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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 6989
Composición de las Comisiones Informativas permanentes del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

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Texto

Por la presente se anuncia, para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 44.2 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que por el Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión extraordinaria de fecha 26 de junio de 2019, en el punto cuarto del Orden del Día “Creación y composición de las comisiones informativas permanentes”, han sido adoptados los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Constituir las siguientes Comisiones Informativas de carácter permanente:

  1. Comisión Informativa de Asuntos de Pleno.

  2. Comisión Informativa del Área I Administración Local: Servicios Generales, Territorio, Medio Ambiente.

  3. Comisión Informativa del Área II: Atención y Servicios a la Ciudadanía

  4. Comisión informativa del  Área IIl: Economía, Hacienda y Promoción Económica.

SEGUNDO: 1. Las Comisiones Informativas permanentes dictaminarán sobre las materias y asuntos asignados a cada una de las áreas respectivas.

2. La Comisión Informativa del Área III, en lo relativo a las competencias de Economía y Hacienda ejercerá, asimismo, las funciones de la Comisión Especial de Cuentas.

3. La Comisión de Asuntos de Pleno asumirá las funciones de estudio y dictamen previo de cuantos asuntos se sometan a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, así como en aquellos asuntos que no sean de competencia del Pleno por expresa decisión de la Alcaldesa o de la Junta de Gobierno Local.

4. Asimismo, les corresponde el seguimiento de la gestión de la Alcaldesa, la Junta de Gobierno Local y de los Concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de la competencia de control que corresponden al Pleno.

TERCERO: Las Comisiones Informativas estarán integradas cada una de ellas por ocho  miembros, cinco concejales representantes del Grupo Popular, dos concejales en representación del Grup Municipal Socialista y 1 concejal en representación del Grupo Unides Podem.

La adscripción concreta a cada Comisión de los miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada Grupo, se realizará mediante escrito de su Portavoz dirigido a la Alcaldía, del que se dará cuenta al Pleno, pudiendo designarse un suplente por cada titular.

QUINTO: Todas las Comisiones Informativas estarán presididas por la Alcaldesa, quien podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su seno.

SEXTO: Las Comisiones Informativas permanentes ajustarán su funcionamiento a lo dispuesto en los artículos 123 a 126 y 134 a 138 del ROF, y celebrarán sesión ordinaria, en la fecha establecida por la Alcaldesa.

 

Santa Eulària des Riu, 1 de julio de 2019

La Alcaldesa Mª del Carmen Ferrer Torres