Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 7913
Resolución por la cual la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística delega ordenar la publicación de edictos y resoluciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, día 23 de julio, ha dictado la siguiente resolución:
“Antecedentes
1. El apartado b) del artículo 1 del Decreto de organización de día 16 de julio de 2019 (BOIB núm. 99 de 18 de julio de 2019), dice que los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas tienen la atribución de ordenar la publicación de las resoluciones y los edictos, en relación con las materias propias del departamento, en publicaciones oficiales y otros medios de comunicación social.
2. En el ámbito de la nueva regulación del Boletín Oficial de las Islas Baleares, en relación con el procedimiento de envío telemático de los documentos que se tienen que publicar y atendiendo la conveniencia de agilizar el envío de los anuncios, se ha creado el registro automatizado, adscrito a la Secretaria General de la Consejería de Presidencia, de autoridades y personal facultados para ordenar la inserción de los textos a través de la firma electrónica en el marco de la nueva aplicación informática Edictos.
Fundamentos de derecho
El artículo 1 último parágrafo del citado Decreto de organización, prevé que los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas puedan delegar esta orden de publicación en favor de las personas responsables de las secretarias técnicas y de las direcciones insulares.
Por todo esto,
RESUELVO:
1.- Delegar la atribución de la orden de publicación de las resoluciones y los edictos en relación con la materia propia del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, en la persona titular de la secretaria técnica del Departamento, así como en las personas que le substituyan para los supuestos de enfermedad o ausencia legal o reglamentaria.
2.- Esta resolución empieza a regir el mismo día que es publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.”
Palma 1 de agosto de 2019
La vicepresidenta primera i consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio i Política Ligüística Isabel Busquets Hidalgo
(Art. 1 b) Decreto de julio de 2019, BOIB núm.99, de 18 de julio