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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7289
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Illes Balears, de 10 de julio de 2019, por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, 3 plazas de la categoría de Enfermero/a (A2) de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitari Son Espases

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Texto

Antecedentes

1. El artículo 35.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, determina que por necesidades del servicio —y en los supuestos y bajo los requisitos que al efecto se establecen en cada servicio de salud— se puede ofrecer al personal estatutario fijo desempeñar, temporalmente y con carácter voluntario, las funciones correspondientes a plazas de una categoría del mismo nivel de titulación o de un nivel superior, siempre que se tenga el título correspondiente. Estos procedimientos tienen que negociarse en las mesas correspondientes.

2. En el BOIB núm. 31, de 28 de febrero de 2012, se publicó el Pacto, de 24 de febrero, por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears y tiene una corrección de errores en el BOIB núm. 36, de 8 de marzo de 2012. El objeto principal del Pacto es establecer los criterios generales para la promoción interna temporal y la orden de finalización o cese de este personal. Además, de acuerdo con ese Pacto, el Hospital Universitari Son Espases se considera una gerencia diferenciada.

Por todo lo que se ha expuesto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, 3 plazas temporales de la categoría de Enfermero/a (A2).

2. Aprobar las bases que rigen el proceso selectivo (Anexo I), el modelo de solicitud (Anexo 2),  el baremo de méritos (Anexo 3), y el autobaremo (Anexo 4).

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer. 

Palma, 10 de julio de 2019

El director general Julio Miguel Fuster Culebras P. D. de firma (resolución de 12 de febrero de 2016) El director gerente del Hospital Universitari Son Espases

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

1. Plazas convocadas y funciones a realizar

  • 3 plazas temporales de la categoría de Enfermero/a (A2)

Están adscritas a la Dirección de Enfermería del Hospital Universitari Son Espases.

Tiene asignadas las funciones propias de la categoría

2. Características de la plaza

a. Lugar y centro de trabajo inicial

  • Hospital Universitari Son Espases

b. Tipo de nombramiento

A las personas seleccionadas para ocupar las plazas convocadas se les expedirá un nombramiento por      promoción interna temporal de una plaza de la categoría de Enfermero/a (A2).

c. Régimen jurídico

Durante el tiempo que la persona seleccionada ocupe la plaza, el régimen jurídico es el siguiente:

  • Se mantendrá en la situación de servicio activo y con reserva de plaza en su categoría de origen.
  • Percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones desempeñadas, excepto los trienios, que serán los correspondientes a su categoría de origen.
  • No supondrá la consolidación de ningún derecho de carácter retributivo o en relación con la obtención de un nuevo nombramiento, sin perjuicio de que se pueda considerar como mérito en procedimientos selectivos y de provisión.

3. Requisitos para optar a la plaza

Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a. Tener la condición de personal estatutario fijo y prestar servicio en el Hospital Universitari Son Espases. Si la convocatoria se declara desierta, al no presentarse candidatos que cumplan los requisitos, se prevé expresamente que se extiende al personal que cumpla los requisitos del resto de gerencias de la misma Área de Salud.

b. Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta.

c. Estar en la situación de servicio activo en la categoría en la que ostenta la plaza fija.

d. Tener la titulación oficial de Título  de Grado de Enfermería (o equivalente) o estar en condiciones de obtenerla antes de que venza el plazo para presentar las solicitudes. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, hay que acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación.

e. Tener los conocimientos de lengua catalana (B1) que exige la Ley 4/2016, de 6 de abril de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.

f. De acuerdo con el artículo 5 del Decreto 8/2018, es necesario acreditar conocimientos de catalán del nivel B1. No obstante, si el aspirante no cumple este requisito, igualmente se admitirá su solicitud; pero si resulta adjudicatario de una plaza, queda obligado a obtenerlo y acreditarlo en el plazo de dos años a contar a partir de la fecha de ocupación de la plaza.

g. Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente. Este requisito debe acreditarse antes de tomar posesión de la plaza.

h. No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con las funciones inherentes a la categoría profesional a la que se opta. Es decir, cumplir con lo previsto en el artículo 30.5.c) de la Ley 55/2003 del Estatuto marco.

Estos requisitos se deberán cumplir el último día de plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo. Las personas aspirantes deberán acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar la solicitud, a excepción del requisito del punto g).

 

4. Presentación de solicitudes

a. Las personas interesadas en participar en la selección para cubrir la plaza convocada deberán presentar la solicitud correspondiente según el modelo que se adjunta como Anexo 2 en la convocatoria.

b. El plazo para presentar la solicitud es de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

c. Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deberán presentarse en el Registro del Hospital Universitari Son Espases o en los registros de las gerencias del Servicio de Salud, o bien por cualquiera de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

d. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos tienen que ir dentro de un sobre abierto para que el funcionario de Correos las feche y selle antes de certificarlas.

e. Las personas aspirantes deberán conservar su ejemplar de la solicitud por si se las requiere en cualquier momento del proceso selectivo.

f. La selección se llevará a cabo por el sistema de méritos.

g. El baremo de méritos para optar a este puesto de trabajo se establece en el anexo III.

h. Fotocopia compulsada del certificado que acredite tener como mínimo el nivel B1 de conocimientos de catalán o, en su defecto, declaración en que se compromete a obtenerlo y acreditarlo en el plazo de dos años a contar a partir de la fecha de ocupación de la plaza.

5. Documentación

a. A la solicitud, deberá adjuntarse original, o copia compulsada, de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados.

b. Además, a la solicitud, deberá adjuntarse original, o copia compulsada, de estos documentos:

  • Documento de identidad (DNI o NIE).
  • Título académico exigido en la convocatoria (anverso y reverso del título). El justificante de pago de los derechos de expedición del título solo tiene validez hasta la expedición del título. Se tiene que justificar, por medio de un certificado emitido por la universidad correspondiente, que el título aún no ha sido expedido.

c. La consignación de datos falsos en la solicitud o en los méritos alegados implica la exclusión definitiva de la persona aspirante o seleccionada en el proceso selectivo.

d. Los títulos o los méritos expedidos en una lengua que no sea el catalán o el castellano tienen que entregarse traducidos convenientemente en uno de estos idiomas por un organismo oficial competente.

6. Procedimiento de selección

La selección se hará por el procedimiento de concurso de méritos.

a. Lista provisional de aspirantes admitidos en la convocatoria

  • Una vez vencido el plazo para presentar las solicitudes, se publicará en la web del Hospital Universitari Son Espases la resolución del director gerente del Hospital Universitari Son Espases, con las listas provisionales que contendrán los aspirantes admitidos, los excluidos -indicando la causa de la exclusión- y los que deben subsanar las deficiencias de la solicitud.
  • Los aspirantes disponen de un plazo de 10 días hábiles,  a contar a partir del día siguiente a la publicación de las listas, para formular reclamaciones o alegaciones contra esta resolución y subsanar deficiencias (en caso de que no lo hagan se considerará que han desistido de su solicitud). Todos los documentos deben dirigirse a Planificación de Recursos Humanos del Hospital Universitari Son Espases y pueden presentarse en cualquiera de los registros que prevé la normativa vigente.

b. Lista definitiva de admitidos en la convocatoria

En los 10 días hábiles siguientes, el director gerente del Hospital Universitari Son Espases dictará una resolución con las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos –haciendo constar la causa de la exclusión- y se publicará en la web del Hospital Universitari Son Espases.

c. Lista provisional de méritos de los candidatos

En los 10 días hábiles siguientes, la comisión de selección baremará los méritos, y por medio de una resolución del director gerente del Hospital Universitari Son Espases se publicará en la web del Hospital Universitari Son Espases la lista provisional de los méritos reconocidos a los candidatos, que dispondrán de un plazo de 5 días hábiles –a contar a partir del día siguiente a la publicación de la lista- para formular reclamaciones o alegaciones contra la resolución, dirigidas a la Comisión de Selección, que pueden presentarse en cualquiera de los registros que prevé la normativa vigente.

d. Lista definitiva de méritos de los candidatos.

  • En los 10 días hábiles siguientes, por medio de una resolución del director gerente del Hospital Universitari Son Espases, se publicará en la web del Hospital Universitari Son Espases la lista definitiva de los méritos de los candidatos.

7. Comisión de Selección

a. La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que son personal estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional (o de uno superior) que el de la plaza convocada, todos con voz y voto:

  • Presidenta: María Tur Montero Suplente: Pilar Andreu Rodrigo
  • Vocal:  María Antonia Palou Oliver Suplente: Rosa Ballester Sampol
  • Secretaria: Mª del Pilar Sánchez Grao. Suplente: Gemma Estefanía López Lázaro.

b. Los miembros de la Comisión de Selección se tienen que abstener  de intervenir en el proceso si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 (y tienen que notificarlo a la autoridad que los haya designado).

c. Las funciones de la Comisión de Selección son las siguientes:

d. Valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos según el modelo establecido en estas bases.

  • Requerir —si es preciso— a los candidatos para que subsanen, en el plazo previsto, los defectos formales de los méritos alegados, o bien que aclaren, en el plazo y modo previstos, alguno de los méritos alegados.
  • Confeccionar una lista de las personas seleccionadas por orden de prelación.
  • Resolver las reclamaciones presentadas por las personas candidatas en el plazo establecido y en la manera oportuna.
  • Elevar al órgano de selección la lista definitiva de personas seleccionadas y de las puntuaciones obtenidas.

8. Valoración de los méritos

a. La Comisión de Selección debe hacer, en primer lugar, la valoración de los méritos de los candidatos de acuerdo con lo que establezca la convocatoria y desglosada de esta manera:

  • Experiencia profesional: máximo 55 puntos
  • Formación, docencia y actividades científicas y de difusión del conocimiento: máximo 40 puntos
  • Conocimientos de lengua catalana: máximo 5 puntos

b. Los méritos que se valoran en esta convocatoria figuran en el Anexo 3.

9. Resolución de la convocatoria

a. La Comisión de Selección publicará la lista definitiva de las puntuaciones. Esta lista se publicará igualmente en la web del Hospital Universitari Son Espases.

b. En caso de que varios candidatos tengan la misma puntuación en la lista definitiva, se aplicarán los criterios de desempate siguientes:

  • Con carácter general, tendrán prioridad las mujeres en caso de que el sexo femenino esté infrarrepresentado en la categoría y en la especialidad, de conformidad con el artículo 61 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.
  • A continuación, quien haya acreditado en la lista más servicios prestados en la categoría dentro del Servicio de Salud y subsidiariamente en el Sistema Nacional de Salud.
  • Si el empate persiste, el nombramiento se ofrecerá en primer lugar a quien acredite la puntuación más alta en el apartado relativo a la experiencia profesional.
  • Si aun así el empate persiste, tendrá prioridad quien tenga la puntuación más alta en el apartado de formación continuada.
  • Finalmente, si los candidatos siguen empatados, el desempate se dirimirá según la escala siguiente: primero, ser mayor de 45 años, después, tener más cargas familiares; a continuación, ser víctima de violencia de género; y por último quien tenga mayor de edad.

c. La resolución de adjudicación definitiva de las plazas se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.