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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 6486
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. PD 2017/2. Aprobación inicial proyecto de urbanización de la UA 5 del Plan de Reconversión Integral (PRI) de la Playa de Palma, en las calles Xaloc y Pàdua, en Can Pastilla

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Texto

Expediente PD 2017/2

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de día 27 de marzo de 2019,  aprobó inicialmente el proyecto de urbanización de la UA 5 del Plan de Reconversión Integral (PRI) de la Playa de Palma, en las calles Xaloc y Pàdua, en Can Pastilla promovido por ALTAMIRA SANTANDER REAL ESTATE, SA, redactado por los arquitectos Jaume A. Cerdà Guardiola, J. Sebastià Company Oliver y Toni Salort Arbona, por el ingeniero industrial Antoni Clar Montserrat y por el ingeniero agrónomo Gabriel Cañellas Rotger.

En cumplimiento del artículo 71.2 y 79.4 de la Ley 12/2017, de 29 de Diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB 160 de 29 de Diciembre); el 200.1.b) del Reglamento General de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (BOIB 66 de 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril y el 83 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública de un mes el mencionado proyecto de urbanización.

Quienes se consideren afectados pueden examinarlo, juntamente con la documentación técnica aprobada, en la Sección de Información Urbanística del Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad (Avda. Gabriel Alomar, 18, bajos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica municipal en la dirección:

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PD-URBANITZACIO/PD-201700020000/PD-20170002_PORTADA.pdf

y formular las alegaciones que estimen pertinentes en el mencionado plazo y mediante escrito dirigido al alcalde, que puede presentarse en el Registro General de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, OAC Avingudes (Av. de Gabriel Alomar, 18), OAC Cort (Plaza de Santa Eulàlia, 9), OAC L'Arenal (Av. d'Amèrica, 11), OAC L'Escorxador (C/ de l'Emperadriu Eugènia, 6), OAC Pere Garau (C/ de Pere Llobera, 9), OAC Sant Agustí (C/ de Margaluz, 30), OAC Sant Ferran (Av. de Sant Ferran, 42), OAC Son Ferriol (Av. del Cid, 8 ), OAC Son Moix (Camí de la Vileta, 40).

 

Palma, 28 de junio de 2019

EL JEFE DE DEPARTAMENTO

p.d. Decret de Batlia núm. 3000, de 26 de febrer de 2014

publicat al BOIB 30 de 04/03/2014

Jaume Horrach Font