Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 6886
Decreto de la presidencia del Consejo Insular de Menorca núm. 421 de 9 de juliol, relativo a la creación de los departamentos del Consejo Insular de Menorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el marco de lo establecido en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, de conformidad con las atribuciones conferidas en el articulo 9.2 f de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares, y de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Menorca relativas a la definición de su estructura orgánica y a la determinación de las atribuciones correspondientes a sus diferentes órganos,

RESUELVO

Primero. Disponer la organización, a los efectos de establecer la estructuración orgánica del Consejo Insular de acuerdo con el principio de división funcional de la actividad administrativa, de los diferentes departamentos que seguidamente se indican, con expresión de su denominación y la identificación del sector o los sectores materiales específicos de cada actividad que resulten encomendados a cada uno de ellos, en el marco de lo establecido en la legislación general básica aplicable a los consejos insulares y de la normativa sectorial que les es de aplicación:

- Departamento de Presidencia, que comprende la actividad del Consejo Insular en relación con las materias de presidencia, relaciones institucionales, comunicación interna y externa, las materias de información turística, promoción y producto turístico. Así como las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de cooperación internacional.

- Departamento de Medio Ambiente y Reserva de Biosfera, que comprende la actividad del Consejo Insular referida a medio ambiente, reserva de biosfera, agua, residuos y energía, caminos públicos incluido el Camí de Cavalls, rutas senderistas y accesibilidad universal. También gestionará los servicios de limpieza de playas, así como aquellas actuaciones relacionadas con los servicios complementarios a éste. Así mismo se encargará de la gestión del Llatzeret y las Cuevas de Cala Blanca.

- Departamento de Ocupación, Vivienda y Cooperación Local; que comprende la actividad del Consejo Insular en relación con las materias de régimen local, cooperación local y asistencia a municipios, el servicio de prevención y extinción de incendios y salvamento, y las actuaciones en materia de emergencias y protección civil. También gestionará el servicio de protección animal. Así mismo, implementará las políticas de participación ciudadana, innovación y tecnología y las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de vivienda, ocupación y formación.

- Departamento de Economía y Territorio; que comprende la actividad del Consejo Insular en relación con las materias de ordenación y gestión del territorio, urbanismo, habitabilidad, litoral, ordenación turística y los procedimientos de intervención administrativa en materia de actividades. También gestionará las materias de agricultura, ganadería, pesca, caza, recursos cinegéticos, denominaciones de origen, artesanía y las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de proyección económica (comercio e industria).

- Departamento de Servicios Generales, que comprende la actividad del Consejo Insular en relación con las materias de régimen interno, que incluye los servicios jurídicos, los servicios económicos, contratación, recursos humanos, mantenimiento y edificación, informática y servicio de atención ciudadana, además del servicio insular de prevención de riesgos laborales. Así mismo, implementará las políticas de transparencia.

- Departamento de Bienestar Social, que comprende la actividad propia del Consejo Insular en relación con las materias de servicios sociales y seguridad social; atención y apoyo a personas dependientes, a personas con diversidad funcional, a la gente mayor y a los colectivos en situación de riesgo o necesidad; atención a personas inmigrantes y recién llegadas; atención social a los drogodependientes y personas con otras adicciones; tutela, acogimiento y adopción de menores; familia; promoción de la salud, salud mental y las políticas de género, mujer y LGTBIQ+.

- Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes que comprende la actividad del Consejo Insular referida a las materias de cultura, política lingüística y patrimonio histórico, archivo, bibliotecas, deportes, juventud y ocio. Así mismo comprenderá las actuaciones que lleve a cabo el Consejo Insular en materia de educación e interculturalidad. También gestionará la Casa de Menorca en Barcelona.

- Departamento de Movilidad, comprende la actividad administrativa del Consejo Insular en materia de carreteras, mejora y mantenimiento de caminos, transportes e inspección técnica de vehículos.

Segundo. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en este decreto, y en particular el Decreto de presidencia núm. 420/2019 de fecha de hoy, dado que se ha producido un error en la numeración.

Tercero. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que comience su vigencia el mismo día en que se publique.

Cuarto. Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre.

 

Maó, 9 de julio de 2019

La presidenta Susana Irene Mora Humbert