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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 7309
Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 19 de julio de 2019 de rectificación de un error observado en el anexo 1 de la Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 15 de julio de 2019 (BOIB núm. 99, de 18 de julio) por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Alaró, Binissalem, Ciutadella de Menorca, Ibiza, Es Castell, Felanitx, Ferreries, Inca, Manacor, Mahón, Pollença, Sant Llorenç des Cardassar, Sant Lluís, Selva y Son Servera

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 6 de mayo de 2019 se aprobaron la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y el baremo de méritos y se designó el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Alaró, Binissalem, Ciutadella de Menorca, Ibiza, Es Castell, Felanitx, Ferreries, Inca, Manacor, Mahón, Pollença, Sant Llorenç des Cardassar, Sant Lluís, Selva y Son Servera (BOIB núm. 63, de 9 de mayo de 2019).

2. El plazo previsto en dicha resolución para presentar las solicitudes para participar en el proceso selectivo mencionado en el punto 1 acabó el día 30 de mayo de 2019.

3. Mediante la Resolución del 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80, de 15 de junio), se aprobaron las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del proceso especial mencionado.

4. Una vez acabado el plazo previsto en la base 4.1 de la convocatoria para que las personas excluidas u omitidas subsanaran las deficiencias o aportaran la documentación preceptiva, se aprobó y publicó la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas mencionadas, con indicación de los lugares y las fechas de realización del primer ejercicio (BOIB núm. 99, de 18 de julio).

5. Con posterioridad a la publicación mencionada en el punto 5, se ha detectado un error material en la Resolución, dado que un aspirante del Ayuntamiento de Pollença que aparecía en la lista provisional no está incluido en la lista definitiva.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) de 6 de mayo de 2019 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y el baremo de méritos y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Alaró, Binissalem, Ciutadella de Menorca, Ibiza, Es Castell, Felanitx, Ferreries, Inca, Manacor, Mahón, Pollença, Sant Llorenç des Cardassar, Sant Lluís, Selva y Son Servera (BOIB núm. 63, de 9 de mayo).

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Rectificar el error del anexo 1 de la Resolución del director gerente de la Escuela Balear de Administración Pública de 15 de julio de 2019 (BOIB núm. 99, de 18 de julio) por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Alaró, Binissalem, Ciutadella de Menorca, Ibiza, Es Castell, Felanitx, Ferreries, Inca, Manacor, Mahón, Pollença, Sant Llorenç des Cardassar, Sant Lluís, Selva y Son Servera, y añadir el siguiente aspirante a las pruebas selectivas de policía del Ayuntamiento de Pollença 2019:

***6713*, RAMON COLL, LORENZO

Interposición de recursos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición contra los órganos delegantes en el Registro de la EBAP en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 19 de julio de 2019

El director gerente del EBAP

Jaime Tovar Jover [Por delegación de competencias de los alcaldes de los ayuntamientos de de Alaró, Binissalem, Ciutadella de Menorca, Ibiza, Es Castell, Felanitx, Ferreries, Inca, Manacor, Mahón, Pollença, Sant Llorenç des Cardassar, Sant Lluís, Selva y Son Servera (BOIB 43/2019 y BOIB 56/2019)]