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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7000
Corrección de erratas referente a la ubicación del edicto 6918 del Consejo Insular de Menorca en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 94 de 11 de julio de 2019, relativo a la Determinación de la estructura interna de los departamentos

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Texto

En la sección III del Boletín Oficial de les Illas Baleares nº. 94, de 11 de julio de 2019, se publicó el edicto número 6918 Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Menorca núm. 423/2019 de 10 de julio, relativo a la determinación de la estructura interna de los departamentos. Este edicto debió publicarse en la sección I.

Por ello, y de conformidad con el artículo 56.3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y con el artículo 19 del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears, se tiene que subsanar el error y debe volver a publicarse íntegramente en la sección correspondiente.

 

Palma, 11 de julio de 2019

La secretaria general M Asunción Sáez Amer

 

"Visto el Decreto dictado por esta presidencia relativo a la creación de los departamentos;

De conformidad con las atribuciones que me confiere la normativa vigente, en particular, la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, y, en el marco de ésta, el Reglamento Orgánico de esta institución en relación a la determinación de la estructura orgánica del Consejo Insular de Menorca,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la organización interna de los diferentes departamentos en las direcciones insulares que se detallan a continuación, con la indicación de que, las áreas y los servicios que no se incluyan en el ámbito de gestión respectivo, los gestionará directamente el consejero ejecutivo o la consejera ejecutiva jefe del departamento:

Departamento de Presidencia:

a) Dirección Insular de Presidencia: llevará a cabo la coordinación de las acciones propias de la presidencia, de las relaciones institucionales, así como las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de cooperación internacional.

b) Dirección Insular de Comunicación: se encargará de la comunicación interna y externa de la acción de gobierno del Consejo Insular.

c) Dirección Insular de Promoción Turística: gestionará las materias de información turística, promoción y producto turístico.

Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera:

a) Dirección insular de Medio Ambiente: gestionará las actuaciones que se lleven a cabo en materia de medio ambiente y la actividad del Consejo Insular de Menorca referida a agua, residuos y energía.

b) Dirección insular de Reserva de Biosfera: gestionará la actividad del Consejo Insular de Menorca referida a reserva de biosfera y la oficina de fondos europeos y proyectos de Reserva de Biosfera.

c) Dirección insular de Proyectos sostenibles: gestionará las actuaciones en materia de caminos públicos incluido el Camí de Cavalls, rutas senderistas y accesibilidad universal. Asimismo se encargará del servicio de limpieza de playas, así como aquellas actuaciones relacionadas con sus servicios complementarios, y de la gestión del Lazareto y las cuevas de Cala Blanca.

 

Departamento de Ocupación, Vivienda y Cooperación Local:

a) Dirección insular de Ocupación e Innovación: gestionará las actuaciones que se lleven a cabo en materia de empleo y formación. También gestionará los proyectos de innovación y tecnología.

b) Dirección insular de Vivienda, Cooperación Local y Participación Ciudadana: gestionará las materias de régimen local, cooperación local y asistencia a municipios, el servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento, y las actuaciones en materia de emergencias y protección civil. También gestionará el servicio de protección animal. Asimismo, implementará las políticas de participación ciudadana y las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de vivienda.

Departamento de Economía y Territorio:

a) Dirección insular de Economía: gestionará las materias de agricultura, ganadería, pesca, caza, recursos cinegéticos, artesanía, denominaciones de origen y Ias actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de proyección económica (comercio e industria).

b) Dirección Insular de Ordenación Territorial: gestionará los servicios de ordenación y gestión del territorio, urbanismo, litoral, habitabilidad y los procedimientos de intervención administrativa en materia de actividades.

c) Dirección Insular de Ordenación Turística: gestionará los servicios de ordenación turística, incluido el Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos (PIAT).

Departamento Servicios Generales:

Dirección Insular de Servicios Generales: gestionará las materias de régimen interno, que incluye los servicios jurídicos, los servicios económicos, contratación, recursos humanos, mantenimiento y edificación, informática y servicio de atención ciudadana, además del servicio insular de prevención de riesgos laborales . Asimismo, implementará las políticas de transparencia.

Departamento de Bienestar Social:

a) Dirección Insular de Mayores, Dependencia y Diversidad Funcional: gestionará los servicios de atención y apoyo a personas dependientes, a personas con diversidad funcional, salud mental y a personas mayores.

b) Dirección insular de Atención Social: gestionará los servicios sociales no asignados específicamente a la otra dirección insular, Seguridad Social, atención y apoyo a los colectivos en situación de riesgo o necesidad; atención a personas inmigrantes y recién llegadas; atención social a los drogodependientes y personas con otras adicciones; tutela, acogimiento y adopción de menores; familia; promoción de la salud; las políticas de género, mujer y LGTBIQ +.

Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes:

a) Dirección Insular de Educación, Juventud y Deportes: gestionará los servicios de juventud y ocio, deportes y las actuaciones que se lleven a cabo en materia de educación.

b) Dirección Insular de Cultura y Patrimonio: gestionará los servicios de cultura, política lingüística y patrimonio histórico, interculturalidad, archivo y bibliotecas. También gestionará la Casa de Menorca en Barcelona.

Departamento de Movilidad:

a) Dirección Insular de Transportes: gestionará los servicios de transportes e inspección técnica de vehículos.

b) Dirección insular de Carreteras: gestionará el servicio de carreteras y la mejora y mantenimiento de caminos.

Segundo. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en este decreto.

Tercero. Que se publique el contenido de este decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que tenga efecto desde el día de su publicación.

Cuarto. Que se de cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

 

Maó, 10 de julio de 2019

La presidenta ​​​​​​​Susana Irene Mora Humbert"