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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 7362
Nombramiento personal eventual del Ajuntament d'Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace púbico que mediante Decreto de Alcaldía nº 2019-4010 de fecha 27 de junio de 2019 se ha resuelto el nombramiento de la Sra.  Maria Matilde Manzano Costa, con efectos desde el día 27 de junio de 2019 como   coordinadora de Modernización y Mejora Continua , dentro de la plantilla de personal eventual del Ayuntamiento de Eivissa, con  retribución anual de 42.560,29 € brutos anuales retribuidos en 14 pagas.

El personal eventual nombrado podrá ser cesado libremente por esta Alcaldía y automáticamente cesará cuando cese el/la Alcalde/sa o expire  su mandato, no confiriendo este nombramiento mérito para  el acceso a la función pública o a la promoción interna.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

b) Recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra la desestimación per silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del dia siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que crea conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Eivissa, 10 de julio de 2019 

El Alcalde

 Rafael Ruiz González