Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 7219
Decreto de nombramiento de Tenientes de Alcalde y concejales delegados
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Regalmento d 'organtzación, funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público que en fecha 15 de julio de 2019 se ha dictado el siguiente Decreto de Alcaldía:
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
En uso de las atribuciones conferidas a la Alcaldía por el art. 21.2 de la Ley 7/85, por el presente he resuelto:
Primero.- Dejar sin efecto las resoluciones número 263/2019 de 20 de junio de 2019 y 279/2019 de 27 de junio de 2019.
Segundo.- Nombrar Teniente de Alcalde a los siguientes regidores/as:
- Primer Teniente de Alcalde: Sr. Jaume Mora Niell
- Segundo Teniente de Alcalde: Sr. Colau Escales Salva
A los Tenientes de Alcalde, como tales, les corresponderà sustituir al Alcalde, en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad, o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.
Tercero- Conferir las siguientes delegaciones de la Alcaldía a favor de los miembros de la corporación que se indican:
Al regidor, Sr. Miquel Rigo Barahona, se le delegan las siguientes atribuciones:
Promoción económica (promoción económica para fomentar la creación de ocupación y el desarrollo del sector empresarial y industrial, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Brigada, mantenimiento y alumbrado público (todo lo relativo al mantenimiento de la vía pública, mobiliario urbano, parques y jardines, mantenimiento edificios ayuntamiento y educativos, montajes provisionales municipales, gestión brigadas municipales, señalización horizontal y vertical, así como cualquier otra relacionada con el sector).
Comercio: promoción del comercio, actividades, etc.
B. Al primer teniente de Alcalde, Sr. Jaume Mora Niell, se le delegan las siguientes atribuciones:
Urbanismo: Concesión de licencias de obra, suspensión y penalización de obras, expedición de cédulas urbanísticas, control de ruidos y molestias producidas por obras, reclamaciones y molestias de urbanismo, expedientes de infracción urbanística, subsanación de deficiencias en expedientes de licencias de obras, expedientes de certificación de final de obra, incoación y resolución de expedientes de ruina, etc. (siempre que no sean asumidas por la Junta de Gobierno o delegadas)
C. Al regidor, Sr. Guillem Francesc Mas Bonet, se le delegan las siguientes atribuciones:
Cultura y patrimonio (exposiciones culturales y publicaciones, actos culturales, mantenimiento patrimonio historico-artístico, cursos, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Juventud: potenciación del asociacionismo y participación juvenil, ayudes a los jóvenes, organización de eventos relacionados con los jóvenes y , relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Fiestas (todo lo relativo a las fiestas, como organización y programación, coordinación con entidades, empresas y administraciones ajenas al Ajuntament para que estas se lleven a cabo con eficacia y seguridad, contratación menor, promover expedientes de contratación de aotros tipos, etc).
Deportes (fomento del deporte, relación con los clubes deportivos, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Participación ciudadana (todo lo relativo a participación ciudadana, coordinación de las asociaciones, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Educación y primera infancia (enseñanza, bibliotecas, cursos, escuelas, guarderías municipales, relación con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
D. Al segundo teniente de Alcalde, Sr. Colau Escales Salvà, se le delegan las siguientes atribuciones:
Ocio y tiempo libre: Organización grupo excursionista “Ja arribaam”, Escuelas de verano, actividades de verano, y otros temas relacionados con el ocio y tiempo libre.
Protección Civil
Policía: Coordinación de la Policía Local, a todos los niveles, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.
E. A la regidora, Sra. Dolores Sanchez Bonet, se le delgan las siguientes atribuciones:
Acción social (tercera edad, asistencia social, atención primaria, trabajadoras familiares, ayudas a famílias necesitadas, relación con las distintas asociaciones y con los organismos insulares y autonómicos , asñi como cualquier otra actuación relacionadas con el sector).
Sanidad (relaciones con la Conselleria de Sanitat, gestión de personal adscrito a centros sanitarios, campañas relativas a sanidad animal, vegetal, etc.)
Inmigración (relación y ayuda a los colectivos inmigrantes, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
Mercados (regulación de los mercados, relación con las distintas asociaciones y con los organismos insulares y autonómicos, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
El Alcalde se reserva específicamente las siguientes áreas:
Hacienda: Tasas, impuestos, presupuestos, …
Cementirio: Coordinación con la empresa concesionaria del cementerio, propuestas de modificación de ordenanzas, obras a realizar, y cualquier otra actuación relacionada con el cementerio o cualquier otro servicio fúnebre de competencia o interés municipal.
Personal: Coordinación de todo el personal, así como las relaciones empresa/personal laboral y empresa/personal funcionario, incluso propuestas y negociaciones, que posteriormente serían elevadas a Alcaldía o a pleno, convocatoria de mesas de negociación, y todas as actuaciones relacionadas con el personal, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.
Medio ambiente: Puntos verdes, reciclajes, educación ambiental, tratamiento de residuos, plagas, energías renovables, ahorro energético, así como cualquier otra relacionada con el sector.
Turismo (mantenimento y conservación de las playas, promoción turística, relación con las asociaciones del sectory con los organismos insulares y autonómicos del sector, creación de rutas turísticas, publicidad y propaganda turística, potenciación de la calidad del turismo, cursos de formación, así como cualquier otra actuación relacionada con el sector).
De estas y otras áreas no delegadas, el Alcalde, podrá hacer delegación en un futuro.
Cuarto.- La delegación de competencias a favor de los regidores y regidoras citados a la cual se ha hecho referencia anteriormente comportará tanto la facultat de dirección de la regiduria correspondiente como su gestión, incluida la firma de documentos de trámite o definitivos.
Quinto.- Las restantes competencias atribuidas a la Alcaldía y que no han sido delegadas en virtud del presente decreto seran ejercidas directamente por la Alcaldía.
Sexto.- La presente Resolución, de la cual se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, surtirá efectos a partir de l dia siguiente al de su fecha y será publicada en el BOIB y notificada personalmente a los interesados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44.2 del ROF.
Así lo ha ordenado y firmado el Sr. Alcalde, ante mi, el secretario, i lo certifico.
Ses Salines, 17 julio de 2019
El alcalde Joan Rodriguez Ginard