Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 6822
Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca por el que se crean los Departamentos que tienen que estructurar el Gobierno
La presidenta, hoy, ha resuelto:
«Hechos
Día 6 de julio se constituyó el Consejo de Mallorca, cuyo Pleno eligió a la persona que tenía que ocupar la Presidencia, la cual, para una mejor eficacia de la Administración pública y un servicio mejor a la ciudadanía, tiene que estructurar la institución y tiene que organizar su funcionamiento.
Fundamentos
En el art. 62 del Estatuto de autonomía se determina que los consejos insulares establecen su organización de acuerdo con la Constitución y con dicho estatuto.
En el art. 6 de la Ley de consejos insulares se dice que los consejos insulares tienen que establecer la organización de acuerdo con esta ley, en el marco de lo que se dispone en la legislación básica de régimen jurídico de las administraciones públicas.
En el art. 9.2 f) de dicha ley se señala que corresponde a la persona que ocupa la Presidencia dictar decretos que supongan la creación o la extinción de departamentos del Consejo Ejecutivo.
En el art. 40 del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca se establece que el Consejo de Mallorca, para ejercer sus competencias, se organiza en departamentos, cuyo número nunca será inferior a tres, y que se corresponden con los diferentes sectores de la actividad administrativa de la institución.
Resolución
Por lo tanto,
Resuelvo:
1. Estructurar el gobierno del Consejo de Mallorca en la Presidencia y los departamentos que seguidamente se indican:
Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística
Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Departamento de Presidencia
Departamento de Hacienda y Función Pública
Departamento de Derechos Sociales
Departamento de Territorio
Departamento de Movilidad e Infraestructuras
Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local
Departamento de Turismo y Deportes
2. La vicepresidenta primera del Consejo Insular de Mallorca asume la titularidad del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística.
3. La vicepresidenta segunda del Consejo Insular de Mallorca asume la titularidad del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
4. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que tiene que empezar a regir el mismo día en que se publique.
5. Publicar el contenido de esta resolución en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.
6. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se oponen a lo que se establece en este decreto.
7. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.»
Palma, 8 de julio de 2019
El secretario general Jeroni M. Mas Rigo