Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 7214
Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca por el que se establece el régimen de suplencias de los consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas
La presidenta, el día 11 de julio de 2019, resolvió:
«Hechos
La presidenta, mediante decreto dictado el día 8 de julio de 2019, resolvió nombrar los miembros del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca.
Vista la conveniencia de garantizar en todo momento la acción de gobierno en caso de ausencia, enfermedad u otro impedimento temporal de un consejero ejecutivo o de una consejera ejecutiva.
Fundamentos
En el artículo 38.3 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca se dispone que «En caso de ausencia, enfermedad o de otro impedimento temporal de un consejero ejecutivo o de una consejera ejecutiva, lo sustituirá el consejero ejecutivo o la consejera ejecutiva que designe el presidente o la presidenta, mediante el decreto correspondiente.»
Por lo tanto, resuelvo:
1. En el caso de ausencia, enfermedad o de otro impedimento temporal, las suplencias en las funciones de los consejeros ejecutivos y de las consejeras ejecutivas son las que se designan a continuación:
2. En el supuesto de que no pueda hacerse efectiva la suplencia en la forma establecida en el punto anterior, la presidenta del Consejo de Mallorca tiene que suplir al consejero o la consejera ausente.
3. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que empieza a regir el mismo día en que se publica.
4. Publicar el contenido de esta resolución en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.
5. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se oponen a lo que se establece en este decreto.
6. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.»
Palma, 12 de julio de 2019
El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo