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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 7240
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 9 de julio de 2019 por la cual se autoriza la modificación de la configuración de la escuela municipal de primer ciclo de educación infantil Es Faralló, de Portocolom, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, con la ampliación de una unidad de educación infantil de primer ciclo

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de octubre de 2009 (BOIB núm. 156, de 24 de octubre) se creó la escuela infantil de primer ciclo Es Faralló, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, con el código 07014090 y con 3 unidades de primer ciclo de educación infantil y 37 plazas escolares.

2. El 27 de mayo de 2016 (NRE L13E 38578/2016 de 27 de mayo), el alcalde del Ayuntamiento de Felanitx, como representante de la titularidad del centro, solicitó la modificación de la autorización con la ampliación de una unidad de educación infantil de 1 a 2 años. Presentó, adjuntos, planos y una memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad.

3. En fecha 22 de junio de 2016 (NRE L13E45067/2016 de 22 de junio), el representante del Ayuntamiento presentó una segunda solicitud y aportó el acta de la sesión ordinaria de la Junta de Gobierno local de 21 de junio de 2016 en la cual se aprobó un nuevo proyecto para esta aula y se desiste del primer proyecto presentado.

4. El 30 de junio de 2016, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión de la IBISEC emitió un informe técnico en el cual se especificaba que la propuesta de aula presentada incumplía el requisito mínimo de superficie. Este informe se envió al centro.

5. El 2 de septiembre de 2016 (NRE L13E54835/2016), el representante del centro presentó un nuevo proyecto completado, el cual anulaba y sustituía los presentados antes.

6. El 3 de marzo de 2017, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión de la IBISEC emitió un nuevo informe en que se especificaba que la nueva unidad docente cumplía con los requisitos mínimos de espacios y de instalaciones pero que, sin embargo, se tenían que justificar las condiciones de seguridad y de accesibilidad señaladas por la legislación vigente.

7. En fecha 24 de mayo de 2019, el representante de la titularidad presentó el proyecto de actividades y un certificado de solidez y seguridad estructural de esta nueva aula.

8. En fecha 19 de junio de 2017, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión de la IBISEC emitió un informe técnico favorable sobre el proyecto presentado de la nueva unidad.

9. En fecha 11 de mayo de 2018 (NRE L13E30315/2018, de 11 de mayo), el representante de la titularidad presentó el certificado final de obras del técnico del Ayuntamiento; de adjudicación de la gestión del servicio público de atención a la primera infancia, en la escuela de primer ciclo Es Faralló, a las Germanas Franciscanas de la Misericordia, y las titulaciones del profesorado.

10. El 5 de marzo de 2019, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión de la IBISEC emitió un informe favorable de la visita hecha el 4 de abril de 2019 y comprobó que los espacios se ajustaban a los planos informados en fecha 19 de junio de 2017.

11. El 3 de mayo de 2019, la Comisión de Valoración de Calificaciones del Profesorado de Centros de Educación Infantil de 0-3 años emitió un informe favorable sobre la calificación del profesorado que figura en la relación actualizada del personal contratado aportado por el centro.

12. El 5 de julio de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la ampliación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de la escuela infantil Es Faralló, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx.

 

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán núm. 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB 8 de mayo).

5. El Decreto 78/2008, de 11 de julio, por el cual se modifica el Decreto 60/2008 (BOIB núm. 100, de 19 de julio).

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio)

Por todo esto, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección general de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 8 de julio de 2019, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la modificación de la configuración de la escuela de educación infantil de primer ciclo Es Faralló, de Portocolom, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, con la ampliación de una unidad más, de educación infantil de primer ciclo.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

  • Código de centro: 07014090
  • Denominación genérica: escuela infantil de primer ciclo
  • Denominación específica: Es Faralló
  • Titular: Ayuntamiento de Felanitx
  • Domicilio: camino de Cas Vicari Mestre, s/n
  •  Localidad: Portocolom
  • Municipio: Felanitx
  • CP: 07670
  • Enseñanzas autorizadas: 4 unidades de educación infantil de primer ciclo, distribuidas de la manera siguiente:

- 0 a 1 año: 1 unidad, 7 plazas escolares

- 1 a 2 años: 2 unidades, 24 plazas escolares

- 2 a 3 años: 1 unidad, 18 plazas escolares

La capacidad máxima de las unidades en funcionamiento, en ningún momento, no puede exceder el número de plazas escolares que resulte de la aplicación de las ratios en cuanto a la superficie mínima requerida por plaza escolar y número de alumnos por unidad.

La distribución de las unidades autorizadas puede variar, previa solicitud de la titularidad del centro a la Dirección general de Planificación, Ordenación y Centros, siempre que quede justificada y acreditada por la demanda de plazas y el número total de unidades no supere el número autorizado.

3. Recordar, también, al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 9 de julio de 2019

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March Cerdà