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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 7305
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se adjudica, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza vacante de técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información (A2) de la plantilla orgánica autorizada del Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1. En el BOIB núm. 73, de 1 de junio de 2019, se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 17 de mayo de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza vacante de técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información (A2) de la plantilla orgánica autorizada del Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. El 16 de julio de 2019 se reunió la Comisión de Selección y comprobó que sólo se había presentado una solicitud en el plazo establecido y que esta candidata cumple todos los requisitos establecidos a la convocatoria.

Por todo esto dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Adjudicar, por el procedimiento de promoción interna temporal, la plaza de técnico/técnica de gestión de sistemas de la información (A2) de esta convocatoria a la señora Ana Chavarrías Salas, dado que es la única candidata.

2. Publicar esta resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

Sin embargo, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que no se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 17 de julio de 2019

El director general 

Julio Miguel Fuster Culebras