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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7484
Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter extraordinario de 22 de julio de 2019, relativo a la determinación de las asignaciones a los grupos políticos

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Texto

De acuerdo con lo establecido en el art. 73.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, que regula las bases del régimen local, y el arte. 109.1 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Menorca;

El Pleno, por mayoría, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Asignar una dotación económica a los grupos políticos de la corporación con el fin de contribuir al pago de los gastos derivados de su actuación corporativa; dotación que estará integrada por los conceptos que más abajo se detallan y que en cualquier caso quedará supeditada a los límites máximos que en su caso se establezcan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado:

a) Un componente fijo por grupo por importe de 874,78 euros/mes.

b) Un componente variable que se determinará de la siguiente manera:

- Una asignación de 463,97 euros mensuales por consejero.

- Una cantidad máxima de 1.213,00 euros por consejero y año en concepto de indemnización por gastos de representación y viajes que deban hacer los consejeros y las consejeras en ejercicio del cargo.

Segundo. Las asignaciones económicas anteriores no se pueden destinar al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial. Asimismo, los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de la dotación que deben poner a disposición del Pleno siempre que éste la solicite.

 

Maó, 25 de julio de 2019

Por delegación de la presidenta,  La secretaria Rosa Salord Olèo (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)