Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 7424
Acuerdo por el que se determinan y crean los lugares de trabajo que ha de ocupar el personal eventual y determinación de las retribuciones que debe percibir
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 18 de julio de 2019, acordó:
«En el artículo 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, se prevé, con relación al personal eventual, que el Pleno de la corporación, al principio del mandato, tiene que determinar el número, las características y las retribuciones de este tipo de personal.
Visto lo que se prevé en el artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Propongo al Pleno que adopte el acuerdo siguiente:
1. Determinar los puestos de trabajo siguientes para cubrir con personal eventual e incorporarlos a la plantilla y a la relación de puestos de trabajo del Consejo Insular de Mallorca:
Número |
Denominación |
Características |
Retribuciones brutas anuales (14 pagas) |
1 |
Jefa de Prensa Presidenta |
Cargo de confianza |
46.803,57 € |
6 |
Periodista |
Cargo de confianza |
44.574,84 € |
1 |
Jefa de Gabinete de Presidencia |
Cargo de confianza |
52.429,98 € |
2 |
Jefe de Gabinete de Vicepresidencia |
Cargo de confianza |
46.803,57 € |
9 |
Secretario/aria de Grupo Político |
Cargo de confianza |
30.780,18 € |
12 |
Secretario/a segundo/a de Grupo Político |
Cargo de confianza |
25.465,82 € |
2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
3. Publicar este acuerdo en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.»
Palma, 23 de julio de 2019
El secretario general,
por sustitución
Antoni Benlloch Ramada