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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 6962
Asignación dotaciones a los grupos políticos municipales

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria organizativa de fecha 8 de julio de 2019 aprobó la propuesta que seguidamente se transcribe:

 «Asignación de dotaciones a los grupos políticos municipales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local en concordancia con el artículo 77.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, los grupos políticos municipales tienen derecho a percibir una dotación económica de carácter mensual, que contendrá un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función de su número de miembros, que no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del Ayuntamiento, ni la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial y que corresponde al pleno fijar la dotación con cargo a los presupuestos municipales del entidad local, dentro de los límites que establezca con carácter general en las leyes de presupuestos generales del estado. Ahora bien este ley nunca ha fijado ningún límite, por lo que cada corporación libremente por acuerdo del pleno determina el importe total a repartir entre los grupos políticos que lo integran.

Esta dotación tendrá por finalidad sufragar el coste de las actividades sociales desarrolladas por los grupos, así como los estudios, informes y actuaciones necesarias en relación a los asuntos municipales, sin que se puedan dedicar al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial. Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de la dotación que se acuerde, que pondrán a disposición del Pleno siempre que éste lo solicite.  

Informe de Intervención, de fecha 1 de julio de 2019.  

Teniendo en cuenta la constitución de los grupos políticos municipales efectuada como consecuencia de las últimas elecciones municipales, y en base a la anterior normativa relacionada, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes:

 

ACUERDOS

1º. Asignar a cada grupo político con representación en esta corporación municipal una dotación económica mensual que constará de los siguientes componentes:  

- Un componente fijo, idéntico para todos los grupos, consistente en la cuantía de 364 € / grupo / mensual.

- Un componente variable, en función del número de miembros de cada grupo, consistente en la cuantía de 104 € / o la Concejal / mensual.  

Esta dotación no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del Ayuntamiento, ni la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial, y será objeto de una contabilidad específica que los grupos políticos pondrán a disposición del pleno de la corporación cuando éste lo solicite, en los términos previstos en la legislación vigente. 

2º. Determinar que los efectos económicos de dichos acuerdos serán con efectos del día 06/15/19, fecha constitución del Ayuntamiento.

3º. Notificar este acuerdo a los portavoces de los diferentes grupos políticos municipales y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Tablón de Anuncios de la Corporación en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985.  

4º. Dar cuenta a la comisión informativa que corresponda en la primera sesión ordinaria que realice, de conformidad con el artículo 126.2 del ROF.  

 

5º. Difundir, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno »

 

Manacor, 9 de julio de 2019

El alcalde

Miquel Oliver Gomila