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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 7650
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 25 de julio de 2019 que modifica la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de abril de 2019 sobre el establecimiento, la renovación o la modificación de los conciertos educativos para el curso escolar 2019-2020

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Texto

Hechos

1.  En el BOIB núm. 156, de 13 de diciembre de 2018, se publicó la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 10 de diciembre de 2018 por la cual se convoca el procedimiento para el establecimiento, la renovación o la modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2019-2020.

2.  El 13 de abril de 2019 se publicó en el BOIB núm. 48 la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de abril de 2019 sobre el establecimiento, la renovación o la modificación de los conciertos educativos para el curso 2019-2020. El apartado 6 de los hechos de esta Resolución establece:

En el anexo 6 de esta Resolución, además de los centros que a partir del curso 2019-2020 tendrán por primera vez horas concertadas de orientación educativa en la educación infantil y primaria, también  figuran los centros que ya tienen horas concertadas por este concepto a partir del curso 2018-2019, en que se inició un procedimiento de aplicación gradual que sigue unos criterios similares a los de los centros públicos.

El número de horas concertadas a cada centro, para el curso 2019-2020,es el resultado de asignar una hora por unidad concertada de segundo ciclo de educación infantil y de primaria, incluidas las UEECO, y de descontar media hora por cada unidad concertada de ESO, redondeando el resultado a la cifra entera superior, en los centros de municipios o zonas en que hay acuerdos de escolarización equilibrada entre los centros públicos y los privados concertados y en los centros que, el curso 2018-2019, tienen como máximo trece unidades concertadas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y ESO, sin contar el grupos PMAR ni las aulas UECCO.

3.  Se ha constatado que en el anexo mencionado en el punto anterior hay un error en el cálculo para determinar el número de unidades concertadas a dos centros y un error en el cálculo de las horas asignadas a cuatro  centros. Por lo tanto, corresponde dictar una resolución para corregir los errores y para establecer un plazo para que los centros interesados puedan formular las alegaciones que consideren adecuadas.

4.  El 24 de julio de 2019 se ha informado a la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears sobre la modificación que establece esta Resolución.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1.  Modificar el anexo 6 de la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de abril de 2019 sobre el establecimiento, la renovación o la modificación de los conciertos educativos para el curso escolar 2019-2020 en relación con los centros y de acuerdo con los términos que se indican en el anexo de esta Resolución.

2.  Modificar el anexo 9 de la Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de abril de 2019 sobre el establecimiento, la renovación o la modificación de los conciertos educativos para el curso escolar 2019-2020 para incluir dos observaciones nuevas (núm. 72 y 73) de acuerdo con los términos que se indican en el anexo de esta Resolución.

3.  Conceder a los centros interesados un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que  puedan formular  las alegaciones que consideren adecuadas. Estas alegaciones se tienen que presentar mediante el GESTIB,  en el apartado “Solicitudes del concierto escolar” > “Curso 2019-2020” > “Documentación en periodo de alegaciones”, preferentemente en formato PDF.

 

4.  Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de julio de 2019

El director general de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Milla

 

ANEXO

Modificaciones a los anexos 6 y 9 de la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 8 de abril de 2019

1.  El anexo 6, en relación con  los centros que se relacionan a continuación, queda modificado de la manera siguiente:

ANEXO 6

Horas concertadas de orientación educativa en la educación infantil y primaria en centros de infantil y primaria o de primaria

Identificación del centro

 

 

Código

Nombre

Localidad

Número de horas

Observaciones

07000081

CC La Salle

Alaior

7

72

07000391

CC L'Assumpció

Binissalem

0

73

07000650

CC Fra Joan Ballester

Campos

14

72

07001472

CC La Salle

Inca

14

72

07002105

CC Sant Vicenç de Paül

Manacor

6

72

07005611

CC Sant Vicenç de Paül

Sóller

0

73

2.  Se añaden dos observaciones nuevas al anexo 9 con el texto siguiente:

ANEXO 9

Observaciones

 

72

Se ha ajustado el número de horas asignadas de acuerdo con lo que establece el punto 6 del apartado de hechos de esta Resolución.

73

No corresponde la asignación de horas de acuerdo con lo  que establece el punto 6 del apartado de hechos de esta Resolución.