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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 17 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6844
Juicio verbal desahucio precario 795/2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª MARÍA SÁNCHEZ-BARCAIZTEGUI GARCÍA-FARIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de PALMA DE MALLORCA, por el presente edicto adaptado a la Instrucción nº 6/2012 de la Secretaría General de  la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos en Diarios y Boletines Oficiales y la protección de datos,

HAGO SABER:

Que en este Juzgado se ha dictado la Sentencia que seguidamente se identifica:

RESOLUCION: Sentencia NÚM 498/19 de fecha 5 de junio de 2019.

PROCEDIMIENTO: JUICIO VERBAL DESAHUCIO 795/17

MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación de este edicto.

Y encontrándosedicho demandado, ANA MARIA OLIVER MARCO, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo, quien podrá tener conocimiento íntegro de la resolución en la Secretaría de ese Juzgado.

PALMA DE MALLORCA a 3 de julio de 2019.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa  disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.