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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 7005
Registro de Personal. Creación de puestos de trabajo de órganos directivos

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Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 26 de junio de 2019, se aprobó lo siguiente:

“PRIMERO.- Crear los puestos de trabajo de órganos directivos, coordinadores generales y directores generales de cada Área o Concejalía, que se relacionan a continuación:

Alcaldía

Coordinador/a general de Alcaldía

Coordinador/a general de Gobierno municipal

Jefe/a de prensa de Gabinete de la Alcaldía. (CG)

Director/a general de Comunicación

Director/a general de Protocolo

Director/a general de Gabinete de la Alcaldía

I. Área de Seguridad Ciudadana

Coordinador/a general de Seguridad Ciudadana

Director/a general de Seguridad Ciudadana.

I. 1. Área Delegada de Turismo, Sanidad y Consumo

Director/a general de Turismo

Director/a general de Sanidad y Consumo

II. Área de Participación Ciudadana y Gobierno Interior

Director/a general de Participación Ciudadana

Director/a general de Gobierno Interior

Director/a general de Calidad y Población

III. Área de Economía, Hacienda e Innovación

Coordinador/a general de Economía, Hacienda e Innovación.

III. 1. Área Delegada de Función Pública

Director/a general de Función Pública.

IV. Área de Cultura y Bienestar Social

Coordinador/a general de cultura.

Director/a general de difusión cultural

Director/a general de Música y Artes Escénicas

Director/a general de Artes Visuales.

Coordinador/a general de Bienestar social

Director/a general de Bienestar social

Director/a general infancia, comunitario y proyectos

IV. 1. Área Delegada de Educación y Política Lingüística

Director/a general de Educación y Política Lingüística

V. Área de Infraestructuras y Accesibilidad

Coordinador/a general de infraestructuras

Director/a general de accesibilidad

V.l. Área Delegada de Deportes

Director/a general de Deportes

VI. Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI

Director/a general de Justicia Social, Feminismo y LGTBI

VI. 1. Área Delegada de Promoción Económica y Ocupación

Coordinador/a general de Promoción Económica y Ocupación

Director/a general de ocupación con funciones de gerente/a de Palma Activa

Director/a general de Ferias y Mercados.

Director/a general de comercio

VII. Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad

Gerente de Urbanismo.

Subgerente, director general de Urbanismo y en funciones director técnico

Director/a general de Vivienda, en funciones de Gerente de PMH RIBA.

Director/a general de planificación y difusión de proyectos estratégicos.

VIII. Área de Medio Ambiente y Bienestar Animal

Coordinador/a general de Medio Ambiente y Bienestar Animal

IX. Área de Movilidad Sostenible

Director/a general de Movilidad.

SEGUNDO.- Eximir los puestos de trabajo relacionados en el apartado 1, del requisito de ser nombrados entre personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración del Ayuntamiento de Palma.

TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para los directores y coordinadores generales.

CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, todos los coordinadores/as y directores/as generales nombrados por parte de la Junta de Gobierno continuaran en su puesto de trabajo a pesar de haber expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.

QUINTO.- Este acuerdo se ratificará por el Pleno en la primera sesión que se celebre y se incluirá en el Decreto de Alcaldía que aprueba la estructura de la organización de gobierno.

SEXTO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la intranet municipal.”

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.

  

Palma, 9 de julio de 2019    

Jefa de sección del Registro de Personal

p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Francisca M. Matas Escobar