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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 7400
Extracto de la resolución del dia 19 de marzo de 2019, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan ayudas para estudiantes de grado y formación profesional para el curso 2018/2019

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Texto

Extracto de la resolución del día 19 de marzo de 2019 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa, por la que se convocan ayudas para estudiantes de grado y formación profesional del municipio de Eivissa para el curso 2018/2019.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inex):

Primero. Beneficiarios

Estudiantes empadronados en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de 3 años continuados a contar desde el día siguiente de la publicación de las bases de la convocatoria en el BOIB (Boletín Oficial de las Islas Baleares) y que cumplan los requisitos de estas bases.

Segundo. Objeto

1. El objeto de estas bases reguladoras es conceder ayudas a estudiantes, para el curso académico 2018/2019, matriculados en estudios oficiales presenciales y no presenciales cursados en Eivissa o fuera de la isla:

- Estudios universitarios de grado.

- Ciclos formativos de grado superior.

2. Se pueden acoger a esta convocatoria los/las estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:

Estar matriculado, en centros de toda España, durante el curso 2018/2019, de los estudios establecidos en el punto anterior, con los siguientes mínimos:

a) Para los estudiantes universitarios de grado: al menos el 80% de los créditos previstos en el plan de estudios para el curso que se está cursando. Cuando se trate del resto de créditos para alcanzar la titulación, se exigirá estar matriculado de un mínimo de 24 créditos.

b) Para los estudiantes de ciclos formativos: el 100% del curso.

c) Para los estudiantes que cursen segundo curso y siguientes:

- Estudiantes universitarios de grado: haber aprobado el 75% de los créditos matriculados en el curso anterior.

- Estudiantes de ciclo formativos: haber aprobado el 100% de los créditos del curso anterior.

Tercero. Bases reguladoras

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO Y FORMACIÓN PROFESIONAL DEL MUNICIPIO DE EIVISSA PARA EL CURSO 2018/2019

Publicadas en la sede electrónica (https://eivissa.sedelectronica.es)

Cuarto. Importe

El importe global del crédito disponible para distribuir entre las personas beneficiarias de la subvención se determina en base a la asignación, que en los Presupuestos Generales se hace al programa de Juventud de 9.000,00 € que contempla esta convocatoria, se imputa dentro de la aplicación presupuestaria 2019 33700 48100.

La cuantía de la subvención se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Se otorgarán un máximo de dieciocho ayudas de una cuantía máxima de quinientos euros (500 €).

b) Se otorgaran diez para estudiantes universitarios y ocho para estudiantes de ciclo formativo.

c) En caso de que no se cubran la totalidad de las ayudas para estudios universitarios o de ciclo formativo, pueden otorgarse independientemente de que los estudios cursados sean universitarios o de ciclo formativo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

  

Eivissa, 1 de abril de 2019

EL CONCEJAL DELEGADO

Agustín Perera Montiel