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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAMPANET

Núm. 7631
Asignaciones miembros corporació

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Anuncio: Haciendo público que el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria de fecha 3 de julio de 2019, acordó la aprobación de las propuestas de Alcaldía seguidamente transcritas:

<<De acuerdo con lo establecido en el art. 74 LMRLIB, art. 75.1 i 75 bis.1 i 75 ter LRBRL y la disposición adicional nonagésima en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, los miembros de las corporaciones municipales podrán percibir indemnizaciones y asistencias en las cuantías y condiciones que acuerde el Pleno de la Corporación.

Las indemnizaciones las pueden recibir todos los miembros de la Corporación por los gastos ocasionados en el ejercicio del cargo cuando sean efectivas y previa justificación documental.

Las asistencias las podrán recibir, por la concurrencia efectiva a les sesiones de los órganos colegiados de que formen parte, los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, en la cuantía que señale el Pleno, teniendo en cuenta las peculiaridades de la gestión de los servicios públicos prestados por la Administración Local.

En base a lo expuesto y a la normativa referida, hago la siguiente propuesta de acuerdo:

Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias:

INDEMNIZACIONES: Los tres concejales del equipo de gobierno (PSIB-PSOE) recibirán indemnización de 700 euros mensual x 12 pagas (total anual 8.400 €)

ASISTENCIAS: Los miembros de la corporación que no tengan indemnización ni dedicación percibirán por asistencia efectiva a las sesiones de los órganos municipales de que formen parte, las siguientes cuantías:

-Sesiones de Pleno Ordinario o Extraordinario: 50 euros.

-Sesiones de  la Comisión Informativa de carácter general: 25 euros.

-Sesiones de Junta de Gobierno: 20 euros.

-Asignaciones de los partidos políticos: 50 euros per regidor i mes>>

<<De acuerdo con lo establecido en el art. 74 LMRLIB art 75.1 i 75 bis 1 i 75 ter LRBRL y la disposición adicional nonagésima en la Ley 22/2013 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

Debido a la tasca municipal y con el objetivo de conseguir una mayor eficacia en la gestión pública municipal, se considera que hay cargos que se han de ejercer con dedicación exclusiva.

Por ello hago la siguiente propuesta de acuerdo:

1.-Aprobar los cargos de la Corporación que se podrán llevar a cabo con dedicación exclusiva que son los siguientes:

-Alcaldesa: Rosa María Bestard Pons con dedicación exclusiva desde el día 4 de julio del 2019.

2.-Aprobar las cuantías que percibirá según esta responsabilidad:

-Alcaldesa: 2.816,59 €/mes (o parte proporcional a los días de alta), por 14 mensualidades cada año natural. Total de 39.432,25 €

3.-Aprobar el régimen de dedicación mínima necesaria para la percepción de dichas retribuciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 74.3 LMRLIB, y que será de 37,5 horas semanales por la dedicación exclusiva.

4.-Dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a los miembros de la Corporación que ejerzan tales cargos de dedicación exclusiva, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan>>

Lo que se hace público en cumplimiento del articulo 75.5 de la Ley 7/1985, reguladora de les Bases de Régimen Local.

 

Campanet, 24 de julio de 2019 La Alcaldesa