Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 7212
Decreto de Presidencia núm. 2019000481, de fecha 16 de julio de 2019, para designar la Presidencia de las Mesas de Contratación del Consejo Insular de Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que en fecha 16 de julio de 2019, el Presidente del Consejo Insular de Eivissa ha dictado el siguiente decreto:

"Después de las elecciones del pasado día 26 de mayo de 2019, de acuerdo con lo previsto en el artículo 64.5 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que lo reformó; en adelante EAIB) y las disposiciones transitorias primera y segunda de la Ley 7/2009, de 11 de diciembre, electoral de los consejos insulares, el día 5 de julio de 2019 se constituyó el Consejo Insular de Eivissa y tomó posesión de su cargo su Presidente.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 califica la mesa de contratación como un órgano de asistencia técnica especializada en la materia hacia los órganos de contratación de las administraciones públicas y que ha de actuar de forma obligatoria en los casos que prevé la Ley.

La Disposición adicional segunda (Competencias en materia de contratación en las entidades locales) de dicha Ley 9/2017, de 8 de noviembre, prevé en su apartado 7 que:

"La Mesa de contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario de carrera o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.

(…)

La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. Se podrán constituir Mesas de Contratación permanentes".

De acuerdo con estas previsiones, resulta ahora oportuno nombrar las personas, titular y suplente, que tengan que presidir las mesas de contratación del Consejo Insular de Eivissa.

Por todo lo anterior, en uso de las facultades que tengo conferidas

DECRETO

PRIMERO. Designar como Presidente titular de las mesas de contratación al Sr. Mariano Juan Colomar, Vicepresidente primero y Consejero Ejecutivo del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el Intrusismo.

SEGUNDO. Designar como Presidente suplente de las mesas de contratación al Sr. Vicente Roig Tur, Consejero Ejecutivo del Departamento de Presidencia y Gestión Ambiental.

TERCERO. Dar cuenta del presente decreto en el primer Pleno que se celebre, y publicarlo en el BOIB y en el perfil del contratante de la Corporación.

CUARTO. Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que establece este decreto."

Eivissa, 16 de julio de 2019

El secretario general acctal. Antoni Riera Buforn