Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 7386
Resolución de la Directora General de Personal Docente de 22 de julio de 2019, por la que se modifica la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 26 de junio de 2019 por la cual se aprueba la convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios, puestos de trabajo de la Inspección Educativa
Hechos
1. Por Resolución de la Directora General de Personal Docente de 26 de junio de 2019 se aprobó la convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios, puestos de trabajo de la Inspección Educativa
2. Se ha detectado la existencia de un error en el anexo 1 de la Resolución mencionada que se procede a rectificar mediante la presente Resolución.
Fundamentos de Derecho
1. Art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Art. 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓ
Primero. Rectificar el error detectado en el apartado 6 anexo 1 de la Resolución de la Directora General de Personal Docente de 26 de junio de 2019 por la cual se aprueba la convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios, puestos de trabajo de la Inspección Educativa:
Dónde dice:
Tendrán que iniciar la actuación los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra resultante del sorteo que se hará día 3 de julio a las 10.00 h en la sede de la Consejería de Educación y Universidad (Dirección General de Personal Docente). Si no hay aspirantes cuyo apellido empiece con la letra mencionada, el orden de actuación se tendrá que iniciar por la letra o las letras siguientes.
Debe decir:
Tendrán que iniciar la actuación los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra resultante del sorteo que se hará día 29 de julio a las 10.00 h en la sede de la Consejería de Educación y Universidad (Dirección General de Personal Docente). Si no hay aspirantes cuyo apellido empiece con la letra mencionada, el orden de actuación se tendrá que iniciar por la letra o las letras siguientes.
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal Docente en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 22 de julio de 2019
La Directora General de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez