Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 7403
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de 10 de julio de 2019 relativa a la delegación de firma de determinadas actuaciones en nombre y representación de personas menores de edad con medida de guarda provisional, guarda voluntaria o tutela
Antecedentes
1. Visto que desde el 19 de septiembre de 2018, el técnico jurídico, señor Cristian Raúl Sánchez Curto con DNI número 78214068S, en virtud de Resolución de asignación temporal de tareas, realiza, como técnico jurídico con atribución temporal parcial de funciones, tareas en Urgencias de la sección jurídico técnica.
2. Visto que desde el 4 de noviembre de 2018, el jefe de sección de Acogimiento Familiar, señor Joan Escandell Mayans, con DNI número 18232150G. en virtud de Resolución de asignación temporal de tareas, realiza, como Coordinador de los Servicios de Atención a la Familia, entre otras, funciones relativas a planificar tareas, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades del área de atención a familias con la Sección de Acogimientos Familiares, la Sección de Adopciones, de la Sección Terapéutica de Infancia y Familia (STIF) y del Programa de Visitas familiares y organizar y supervisar el trabajo de las secciones, equipos y programas.
3. Visto que desde el 1 de junio de 2019, la Educadora social, de la Sección de Acogimientos Familiares, señora Susana Heredia Gómez, con DNI número 43060132S. en virtud de Resolución de asignación temporal de tareas, realiza, tareas como Directora de llars del Menor en atribución de funciones.
4. Vista la necesidad del Servicio de Menores y Familia de poder ejercer de forma eficaz y eficiente las funciones de la tutela administrativa que incluye además de la función de guarda de las personas menores de edad, las funciones de representación legal y la administración patrimonial de sus bienes y de poder firmar tanto documentos relacionados con las solicitudes y gestiones de prestaciones económicas de las cuales las personas menores de edad tuteladas son beneficiarias o titulares, como documentos relacionados con las autorizaciones necesarias en la vida diaria de las personas menores de edad.
5. En fecha 8 de julio de 2019 el jefe de servicio de Menores y Familia ha emitido informe propuesta de delegación de firma de determinadas actuaciones en nombre y representación de personas menores de edad con medida de guarda provisional, guarda voluntaria o tutela.
Consideraciones jurídicas
1. Es de aplicación el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que prevé que los titulares de los órganos administrativos pueden, en materias que sean de su competencia, delegar la firma de los actos administrativos en los titulares de las unidades administrativas que de ellos dependan.
2. Artículos 63 y 64 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en materia de delegaciones de atribuciones del Presidente, y de la preceptiva publicación de la delegación de atribuciones en el Boletín Oficial de la Provincia.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas en materia de recursos.
4. En fecha 5 de julio de 2019 ha finalizado su mandato la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), la señora Margalida Puigserver Servera. En fecha 9 de julio de 2019 la Presidenta del Consejo Insular de Mallorca ha nombrado al señor Javier de Juan Martín consejero ejecutivo de Derechos Sociales (BOIB núm 92 de 9 de julio de 2019), el cual de acuerdo con el artículo 7.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados en el Pleno del Consejo de Mallorca, en la sesión ordinaria celebrada el día 11 de abril de 2019 y publicados en el BOIB el 18 de mayo de 2019, ejercerá también cargo de Presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).
5. El artículo 7.2.1. de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados en el Pleno del Consejo de Mallorca, en la sesión ordinaria celebrada el día 11 de abril de 2019 y publicados en el BOIB el 18 de mayo de 2019, establece que la presidencia de la IMAS asume la representación institucional de la entidad a todos los efectos.
Por todo esto,
Resuelvo,
Primero.- Dejar sin efecto las resoluciones de delegaciones de firma de determinadas actuaciones en nombre y representación de las personas menores de edad que a continuación se detallan:
• La Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de 26 de octubre de 2012.
• La Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de 10 de diciembre de 2013.
• La Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de 6 de octubre de 2015.
• La Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de 9 de abril de 2018.
• La Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de 19 de septiembre de 2018.
Segundo.- Delegar la firma, a favor del jefe de servicio de Menores y Familia, Cristòfol Sastre Ramis con DNI número 43.032.201Y, y en caso de ausencia de este, indistintamente, a la directora llares del Menor en atribución de funciones, señora Susana Heredia Gómez, con DNI número 43.060.132S, al Coordinador de los Servicios de Atención a Familia, señor Joan Escandell Mayans, con DNI número 18.232.150G, y al técnico jurídico con atribución temporal parcial de funciones, Cristian Raúl Sánchez Curto con DNI número 78.214.068S, de los actos siguientes:
a) La realización de cualquier acto de gestión, tramitación y la firma de escrituras notariales y documentos públicos y privados en el ejercicio de las funciones de representación legal y administración patrimonial de las personas menores de edad tuteladas.
b) La realización de los trámites de solicitud y gestión ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) u organismo competente de las prestaciones económicas que las personas menores de edad tuteladas sean beneficiarias o titulares.
c) La realización en nombre de las personas menores de edad tuteladas de cualquier gestión, solicitud o actas de trámite para obtener beneficios económicos, prestaciones, becas o derechos de los cuales sean acreedoras las personas menores de edad tuteladas.
d) La apertura de cartillas de ahorros o instrumentos similares y los actos de autorización, administración o disposición de los fondos de las cartillas de ahorros de las personas menores de edad tuteladas.
e) La tramitación y gestión de las liquidaciones de las cartillas de ahorros u otros instrumentos a nombre de las personas menores de edad tuteladas en el momento que se lleve a cabo el cese de la medida de tutela administrativa.
f) La firma, incorporando la comprobación fehaciente suficiente de los justificantes en los expedientes correspondientes de las personas menores de edad, de los informes que acrediten el interés de las personas menores en los gastos o actas de administración y de los recibos de los fondos o pagos realizados en nombre de las personas menores por anticipado de sus fondos. También tiene que dejar comprobación fehaciente de la cancelación, liquidación y entrega de las cuentas, libretas o instrumentos similares a nombre de las personas menores de edad cuando cese la tutela del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
g) La autorización para las salidas de los niños, niñas y adolescentes tutelados en nuestro servicio. Igualmente las autorizaciones de operaciones quirúrgicas y/u otras intervenciones médicas; así como las solicitudes de exploraciones reservadas de las personas menores de edad.
Tercero.- Notificar esta resolución al Ministerio Fiscal, al Director o directora Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, al Director o Directora de la oficina de CaixaBank ubicada en la Plaza París, C/ Joan Massanet y Moragues, 2 de Palma, al Servicio de Gestión Económica del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, al jefe de servicio de Menores y Familia, a la directora llares del Menor en atribución de funciones, señora Susana Heredia Gómez, al Coordinador del Servicio de Atención a Familia, señor Joan Escandell Mayans, al técnico jurídico con atribución temporal parcial de funciones, señor Cristian Raúl Sánchez Curto, y a los jefes de sección del Servicio de Menores y Familia.
Cuarto.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 11 de abril de 2019 (BOIB núm 67, de 18 de mayo de 2019) recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso mencionado.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución). No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 19 de julio de 2019
La secretaria delegada,
por delegación (BOIB núm. 109 de 05/09/2017)
Mª Angels Vanrell Julià