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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 7431
Determinación de la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno

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Texto

El Pleno del Consejo Insular de Mallorca en la sesión de día 18 de julio de 2019 acordó:

«En el art. 67 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, se establece que son sesiones ordinarias las que tienen la periodicidad preestablecida. Esta periodicidad la tiene que fijar, sin perjuicio de acuerdos ulteriores, el Pleno de la entidad en la sesión extraordinaria que tiene que convocar la Presidencia en los treinta días siguientes al de la sesión constitutiva de la corporación.

Como mínimo hay una sesión ordinaria cada mes.

Por ello, propongo al Pleno que adopte el acuerdo siguiente:

1. Fijar el régimen de las sesiones ordinarias del Pleno en mensual y llevarlas a cabo el segundo jueves de cada mes, a las 9'30 horas.

2. Celebrar el Pleno ordinario que corresponde al mes de agosto el último jueves del mes de julio, excepto el correspondiente al mes de agosto de 2019, que tendrá lugar el martes 30 de julio de 2019.

3. Establecer que, si los días propuestos son inhábiles, el Pleno tiene lugar el jueves hábil siguiente.

4. Publicar el contenido de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5. Publicar el contenido de este acuerdo en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.»

 

Palma, 23 de julio de 2019

El secretario general, por susbtitución

Antoni Benlloch Ramada