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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 6980
Determinación de los puestos de trabajo destinados a personal eventual del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

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Texto

Por la presente se anuncia, para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 104 bis. 5 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, que por el Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión extraordinaria de fecha 26 de junio de 2019, en el punto del Orden del Día “Determinación de los puestos de trabajo destinados a personal eventual”, han sido aprobados los siguientes:

Primero.- Determinar el número, características y retribuciones del personal eventual de éste Ayuntamiento en los términos siguientes:

  1. 1 Coordinador de  Alcaldía- Dedicación exclusiva                                          42.000€
  2. 1 Gestor de producto económico, cultural y marketing                                   40.000€
  3. 1 Responsable de Comunicación-Dedicación exclusiva                                  36.500€
  4. 1 Gerente/Director/Coordinador de equipamientos municipales                     36.500€
  5. 1 Secretaría Alcaldía, Dedicación exclusiva                                                    26.500€
  6. 1 Auxiliar de Servicios - Dedicación exclusiva                                                23.500€
  7. 1  Auxiliar de Servicios – Dedicación exclusiva                                              23.500€

Las retribuciones anteriores tendrán en todo caso el carácter de máximas, estableciéndose en el Decreto de Alcaldía por el que se efectúe el nombramiento del personal que haya de desempeñar cada uno de dichos cargos, el régimen retributivo específico de los mismos.

Segundo.- La dedicación plena del citado personal implicará, además del cumplimiento de la jornada laboral ordinaria del resto del personal municipal, la incompatibilidad para todo tipo de actividades públicas o privadas, por cuenta propia o ajena, de carácter retribuido, debiendo estar a disposición de la Corporación en cualquier momento en que sea requerido para ello.

Tercero.- Las retribuciones anuales brutas de este personal se abonaran en 12 pagas correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre y se revisarán anualmente en la misma proporción en que se revisen las retribuciones del personal al servicio de la Corporación.

 

Santa Eulària des Riu, 1 de julio de 2019

La Alcaldesa

Mª del Carmen Ferrer Torres