37.063,20

PATRONAT I.

G07064199

4

4

0

0

0

5.577,60

Respecto a las plazas de los servicios y apoyos complementarios adjudicadas, se adjunta a la presente, como Anexo I, la relación de las personas físicas a las que han sido asignadas.

Segundo.- DENEGAR dos solicitudes formuladas por la entidad PATRONATO DE INCA por incompatibilidad de servicios, dado que estas personas no ocupan plaza concertada del servicio de centro de día para personas con discapacidad intelectual y / o del desarrollo, sino que son usuarios del servicio de vivienda supervisado.

Tercero.- NOTIFICAR esta resolución a las entidades AMADIBA, AMADIP, CONSORCIO APROP, APROSCOM, ASNIMO, ASPACE, Mater Misericordiae y PATRONATO DE INCA, así como al Servicio de Gestión Económica, a la Intervención Delegada y en la Dirección Insular de Personas con Discapacidad .

Cuarto.- PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en el apartado de Transparencia de la web del IMAS y en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67 , de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 6 de agosto de 2019

La secretaria delegada

(BOIB núm. 109 de 05-09-2017)

Mª Ángeles Vanrell Julià

 

 

LISTADO DE USUARIOS:

NOMBRE

DNI

ENTIDAD

T.O

T.R

T.A

S.E

N.A.R.

43134513Z

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

 

 

J.B.E.

43090241V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

P.C.P.

43208668V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

1

M.C.T.

43130199R

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

D.C.P.

Y1611690-W

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

M.A.D.H

02707936P

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

J.G.P.

43134608V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

JM.G.C.

43090363R

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

VY.G.L.

43090425V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

MA.G.R.

43169959V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

 

 

DI.G.

X3803407N

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

D.G.D.

43171567S

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

G.I.C.

43168155F

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

R.L.O.

43158459V

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

S.L.R.

43091832K

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

D.L.S.

43134508D

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

V.L.V.

43169362H

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

G.L.M.

41711504S

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

C.M.P.

43146854G

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

 

 

T.M.G.

41522669X

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

B.M.S.

43088304N

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

1

R.M.G.

80077514R

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

P.M.P.

45185254Y

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

 

 

F.M.R.

43169935Q

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

1

G.O.M.

43134517H

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

P.R.G.

43031647N

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

M.R.T.

43090405C

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

J.R.T.

43167770J

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

R.R.C.

43168587W

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

G.S.G.

43111087W

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

JP.S.

43203788J

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

T.S.G.

43090381L

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

 

 

M.S.R.

43134501W

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

M.V.M.

43090841L

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

JL.Y.C.

43085445M

FUNDACIÓN ASPACE

1

 

1

 

E.V.D.

43169779K

ASNIMO

1

 

 

 

F.A.M.

18223847G

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.B.A.

41523337B

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.B.S.

78198349M

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

V.B.M.

18218113C

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

J.D.F.

78204404B

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

L.F.R

41538406S

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

F.F.P

18224924T

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

L.G.F.

78197968S

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.M.F

18216545Q

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

J.M.B

41585942X

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.P.V

18235399X

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.P.R

78205843R

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

F.R.M

41517935Z

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

L.R.S

41572628J

APROSCOM FUNDACIÓ

1

1

 

 

MM.S.LL

41524868R

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

MA.V.M

18215191L

APROSCOM FUNDACIÓ

 

 

 

 

M.R.P

78201004S

APROSCOM FUNDACIÓ

1

1

 

 

AM.S.V

37340132T

APROSCOM FUNDACIÓ

1

1

1

 

MJ.C.C

46544146N

PATRONAT JOAN XXIII D'INCA

1

 

 

 

E.M.G

43148898R

PATRONAT JOAN XXIII D'INCA

1

 

 

 

F.P.F

43174992J

PATRONAT JOAN XXIII D'INCA

1

 

 

 

M.S.C

78213488D

PATRONAT JOAN XXIII D'INCA

1

 

 

 

A.A.B.

78218994L

AMADIBA

1

1

 

 

J.A.B.L.

74731844Z

AMADIBA

 

 

 

 

J.S.B.B.

43090111W

AMADIBA

 

 

 

 

J.C.M.

43154021H

AMADIBA

1

 

 

 

A.C.H.

43152681N

AMADIBA

 

 

 

 

A.B.C.B.

43135075R

AMADIBA

1

1

1

 

S.DLR.J.

43134734M

AMADIBA

1

 

1

 

J.F.DLS

43216921J

AMADIBA

 

 

 

 

M.L.F.

43167568H

AMADIBA

1

 

 

 

A.P.J.

43140021W

AMADIBA

 

 

 

 

J.L.C.S.

43131346K

AMADIBA

1

 

 

 

I.S.C.

43090258B

AMADIBA

 

 

 

 

V.V.O.

43461726Y

AMADIBA

1

 

 

 

D.V.V.

43198894H

AMADIBA

 

 

 

 

J.H.C.

45609787M

AMADIBA

 

 

 

 

M.M.M.

43135304T

AMADIBA

1

 

 

 

M.A.B.R.

49772418G

AMADIBA

 

 

 

 

S.C.F.

78215498L

AMADIBA

1

1

 

 

L.D.DC.

04213112H

AMADIBA

 

 

 

 

S.F.B

43012631D

AMADIBA

1

1

 

 

B.G.G.

43066335P

AMADIBA

1

1

1

 

J.M.M.R.

46389723B

AMADIBA

 

 

 

 

C.V.M.P.

41517758K

AMADIBA

1

1

 

 

C.M.P.C.

41517733L

AMADIBA

1

1

 

 

A.M.R.

78215489X

AMADIBA

1

1

1

 

M.C.C

41543129T

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

PJ.G.C

43130213S

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

F.M.R

43141634M

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

D.Q.O

43147767C

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

V.P.B

43139913D

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

R.T.C

43135141K

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

J.S.J

43179909P

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

MC.H.P

43131748N

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

N.S.A

43190491X

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

A.P.P

43168531S

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

C.C.DF

43174587E

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

A.P.S

43046733W

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

J.R.R

43203902N

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

C.R.F

43203501W

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

F.S.V

43115503W

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

M.T.R

43204679F

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

J.C.G

43106714E

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

R.C.M

43135255C

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

J.A.A

43162488K

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

A.P.M

43130206P

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

DI.A.R

43156842X

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

I.V.C

X7833331Z

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

J.G.M

43130211J

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

T.T.F

43026071V

MATER MISERICORDIAE

1

 

1

 

JY.M

X3106600J

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

S.C.L

43134994N

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

A.C.R

43065677V

MATER MISERICORDIAE

 

 

 

 

L.A.G

Y3657328C

MATER MISERICORDIAE

1

 

 

 

M.A.E

43176106T

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

L.M.Y

43140162M

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

I.R.M

43085114L

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

J.C.F

43084920D

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

R.C.C

43176240L

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

J.D.S

43134931H

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

 

 

 

 

J.J.L.V

43086192Q

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

 

 

 

 

J.J.P.

46957460Q

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

 

 

 

 

C.G.C

43036323B

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

1

 

 

 

S.P

43140252A

AMADIP ESMENT FUNDACIÓ

 

 

 

 

I.C.N

43039756V

APROP

1

 

 

 

C.S.O

X4527598W

APROP

1

 

 

 

J.B.E

43021571W

APROP

1

 

 

 

M.D.A

43165119F

APROP

1

 

 

 

M.V.P

43145835C

APROP

1