Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DES CARDASSAR
Núm. 6921
Acuerdo de pleno relativo al nombramiento de los representantes del ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en órganos colegiados
Mediante el presente anuncio se hace público que en sesión extraordinaria celebrada en fecha 26 de junio de 2019 el Pleno del Ayuntamiento de Sant Llorenç adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Nombramiento de los representantes del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en órganos colegiados
En cumplimiento del artículo 38.c) del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, corresponde al Pleno del Ayuntamiento, en el ámbito de sus competencias, el nombramiento de representantes de la corporación en toda clase de órganos colegiados en que deba estar representada.
Por todo ello, ACUERDA:
Primero. Nombrar a los siguientes representantes del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar en órganos colegiados:
1. Al Consejo Escolar del Colegio Maestro Guillem Galmés de Sant Llorenç: Alicia Duran Riera (Gisca).
2. En el Consejo Escolar de la Escuela San Miguel de Son Carrió: Jaume Bassa Burgdorf (Gisca).
3. En el Consejo Escolar del Colegio Punta de n'Amer de sa Coma: Nicolás Bordal Garcia (Gisca).
4. En el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación: Dolores Sánchez Márquez (MÁS).
5. En la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares: Onofre Garcia Prohens (PI).
6. En la Junta Rectora del Parque Natural de la Península de Levante: Jaume Bassa Burgdorf (Gisca).
Segundo. Comunicar formalmente dichos nombramientos a las entidades y organismos respectivos a los efectos oportunos. "
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
A) El recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado el acto.
B) Directamente, el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o de la publicación del edicto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo, no puede presentar recurso contencioso administrativo hasta que se resuelva ese expresamente o se haya producido la desestimación por silencio, que se producirá por el transcurso de un mes desde la presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado. En este caso, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
Todo ello sin perjuicio de otros recursos o acciones que consideren oportunos.
Sant Llorenç des Cardassar, 9 de julio de 2019
El alcalde, Mateu Puigròs Sureda