Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 7103
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de julio de 2019 por la que se publica el nombramiento de personal eventual de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación
El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por la que se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears dispone el nombramiento del titular de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, señor Martí Xavier March i Cerdà, con efectos desde la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2019).
El artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, dispone que es personal eventual aquel que, en virtud de un nombramiento legal, ocupa, con carácter temporal, puestos de trabajo considerados de confianza o de asesoramiento especial de la Presidencia o de los consejeros o consejeras, no reservados a personal funcionario de carrera, y que el presidente o presidenta i los consejeros o consejeras nombran libremente su personal eventual, y que los nombramientos se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de julio de 2019 modifica la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 6 de julio).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Nombrar, al señor Miquel Gallardo Esgleas, personal eventual de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, asesor técnico de la Secretaria Autonómica de Universidad e Investigación (Personal Eventual de Gabinete), con efectos de día 15 de julio de 2019.
Segundo. A efectos de dietas e indemnizaciones por razón de servicio, es de aplicación el Decreto 16/2016, de 8 de abril, o la norma que lo sustituya, y el artículo 16 de la Ley 14/2018, de 28 de desembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2019.
Tercero. A efectos de retribuciones per antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que la persona interesada acredite en las diferentes administraciones públicas.
Cuarto. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 15 de julio de 2019
El consejero de Educación, Universidad e Investigación
Martí Xavier March i Cerdà