Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 7599
Notificación de Resolución de desistimiento a los beneficiarios de las ayudas, R3 de fecha 20 de junio de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 20 de junio de 2019, firmó la siguiente resolución,
“INFORME/ PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE DESISTIMIENTO DE AYUDAS A LAS INVERSIONES AGRARIAS
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2017_1/ R3_NoRev (7460)
Antecedentes
1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó en el BOIB núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.
2.De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el primer plazo de 2017 para presentar las solicitudes finalizó el día 30 de junio de 2017.
3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4.Los interesados señalados en el Anexo I han presentado una solicitud de desistimiento de la ayuda.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.
2.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se modifica la Resolución de 10 de julio de 2015, del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias. 3 Ley 35/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Considerar desistidas las solicitudes presentadas por los interesados relacionados en el Anexo I, que son un total de 5 expedientes y que comienza con TORRE D'EN QUART SRM, y termina con SEBASTIAN ALOU MONSERRAT.
2. Finalizar el procedimiento y archivar los expedientes.
3. Notificar esta Resolución a la persona interesada mediante la publicación en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 20 de junio de 2019
El gestor de la línea, Àgueda Jordà Moncho |
La jefe de Sección I Mª Angeles Pérez Ribas |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, Isidre Cañellas Simonet |
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Conforme con la propuesta. Dicto resolución. Palma, 20 de junio de 2019 El vicepresidente del FOGAIBA, |
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Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO I. RELACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE SE DECLARAN DESISTIDOS (INEA 2017_1). R3
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo del desistimiento |
TORRE D'EN QUART SRM |
E07746076 |
INEA2017_1/217 |
Con fecha 15/02/2018 el interesado desiste de la solicitud |
MARIANO FERRER MARI |
41441713Z |
INEA2017_1/226 |
Desistimiento solicitate el día 8/01/2018 con registro de entrada 60/2018. |
JAUME RIUTORT FONT |
43111103H |
INEA2017_1/229 |
Desiste de la solicitud de la ayuda con fecha 07/02/2018. Registro 2768/2018 |
MARIA MAIMO HERNANDEZ |
41517290J |
INEA2017_1/230 |
Solicitud de desistimiento presentada el 21/02/2018 Registro L95E4291. |
SEBASTIAN ALOU MONSERRAT |
42998502W |
INEA2017_1/237 |
Con fecha 02/08/2017el interesado desiste de la solicitud. |
Palma, 23 de julio de 2019
El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé