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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 7239
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 9 de julio de 2019 por la cual se autoriza el cambio de titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo Koala Polígon, de Palma

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Cultura  de 11 de marzo de 2011 (BOIB núm. 48, de 2 de abril) se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro privado de educación infantil de primer ciclo Koala Polígon, con el código de centro 07014867 y con 3 unidades en funcionamiento. La titularidad del centro era de la Sra. Catalina Bisquerra Caimari.

2. El 25 de marzo de 2019 (NRE L13E 23669/2019, de 25 de marzo), el señor Javier Resta Oliver, como representante de la sociedad Joliver Associats, comunidad de bienes, presentó una solicitud de cambio de titularidad del centro Koala Polígon, a la cual adjuntó la documentación siguiente: contrato de alquiler y traspaso del local donde está ubicado el centro, constitución de la comunidad de bienes Joliver Associats y tarjeta  de identificación fiscal con el número E16614067.

3. El 5 de julio de 2019, la jefa del Departamento de Planificación y Centros  emitió un informe favorable sobre la autorización del cambio de titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo Koala Polígon, de Palma.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo,  de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3  de abril).

4. El Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 63, de 8 de mayo).

5. El Decreto 78/2008, de 11 de julio, por el cual se modifica el Decreto 60/2008, de 2 de mayo, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 100, de 19 de julio).

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

Por todo esto, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección general de Planificación, Ordenación y Centros el 8 de julio de 2019, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Autorizar, con efectos desde el 1 de marzo de 2019, el cambio de titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo Koala Polígon, de Palma, el cual hasta ahora era de Catalina Bisquerra Caimari y que pasa a ser de Joliver Associats, comunidad de bienes.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

  • Código de centro: 07014867
  • Denominación genérica: centre privado de educación infantil de primer ciclo
  • Denominación específica: Koala Polígon,
  • Titular: Joliver Associats, comunidad de bienes
  • Dirección: c. del Setze de Juliol, 87, 2.º
  • Localidad: polígon de Son Castelló
  • Municipio: Palma
  • CP: 07009
  • Enseñanzas autorizadas: 3 unidades de educación infantil de 1r ciclo

- 0-1 año: 1 unidad, 7 plazas escolares

- 1-2 años: 1 unidad, 12 plazas escolares

- 2-3 años: 1 unidad, 18 plazas escolares

3. Inscribir esta autorización en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección general de Planificación, Ordenación y Centros.

4. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,  de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB,  de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 9 de julio de 2019

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March Cerdà