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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7880
Resolución de la Directora Gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Responsable de Enfermería del EAP de Es Viver del Área de Salud de Ibiza y Formentera (2019_07)

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Texto

De Conformidad con el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias; con el Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Illes Balears y de acuerdo con la Resolución de la Consejera de Salud de 13 de enero de 2016, de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Illes Balears (BOIB núm. 10 de 21/01/2016), dicto la siguiente,

Resolución

Acordar la convocatoria pública de un puesto de Responsable de enfermería del EAP de Es Viver en Ibiza, de acuerdo con las especificaciones siguientes:

1).- Puesto objeto de la convocatoria y responsabilidades.

La denominación del puesto a cubrir es: Responsable de Enfermería del EAP Es Viver, y tendrá las responsabilidades previstas en el artículo 30 del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de Las Illes Balears.

2).- Requisitos.

Tener la condición de personal estatutario fijo sanitario del subgrupo A2, y estar en la situación de servicio activo.

Pertenecer a la plantilla del EAP de Es Viver.

Tener el correspondiente nivel B1 de conocimientos de la lengua catalana,  acreditándolo mediante la aportación, dentro del plazo para presentar solicitudes, del certificado correspondiente (art.4.1. del Decreto 8/2018). Dado que para el desempeño de las funciones de la plaza se requiere una especial calificación, conocimientos y habilidades directivas, si el personal interesado no puede acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana correspondiente al puesto de trabajo al que opta, se admitirán las solicitudes de participación de todos los aspirantes, y la persona que resulte adjudicataria queda obligada a obtenerlo y acreditarlo en un plazo máximo de dos años a contar a partir de la fecha de ocupación del puesto de trabajo.

Estos requisitos se han de cumplir en la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse hasta la resolución de la misma.

3).- Características del puesto convocado.

El régimen jurídico del puesto objeto de convocatoria es el establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y demás disposiciones aplicables.

4).- Solicitud.

La solicitud para participar en el proceso selectivo se ha de presentar en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en los tablones de anuncios y en el BOIB, dirigida al órgano convocante, y se ha de formalizar en el registro de la gerencia convocante o por medio de alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

5).- Documentación a aportar con la solicitud.

Los candidatos han de presentar junto a la solicitud su curriculum vitae debidamente acreditado.

Certificado del nivel B1 de la lengua catalana.

La acreditación de los méritos se ha de efectuar mediante la documentación original o fotocopia compulsada.

6).-  Nombramientos.

La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el puesto convocado y seguirá ocupando la plaza de su categoría en el Equipo de Atención Primaria.

Interposició de recursos

Contra esta resolución se puede interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Ibiza, 30 de julio de 2019

La Directora Gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera

(BOIB núm. 10/2016, de 21 de enero) 

M. Carmen Santos Bernabeu