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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 7047
Extracto de la modificación de la base decimosexta de la convocatoria de subvenciones para la realización de obras de embellecimiento, mantenimiento, conservación, restauración y rehabilitación de las fachadas de los inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx 2019

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Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2019, la modificación de las bases reguladoras de subvenciones para la realización de obras de embellecimiento, mantenimiento, conservación, restauración y rehabilitación de las fachadas de los inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx 2019, se hace público el extracto de la modificación de la convocatoria:

«EXTRACTO DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DECIMOSEXTA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE EMBELLECIMIENTO, MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LAS FACHADAS DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN LOS CASCOS URBANOS  DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ANDRATX 2019.

Código de la Convocatoria: 445093

En conformidad con el previsto a los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la modificación de la convocatoria. El texto completo se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index):

PRIMERO.- Modificar el apartado primero de la base decimosexta de las bases reguladoras de subvenciones para la realización de obras de embellecimiento, mantenimiento, conservación, restauración y rehabilitación de las fachadas de los inmuebles ubicados en los cascos urbanos del término municipal de Andratx 2019, con la siguiente redacción:

Decimosexta.- Plazo de resolución y notificación

La Junta de Gobierno Local tiene que adoptar la correspondiente resolución en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrida este plazo sin que se haya adoptado la resolución definitiva, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. La resolución tendrá que ser notificada a todos los beneficiarios, de manera individualizada, en el plazo máximo de 10 días desde la fecha del acuerdo.»

Lo que se hace público para su conocimiento en general

  

Andratx, 10 de juliol de 2019

La alcaldesa Katia Rouarch Alcaldesa