Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 6910
Nombramiento miembros Junta de Gobierno, delegación de atribuciones y competencias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Esta Alcaldía emitió en fecha 27 de junio de 2019 el Decreto núm. 2052/19, que a continuación se transcribe.

 “ASUNTO: DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y DELEGACIÓN DE ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS.

Elegido Alcalde de este Ayuntamiento en sesión plenaria extraordinaria celebrara el 15 de Junio de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 7/85, de 02 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 52.5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que dice que, podrán ser objeto de una sola resolución del Alcalde, el nombramiento como miembro de la Junta de Gobierno y la delegación de atribuciones a que se refiere el artículo 88 de la Ley 20/2006, de 15 de Diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, RESUELVO:

PRIMERO.-

1.1.- DESIGNAR LA JUNTA DE GOBIERNO que, presidida por mi autoridad, integraran los Concejales siguientes:

  • SR. ÁNGEL LUÍS GUERRERO DOMÍNGUEZ, primer teniente de alcalde
  • SRA. ANA RIBAS ALONSO segunda teniente de alcalde
  • SR. PERE RIBAS PLANELLS, tercer teniente de alcalde
  • SRA. PILAR RIBAS TORRES, concejala del Grupo PSOE
  • SR. VICENT XAVIER  ROSELLÓ RIBAS, concejal del Grupo PSOE
  • SR. JOSÉ GUASCH ROIG, concejal del Grupo PSOE

Corresponderá a la Junta de Gobierno la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que en virtud de lo dispuesto en el artículo 43 y 51 del Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre y la vigente Ley 7/85, puedan ser o estén delegadas por el Alcalde o por el Pleno, en concreto la Alcaldía delega en la Junta de Gobierno las siguientes:

  • En materia de instrumentos de planeamiento y de contratación, las del artículo 21.1 apartados j) y n)  de la Ley 7/85, de 2 de abril.
  • El otorgamiento de las licencias a que se refiere el artículo 146 d) f) I) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre (LUIB)
  • La resolución de expedientes de disciplina urbanística, actividades y sancionadores  con multa superior a 30.000 euros. Y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial de cuantía superior a 6.000 euros.
  • La aprobación del Plan Estacional de licencias de taxi.

1.2.- La Junta de Gobierno hará sesión ordinaria quincenalmente, hará sesión extraordinaria cuando el Presidente lo decida o lo solicite la cuarta parte de los miembros de la Junta.

1.3.- Que se dé cuenta al Pleno en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 d) del Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre.

SEGUNDO-

Haciendo uso de las atribuciones que confiere la Ley y en particular los artículos 43 y 44 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, RESUELVO:

2.1.- DELEGAR la DIRECCIÓN POLÍTICA con las COMPETENCIAS que se señalan de las siguientes ÁREAS del AYUNTAMIENTO, a los concejales o concejalas que se indican:

ÁREA DE TERRITORIO

SR. ÁNGEL LUÍS GUERRERO DOMÍNGUEZ

URBANISMO Y ACTIVIDADES, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, RELACIONES CON EL SERVICIO MUNICIPAL DE  AGUA, CATASTRO Y POLICÍA LOCAL. 

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones o de trámite, necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuyen por la legislación vigente o futura al alcalde y la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Se incluye la resolución de los recursos de reposición y alegaciones presentadas contra los actos objeto de delegación en concreto:

- En materia de LICENCIAS Y AUTORIZACIONES:

  • Tramitación de procedimientos relacionados con todo tipo de licencias urbanísticas y certificados urbanísticos y de antigüedad.
  • Otorgamiento o denegación de licencias urbanísticas con excepción de las recogidas en los apartados d) f) y l) del artículo 146 LUIB.
  • Tramitación de procedimientos relacionados con las actividades previstas en la vigente Ley 7/2013 o la que la substituya.
  • Firma de actas de recepción de urbanizaciones.
  • Licencias de ocupación de vía pública y vados.
  • Autorizaciones relativas a saneamiento y conexiones a la red municipal de agua.

- En materia DE DISCIPLINA URBANÍSTICA:

  • Inicio y tramitación de expedientes de disciplina urbanística.
  • Órdenes de paralización y precinto y cualquier otra medida o diligencias que puedan tener carácter previo al inicio de expediente de disciplina urbanística.

- En materia SANCIONADORA:

  • Inicio de expedientes sancionadores en relación con la Ley 7/2013 de Actividades o la que la sustituya y resolución de los mismos siempre que no superen la cantidad de 30.000 €.
  • Inicio de expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística y resolución de los mismos siempre que no superen la cantidad de 30.000 €.
  • La competencia en materia sancionadora comprende la competencia para adoptar medidas cautelares.

Aguas.- Tendrá a su cargo las relaciones con la empresa concesionaria de servicio municipal de aguas, el seguimiento de su contrato, las obras que puntualmente se puedan encargar a la empresa y toda la relación que sea necesaria para el mantenimiento de la calidad del servicio. De la misma manera todas las autorizaciones de nuevos suministros, previa tramitación administrativa e informes del servicio. 

Policía local. – De acuerdo con los responsables de la Dirección de la Policía Local, tendrá a su cargo las relaciones políticas y administrativas necesarias como  interlocutor del equipo de gobierno, con todas las cuestiones relacionadas con el funcionamiento de la policía local de Sant Josep, tanto a nivel de refuerzos de personal, como de equipamientos, vehículos, presupuestos y resto de aspectos relacionados. 

SR. PERE RIBAS PLANELLS

VÍAS PÚBLICAS, OBRAS PÚBLICAS, PARQUES Y  JARDINES

Se delega el control, impulso y ejecución de las actuaciones para el mantenimiento de proyectos de infraestructura pública en calles y vías municipales, tanto los actuales como los de nueva creación, aceras, alumbrado, espacios públicos, como plazas y zonas verdes, etc. De la misma manera se encargará de toda la señalización viaria tanto vertical como horizontal, en a todas las vías, calles y caminos del municipio.

La delegación efectuada incluye la facultad de dirigir los servicios correspondientes y la de gestión de trámites, a excepción de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

SR. JOSEP GUASCH ROIG

TRANSPORTE, TAXIS, PLAYAS Y LITORAL, EDIFICIOS PÚBLICOS.

Transportes y taxis.- Se delegan las competencias que corresponden al Ayuntamiento en materia de transporte (relaciones con otras administraciones en esta materia), transporte escolar y servicio municipal de taxis.

Impulso para la redacción y aprobación de los diferentes planes de movilidad de las zonas urbanas del municipio.

Playas y litoral.- En playas y litoral la propuesta de informes que se han de enviar a la Demarcación de Costas y otras administraciones, impulsar el Plan de gestión municipal del litoral, control de los planes anuales de instalaciones de temporada a las playas, así como las relaciones con los concesionarios de las instalaciones de playas.

Edificios públicos.- Actuaciones en el mantenimiento de edificios públicos. Será responsable del control en el mantenimiento de los edificios públicos propiedad del Ayuntamiento de Sant Josep (instalaciones deportivas, centros culturales, centros sociales, escuelas, guarderías, etc.), de cara a mantenerlos en buen estado y con una imagen correcta para su uso.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones o de tramite necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuyen por la legislación vigente o futura al alcalde, sin incluir la de resolver mediante  actos administrativos que afecten a terceros.

SRA. MÓNICA FERNÁNDEZ CAMPOS

MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA, ESPACIOS PROTEGIDOS, LIMPIEZA Y ENERGÍA

Medio ambiente y Espacios protegidos.  Se delega la propuesta de realización de campañas de concienciación medioambiental, interlocución y representación con otras administraciones en cualquier tema de medio ambiente del ámbito que sea. 

Limpieza. Responsable del impulso en su conjunto del contrato de limpieza que tenemos con la empresa concesionaria, así como elevar propuestas que se han de aprobar por el Pleno o Junta de Gobierno, para la aprobación de los Programas anuales, modificaciones, trabajos extras con  el apoyo de los técnicos municipales.

Energía. La gestión de la energía y de telefonía que consumen los edificios públicos, asuntos y propuestas en relación a la aplicación de la ordenanza de contaminación lumínica, relaciones con el concesionario del alumbrado público y elevación al Pleno o Junta de Gobierno de propuestas relacionadas y apoyadas por los técnicos municipales.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, ante terceros o de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia  se atribuya por la legislación vigente o futura, al alcalde, sin incluir la resolución de actos administrativos que afecten a terceros.

ÁREA DE CIUDADANÍA

SRA. ANA RIBAS ALONSO

BIENESTAR SOCIAL, CENTROS DE DÍA, MAYORES Y DEPORTE.

Bienestar Social, centros de día y mayores. Se delega la dirección de toda el área social, ayudas, planes de intervención, etc.; propuesta de ubicación de los nuevos centros, búsqueda de financiación, la interlocución de todos los clubes de mayores del municipio, ayudas, subvenciones, programas, etc.

Deportes. La interlocución con todos los clubes deportivos del municipio, locales y campos de deporte donde se ubican, ayudas, programas, promoción del deporte en todas sus variantes, etc.  

La delegación efectuada incluye la tramitación y expedición de tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en estas materias atribuya la legislación vigente o futura al alcalde y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

SRA. CRISTINA RIBAS RIBAS

PATRIMONIO, GESTIÓN DE CENTROS CULTURALES, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y FIESTAS.

Cultura. Se delega la promoción y ayuda a las manifestaciones de cultura popular y local del municipio, gestión, atención y programación de los centros culturales que tenga el ayuntamiento. 

Patrimonio. Se delegan las funciones para impulsar y tener un Catálogo de bienes patrimoniales y catalogados, obligada por la Ley de Patrimonio Histórico-artístico. Planes de protección (PEP's) de los entornos BIC. Interlocución con propietarios privados.

Participación ciudadana. Crear, dirigir y controlar los foros de participación ciudadana que podamos tener en el Ayuntamiento. Promover la necesaria participación social en todas las cuestiones municipales.

Fiestas. Interlocutar con asociaciones, prever con tiempo las fiestas.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, ante terceros o de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuya por la legislación vigente o futura al alcalde, sin incluir  la resolución de actos administrativos que afecten a terceros. 

 

SRA. NOEMI BONED PACHÓN

JUVENTUD, EDUCACIÓN, TRABAJO Y FORMACIÓN Y FAMILIA  E INFANCIA

La delegación efectuada se refiere a la gestión de Centros de jóvenes, relaciones con el SOIB, relaciones con Consejos Escolares, Guarderías municipales, planes de ocio infantil y juvenil, incluye la firma de contratos laborales aprobados previamente por el alcalde, la firma de documentos de trámite para presentar ante otras administraciones, ante terceros o de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en estas materias atribuya la legislación vigente o futura al alcalde, sin incluir la resolución de actos administrativos que afecten a terceros.

SRA. MARÍA GUADALUPE NAUDA

PROTECCIÓN ANIMAL, SANIDAD LOCAL, IGUALDAD Y VIVIENDA

Igualdad. Se delega la responsabilidad de la aplicación e impulso de las políticas públicas de igualdad, de acuerdo con el Plan de igualdad aprobado por el Ayuntamiento. Planteamiento, propuesta y ejecución de nuevos planes de igualdad a otros niveles de la política municipal. Deporte, educación, empresa, etc.

Sanidad Local. Coordinación de los servicios a la ciudadanía que da IB Salud en nuestro municipio e interlocución con los responsables del mismo. Control y atención de los trabajos de inspección que presta Sanidad local a través de la Consejería de Sanidad del Gobierno Balear. Control e impulso de las instrucciones que recibimos en el Ayuntamiento sobre cuestiones sanitarias locales y áreas de cementerios municipales.  

Bienestar animal. Diseño, impulso y ejecución de políticas de bienestar animal, redacción de normas y ordenanzas sobre animales domésticos, control sobre las empresas que prestan el servicio de recogida de animales. Campañas de castración, colonias felinas, etc.

Vivienda. Líneas de subvención al alquiler por distintos colectivos que podamos acceder (jóvenes, familias monoparentales, gente vulnerable, etc.) impulso y ejecución de programas de asesoramiento sobre vivienda, estudios sobre necesidades de vivienda en nuestro municipio. Interlocución entre distintos sectores y colectivos para mejorar la oferta de vivienda privada. Diseño y ejecución de políticas de construcción de vivienda pública en régimen de alquiler y venta a través del IBAVI o de iniciativa puramente municipal.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, ante terceros o de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuyan por la legislación vigente o futura, al alcalde, sin incluir la resolución de actos administrativos que afecten a terceros.    

ÁREA DE SERVICIOS GENERALES

SR. VICENT XAVIER ROSELLÓ RIBAS

HACIENDA, PRESUPUESTOS, PROMOCIÓN TURÍSTICA, PERSONAL Y MODERNIZACIÓN  DE LA  ADMINISTRACIÓN Y ÁREA INFORMÁTICA.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones o particulares y la dirección interna, ordenación de pagos, emisión de certificados y notificaciones de las resoluciones administrativas relativas al área económica que se delega y de las actuaciones relativas a liquidaciones de tasas, impuestos y resolución de recursos contra las actas de delegación.

.Como responsable de presupuestos será responsabilidad suya el trabajo de elaboración de los mismos, así como su presentación y defensa. El seguimiento puntual y las modificaciones que se puedan solicitar y aprobar. 

Turismo. Sera responsable del Departamento de promoción turística, con atención a las oficinas de información turística, elaboración de material promocional, folletos informativos, mapas y resto de material que, juntamente con el personal contratado forme parte de la oferta municipal en esta materia. 

Personal. Impulso a la creación del Departamento de personal del Ayuntamiento y responsable de las solicitudes de personal en materia de situaciones administrativas por resolución, gestión o trámite que se pueda presentar en el Ayuntamiento, que será siempre con asesoramiento de los servicios jurídicos y técnicos de la casa.

Modernización de la Administración. Será responsable de seguir implementando las medidas tendentes a la adaptación del Ayuntamiento como administración, a todas las nuevas tecnologías, tanto con programas como con equipamiento técnico.

Responsable del seguimiento de los contratos de suministro de servicios tecnológicos y de seguir en el proceso de modernización del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. 

 

​​​​​​​SRA. PILAR RIBAS TORRES

CONTRATACIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA, RÉGIMEN INTERNO Y RELACIONES INSTITUCIONALES, PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS Y RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

Coordinación de proyectos y contratación. Seguimiento y control de la ejecución de los proyectos que las distintas concejalias van impulsando.

Informar en coordinación con el resto de áreas sobre planes, proyectos y estudios promovidos por otras administraciones coordinándose las actuaciones necesarias para la ejecución, relaciones con otras administraciones, gestión de la comunicación entre administraciones. 

Control y seguimiento de los proyectos municipales y del plan de gobierno para la ejecución de los proyectos más importantes de este mandado.

Protección civil  y emergencias. Será responsable de este Departamento que forman esencialmente el grupo de voluntarios de protección civil, que pese a tener diseñada su propia estructura tendrá esta concejalía como responsable político a nivel de propuestas de presupuestos, necesidades tanto a nivel personal como técnico o de equipamientos. De la misma manera el control, revisión y seguimiento de los planes municipales de emergencias y de las evaluaciones de riesgos.

Comercio. La gestión y dirección de los mercados municipales, planificar, proponer o impulsar mediadas para fomentar el desarrollo y promocionar el comercio local, fomentar la asociación de comerciantes y darles soporte, organizar cursos de formación. 

Resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial en cuantía inferior a  6000€.

La delegación efectuada incluye la firma de documentos para presentar ante otras administraciones, de trámites necesarios para poder ejecutar las competencias que en esta materia se atribuya por la legislación vigente o futura, al alcalde con inclusión de los actos administrativos que afecten a terceros. 

2.2.-  Será el órgano competente para elevar a Dictamen de la Comisión del Pleno o de la Junta de Gobierno Local (caso de delegación) todos los asuntos que dentro del ámbito de su competencia se tengan que someter a la consideración de los citados órganos, salvo cuando un asunto afecte al ámbito de competencias de más de un área que corresponderá al alcalde.

2.3.- Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicaran expresamente esta circunstancia y se consideraran dictadas por el órgano delegante, tal como dice el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

2.4.- Las competencias anteriormente señaladas en ningún caso podrán ser delegadas a favor de terceras personas y serán ejercidas personalmente por el órgano delegado, todo eso sin perjuicio de que este pueda, en cualquier momento someter a la consideración y resolución de la Alcaldía, con carácter excepcional y propuesta razonada cualquier asunto atribuido a las competencias delegadas. Así mismo el alcalde podrá en cualquier momento proceder a la revocación o cualquier otra figura afín de las competencias delegadas.

2.5.- Que se publique en el BOIB, se notifique a las personas interesadas y se de cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, todo esto conforme establece el artículo 44 del RD 2568/86, de 28 de noviembre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, Josep Marí Ribas.”

Lo que se publica para general conocimiento.

 

Sant Josep de sa Talaia, 8 de julio de 2019

El alcalde accidental Angel Luís Guerrero Domínguez