Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 7570
Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca por el que se nombran altos cargos
La presidenta, el día 25 de julio de 2019, decretó:
«Hechos
1. Esta Presidencia, mediante decreto dictado el día 8 de julio de 2019 resolvió crear los departamentos en que ha quedado estructurado el Consejo de Mallorca.
2. Asimismo, mediante decreto dictado día 11 de julio de 2019, resolvió crear la estructura interna de los departamentos que integran el Gobierno del Consejo de Mallorca.
3. El consejero ejecutivo de Derechos Sociales ha hecho las propuestas correspondientes.
Fundamentos
1. En el art. 13. 2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares, se establece que los departamentos pueden estructurarse internamente en direcciones insulares y tener una secretaría técnica, si así se establece en los reglamentos de organización del Consejo Insular. De estos órganos depende el resto de órganos y unidades del departamento. La Presidencia del Consejo puede designar libremente a los directores insulares y los secretarios técnicos de acuerdo con criterios de competencia y experiencia profesionales.
2. En el artículo 41 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (ROCM), se establece que las personas titulares de los órganos directivos son nombradas libremente por la Presidencia, a propuesta de la persona titular del departamento, de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia, sin que, vistas las funciones de estos órganos, tengan que reunir la condición de personal funcionario.
Por lo tanto, decreto:
1. Nombrar a las personas siguientes para los cargos que se especifican y se indica a continuación.
DEPARTAMENTO DE DERECHOS SOCIALES
- Sra. Maria de los Ángeles Fernández Valiente, directora insular de Infancia y Familia
- Sra. Àngels Candel Coronado, directora insular de Apoyo Territorial
2. Notificar este decreto a la persona interesada y publicar el contenido en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Publicar este decreto en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.
4. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.»
Palma, 26 de julio de 2019
El secretario general Jeroni M. Mas Rigo