Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 6995
Bases específicas que regirán el proceso selectivo para constituir una bolsa para cubrir con carácter de interinidad en lugar vacante o de interinidad puestos de trabajo de la categoría de Facultativo Técnico Informático (TGM01-19) para prestar servicios de programación de aplicaciones en la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia, Fundació Bit
Primera. - La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.
Segunda. - Se ofrece un contrato de interinidad en lugar vacante o de interinidad, grupo de clasificación B, para una jornada completa, con el siguiente horario general, de lunes a viernes de 08:00h a 15:30h, y con un régimen flexible de entrada y salida.
Tercera. - Los candidatos tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Cuarta. - El proceso de selección se realizará por una comisión de selección:
Presidente: Juan Tramullas Vich (titular) Director Técnico, Esteban Bardolet Richter (suplente) Jefe Área Sistemas y Comunicaciones.
Vocal: Esteban Luengo Simón (titular) Jefe Área Desarrollo, Miguel Ángel Nieto Pulido (suplente) Facultativo Técnico Desarrollo.
Secretario: Raquel Díaz Martín (titular) Responsable Recursos Humanos; Sonia Plaza García (suplente) Técnico Recursos Humanos.
Quinta. - El proceso selectivo constará de 4 fases:
Fase 1
Toda la documentación justificativa (original y fotocopia) se tendrá que aportar en las oficinas de la Fundació Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, ParcBit, en el horario de 09:00h a 13:00h, o de cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las personas interesadas en participar en la convocatoria disponen de 15 días naturales para presentar la solicitud, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de admitidos y excluidos con un plazo de 7 días naturales para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.
El Gerente de la entidad emitirá resolución con la lista definitiva de admitidos y empezará la siguiente fase.
Solo los candidatos que cumplan con los requisitos pasarán a la fase 2.
Fase 2
Prueba tipo test, con 10 preguntas y 4 respuestas cada una. De cada pregunta solamente una respuesta de las cuatro posibles será correcta. En el examen se formularán preguntas extraídas del siguiente contenido:
Esta prueba tendrá una duración de 30 minutos. Cada pregunta tendrá una puntuación total de 0,5 puntos. Las preguntas mal contestadas restarán 0,167 puntos, redondeando en el segundo decimal.
Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. Solo los candidatos que superen la prueba de conocimientos con una puntuación de 2,5 o superior podrán continuar con el proceso de selección.
Fase 3
Entrevista personal: Se valorarán las competencias específicas que se requieren para la realización del trabajo: Tener capacidad de trabajar en equipo, capacidad de autoaprendizaje y rápida adaptabilidad al nuevo entorno.
Fase 4
Los baremos se establecerán de la siguiente manera:
1-Prueba tipo test: Máximo de 5 puntos, según lo establecido en la descripción de la Fase 2.
2-Conocimientos de catalán: 0,3 puntos para el nivel C1; 0,5 puntos para el nivel C2.
3-Certificado de inglés nivel B2: 0,5 puntos.
4-Experiencia laboral en desarrollo de aplicaciones con el lenguaje de programación Java: (0,05 por cada mes de experiencia) hasta un máximo de 3 puntos. La experiencia laboral se justificará con un informe de vida laboral, el Curriculum Vitae donde se especificará los proyectos y tecnologías que se han desarrollado, así como el tiempo que se ha trabajado en ellos y una declaración jurada de la veracidad de los datos.
5-Entrevista personal: Máximo de 1 punto.
Concluida la valoración de los méritos, la comisión de selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de siete días naturales, desde el día siguiente de la publicación de la lista, para la presentación de alegaciones.
La comisión de selección, los dos días hábiles siguientes, valorará las alegaciones y elaborará la lista definitiva que se elevará al Gerente para la resolución definitiva del proceso.
Se prevé una cuota de reserva para personas con discapacidad del 7%.
Se conformará entonces una bolsa que se ordenará en función de la puntuación obtenida en el proceso.
En el supuesto de que varios candidatos obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer el orden de prelación de la puntuación final, será el siguiente:
Cuando se produzca una vacante en la categoría se ofrecerá el puesto de trabajo a la primera persona de la lista. Las citaciones se realizarán vía telefónica. Si en 48 horas no se consigue localizar al candidato se pasará a la persona siguiente por estricto orden de prelación.
Son causas de no exclusión de la bolsa de trabajo:
a) Estar en periodo de gestación, de maternidad o de paternidad, adopción o acogida permanente o pre-adoptivo, incluyendo el periodo en qué sea procedente la concesión de excedencia para cuidado de hijos para cualquiera de los supuestos anteriores.
b) Prestar servicios en un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración del Estado, de la Administración de la CAIB o de cualquier ente del sector público de acuerdo con la delimitación que hace el artículo 2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la CAIB.
c) Sufrir dolencia o incapacidad temporal.
d) Que el puesto de trabajo que se tenga que ocupar por interinidad no asegure un contrato laboral superior a los seis meses de duración.
Estas circunstancias tendrán que justificarse adecuadamente para que conste su situación de no disponibilidad que se mantendrá hasta que el interesado manifieste por escrito (en un plazo no superior a diez días) el cambio en su situación. La falta de comunicación en el plazo establecido determina pasar al último lugar de la lista.
Cuando una persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.
Los integrantes de la bolsa de trabajo pueden renunciar en cualquier momento a formar parte de la bolsa. Para renunciar tendrán que remitir escrito al departamento de Recursos Humanos de la Fundació Bit manifestando claramente la intención de no formar parte de la bolsa.
La bolsa tiene una vigencia máxima de tres años desde que se publica en el B.O.I.B.
Toda la información del proceso de selección (convocatorias del examen, listas provisionales, definitivas...) se publicarán a través de la web de la Fundació Bit http://blog.fundaciobit.org y en las oficinas de la Fundació Bit en el ParcBit.
El orden jurisdiccional social es la competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio de que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.
Los criterios selectivos han sido aprobados por el Gerente de la Fundació Bit
Palma, 9 de julio de 2019
El Gerente de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia Gabriel Frontera Borrueco